Mientras tanto por Chile: Negociación colectiva y derecho a huelga en el sector público
La propuesta de institucionalizar este mecanismo en la administración pública supone riesgos que podrían afectar la eficiencia de la gestión estatal.
La negociación colectiva atractiva para los trabajadores es la que reconoce su derecho a declararse en huelga. Lo que da legitimidad al derecho a huelga es el derecho paralelo del empleador a sustituir a sus trabajadores si considera que sus exigencias llevan a un diferencial de remuneraciones respecto de las que se observan en el mercado, que excede la mayor productividad de los trabajadores de la empresa respecto de la que tendrían nuevos contratados. La existencia de ambos derechos -a la huelga y al reemplazo- lleva a remuneraciones equitativas, en cuanto se paga según productividad; y eficientes, pues no se afecta arbitrariamente a las empresas, lo que preserva sus incentivos para invertir. El solo derecho a huelga, sin derecho a reemplazo, afecta la rentabilidad de las empresas y frena la inversión, pues mejora las remuneraciones aun si ello no tiene respaldo en productividad y esfuerzo.
La propuesta de supresión del reemplazo de trabajadores en huelga que impulsa el gobierno va a desequilibrar la negociación al interior de las empresas y afectará las posibilidades de empleo en el país. A su vez, la nueva propuesta del Ejecutivo, de “institucionalizar” la negociación colectiva en el sector público, más allá de su objetivo declarado de modernizar la gestión estatal, amenaza con facilitar el surgimiento de un nuevo derecho a extraer recursos sin referencia a productividad y esfuerzo, esta vez en favor de los trabajadores públicos y a costa de los recursos del Estado.
El anuncio de la ministra del Trabajo de que se enviará al Congreso -entre otras propuestas- una fórmula para “institucionalizar la negociación colectiva” en el sector público, responde a lo enunciado en el programa de gobierno de la Presidenta Bachelet. Cabe suponer que cuando el programa indicaba que dicha institucionalización se definiría “estudiando mecanismos que se hagan cargo de sus especiales particularidades”, estaba evitando comprometer el otorgar derecho a huelga a los trabajadores estatales, algo expresamente prohibido por la Constitución. Consistente con esto, la ministra no anticipó esfuerzos específicos en ese sentido. La reacción de la dirigencia de la ANEF fue declarar que los anuncios son ambiguos y que esperan la derogación de la prohibición constitucional de huelga en el sector público.
Cuesta pensar que el gobierno vaya siquiera a insinuar que la contrapartida a mayores poderes negociadores en el sector público debe ser menor inamovilidad laboral y mayor exposición a competencia para los trabajadores involucrados. Así, en algún plazo, porque potencia su demanda por derecho a huelga, la propuesta de dar legitimidad a la negociación colectiva en el sector público puede conducir a reformas para que los empleados públicos, con respaldo legal, hagan uso de la fuerza para mejorar sus remuneraciones, más allá de cualquier consideración de eficiencia, a costa de la capacidad del Estado para hacer valer el interés general. En el corto plazo, como mínimo, la propuesta de institucionalizar la negociación colectiva en el Estado puede acentuar el problema de “paros ilegales”, en desmedro de la eficiencia estatal.
En: latercera.com