CONADIS PRESENTA PROYECTO PARA MODIFICAR CODIGO CIVIL

• Pleno ejercicio de los derechos de las personas sordociegas
• No habrá impedimento de matrimonio para personas con discapacidad auditiva

Con la finalidad de lograr el respeto y pleno ejercicio de sus derechos fundamentales sin restricciones de las personas sordas y sordociegas, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad –CONADIS ha presentado el Proyecto de Ley que modifica, los artículos 43, 241 y 274 del Código Civil sobre la voluntad indubitable que deben expresar estas personas con discapacidad.

Los mencionados artículos del Código Civil señalan “que los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos que no pueden expresar su voluntad de manera indubitable debido a su incapacidad absoluta, no pueden contraer matrimonio y es causal de nulidad del mismo.

En tal sentido, se hace necesario adecuar las normas legales nacionales que permitan la inclusión efectiva de las personas con discapacidad en la sociedad, considerando las recomendaciones internacionales con carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar cualquier tipo de discriminación.

Como se sabe, las personas sordas y sordociegas tienen problemas de comunicación –comprensión y se convierten en grupo vulnerable y discriminado, como por ejemplo la conocida pareja de personas sordas(Frank y Keyla ) que fueron impedidos de casarse en la municipalidad de San Juan de Miraflores o de Vilma Palma que fue separada de su área de trabajo por tener discapacidad de comunicación.

Asimismo, con esta modificatoria, acorde con los preceptos de la Convención de las Naciones Unidas Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, se beneficiarían especialmente las personas sordociegas ya que mediante otro proyecto de ley su discapacidad se constituirá en discapacidad única y tendrán libre ejercicio de sus derechos impedidos en el Código Civil actual, vigente desde 1984.

Indicar además, que la propuesta legislativa se ha desarrollado en cumplimiento del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscrito entre el CONADIS y SENSE Internacional (Latinoamérica) Perú, quienes han dado aportes para su elaboración.

Finalmente, el Dr. Guillermo Vega Espejo, presidente del CONADIS, ente rector de la discapacidad en el Perú, señaló que “promoverá, supervisará, velará y ejecutará el cumplimiento de las normas e insta al poder Legislativo su aprobación con la finalidad de lograr la igualdad de oportunidades e integración total de las personas con discapacidad en especial de las sordas y sordociegas que tienen la plena facultad y pleno conocimiento de los que están haciendo y pueden expresarse mediante lengua de señas y/o signos”.

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7 thoughts on “CONADIS PRESENTA PROYECTO PARA MODIFICAR CODIGO CIVIL

  1. No le podría informar acerca de esa consulta, es mejor que consulte directamente con el CONADIS.

    Consejo Nacional para la Integración de la Personas con Discapacidad – CONADIS
    Av. Arequipa # 375, Santa Beatriz, Lima – Perú
    Teléfono: (511) 332-0808 / Fax: (511) 332-4771

  2. Buenas, a la consulta en mención le puedo decir que esto escapa de mis conocimientos, vuelvo a repetir esto: Sería una irresponsabilidad de mi parte decirle si el problema físico que presenta seria razón ó motivo para que el Conadis acepte su inscripción.

    Personalmente opino ante mi propio conocimiento, se que el pie equino es una malformación de nacimiento la cual hace que haya una deformación del pie colocándolo en una postura distinta a lo correcto, por lo tanto reitero a título personal que me parece y creo que su caso si amerita su inscripción en el CONADIS pero eso solamente lo decidirá una junta evaluadora de médicos a los que debe apersonarse en el ministerio de Salud o en cualquier entidad de salud que emita el certificado de discapacidad para que el Conadis evalué eso y sean ellos los que den en este caso el visto bueno a su petición.

    Vuelvo a repetir es mi opinión ellos son los que deciden eso.

  3. Soy una persona discapacitada por tener una malformacion congenita de nacimiento pedi informacion de asociaciones inscritas en el conadis por una solicitud ya han pasado mas de 20 dias y no me responden ni me llaman la gente que nace pobre por su malformacion y va hasta el conadis y lo pasean y le hacen gastar pasaje veo que no hay transparencia es lo minimo que pido algo simple como información que no ponen en las paginas web de las instituciones del estado para eso ponen una ley de transparencia soy discapacitado pero no ignorante

  4. tengo un hijo de 18 años de edad con secuela de toxoplasmosis retraso mental, vision baja 20/200 o.d trabajo en el sector publico .como debo hacer para que el no pierda su seguro social o pension de por vida .gracias

  5. Lamento su caso, le recomiendo acercarse a La Defensoría del Pueblo para poder exponer su caso y no perder los beneficios que por derecho le corresponden a su hijo, y sobre todo para recibir la asesoría correspondiente de este caso en particular.

    La web de la Defensoría del pueblo es la siguiente:
    http://www.defensoria.gob.pe/

    Dirección: Jr. Ucayali N° 388
    Lima 01 – Perú
    Central Telefónica: (51-1) 311-0300
    Linea Gratuita: 0800-15170

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