Archivo por meses: diciembre 2009

TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD POR APLICACIÓN DE CLÁUSULA RESOLUTORIA

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REQUISITOS

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
3.- Escritura pública o, si el valor del inmueble no supera las 20 UIT, formulario registral con firmas legalizadas notarialmente, otorgada por la parte que goza del derecho a resolver el contrato, en el que debe precisarse la prestación incumplida.
4.- Comunicación indubitable cursada al deudor, en el sentido que quiere valerse de la cláusula resolutoria.
5.- Constancia de pago del Impuesto Predial.
6.- Pago de derechos registrales.
7.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

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CON MEDIDAS LABORALES SE MITIGARON EFECTOS DE CRISIS

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BALANCE. PRINCIPALES NORMAS EN MATERIA LABORAL DEL AÑO 2009

Destacan decisión de liberar impuestos en gratificaciones
Trabajadores accedieron a la libre disponibilidad de la CTS

Germán Lora Álvarez
Laboralista

El Congreso de la República culmina el presente año con la aprobación del Proyecto de la Nueva Ley procesal del trabajo, una importante norma para el futuro de las relaciones laborales, la cual marca el inicio para la solución pronta y eficaz de los conflictos y controversias entre trabajadores y empleadores en el país.
Sin embargo, esto no es el único hecho positivo en materia laboral registrado durante el 2009. En efecto, el Gobierno también decidió implementar diversas medidas para enfrentar la crisis internacional, como liberar de impuestos a las gratificaciones y la libre disponibilidad de la CTS y se dio un fuerte impulso al registro obligatorio de trabajadores en planilla.
A continuación un balance de las principales disposiciones normativas dictadas e implementadas en 2009.

Fomento al consumo
En mayo de este año, el Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 29351, que redujo los costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad. El referido precepto legal estableció que las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad correspondientes a los años 2009 y 2010 no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.
Dispuso además que el monto que abonen los empleadores por concepto de contribución a Essalud con relación a las gratificaciones, sean abonados a los trabajadores bajo la modalidad de “bonificación extraordinaria” de carácter temporal, no remunerativo ni pensionable

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COFOPRI DISPONE NUEVOS MECANISMOS DE CONTROL EN TODOS SUS PROCESOS DE FORMALIZACION

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El director ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri), Omar Quesada Martínez, adelantó que la institución implementará nuevos mecanismos de control y vigilancia en el proceso de formalización y entrega de títulos de propiedad.

Detalló que tales disposiciones contribuirán a fortalecer dicho proceso, además de los beneficios que estos documentos otorgan.

También anotó que Cofopri ha cumplido y superado las metas establecidas de entrega de títulos de propiedad para el año 2,009.

La meta para el año 2009 se ha superado con la inscripción en Registros Públicos de 159,569 títulos de propiedad a nivel nacional.

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39. PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA APROBADO EN EL TRIGÉSIMO NOVENO PLENO DEL TRIBUNAL REGISTRAL

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XXXIX PLENO

Sesión ordinaria realizada el día 19 de setiembre de 2008. Publicado en el diario oficial El Peruano el 8 de enero de 2009.

1.- Inmatriculación de vehículos mayores en mérito de acta notarial de prescripción adquisitiva de dominio:

“No procede la inmatriculación de vehículos mayores en mérito de acta notarial de declaración de adquisición de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio”.

Criterio sustentado en la Resolución Nº 1281-2008-SUNARP-TR-L del 19 de noviembre del 2008.

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CARGAS Y GRAVÁMENES

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IDENTIDAD CONCEPTUAL ENTRE CARGA Y GRAVAMEN REAL Gravamen y carga reales constituyen una sola categoría de situaciones de sujeción pasiva en la que se encuentra el titular de un derecho real respecto del titular de otro derecho real que recae sobre el mismo bien, que determina que el sujeto pasivo soporte o sufra las consecuencias del ejercicio de su derecho por parte del sujeto activo. 137-2007

LEVANTAMIENTO DE CARGA Cuando el predio fue expropiado por el Estado, la declaración de vía pública de un área determinada del mismo no debe ser inscrita en el rubro Gravámenes y Cargas, pues ello no constituyen ni una restricción ni una limitación de un derecho real sino mas bien una modificación a la situación del predio, debiendo por tanto constar dicha circunstancia en el rubro Descripción del Inmueble”. 236-2007-A

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TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD EN EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO

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REQUISITOS

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o y haber solicitado la dispensa respectiva.
3.- Escritura pública o, si el valor del inmueble no supera las D. S. 20 UIT, formulario registral con firmas legalizadas notarialmente, otorgada por las partes.
4.- Constancia de pago del Impuesto de Alcabala, cuando corresponda.
5.- Constancia de pago del Impuesto Predial.
6.- Pago de derechos registrales.
7.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

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DECLARATORIA DE FÁBRICA, REGLAMENTO INTERNO E INDEPENDIZACIONES SEGÚN LAS NUEVAS NORMAS

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DECLARATORIA DE FÁBRICA
• Ley 29090 (Ley)
• D.S. Nº024-2008-VIVIENDA(Reglamento)
• Ley 27157
• D. S Nº 035-2006-VIVIENDA

Ley 29090

• Objeto: facilitar y promover la inversión inmobiliaria.
• CAPITAL INMOBILIARIO
• Desregula las edificaciones en el Perú.
• ÉNFASIS aprobación automática de los proyectos edificatorios.
• Reducción del control y supervisión previos de las comisiones técnicas.

MODALIDADES PARA OBTENER LICENCIA

• 1. Modalidad A: Aprobación automática:
* Viviendas unifamiliares ≤ 120 m2. A.C.
* Ampliaciones ≤ 200m2. A.C. total.
* Remodelación sin Modif. estructura ni Aumet. de área.
* Demolición total, sin explosivo.
* cercos de más de 20 hasta 1,000 ml.
*Obras menores y de carácter militar o policial.
• LICENCIA = Cargo de ingreso de FUE

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EXAMEN ESCRITO

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Desde el día de ayer se han publicado los resultados del examen escrito para cubrir las plazas para asistentes registrales y registradores públicos a nivel nacional. Lamentablemente, según lo que indica la página de la SUNARP para las plazas de vocales del Tribunal Registral, ninguno de los postulantes alcanzó el puntaje requerido.

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FACTURACION DE FIN DE EJERCICIO

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PREVISIÓN. EVITE CONTINGENCIAS ANTE EVENTOS
ESPECIALES DEL CIERRE FISCAL

Sepa el tratamiento o imputación de gastos por servicios en diciembre

Tribunal Fiscal establece precisiones sobre el tema a empresas

Francisco Pantigoso
Abogado tributarista

Al finalizar el ejercicio gravable, con motivo del cierre fiscal, suele surgir una especial preocupación en el área contable de las empresas respecto al tratamiento o imputación de gastos por servicios prestados en el último período del ejercicio gravable (diciembre), cuyo comprobante es emitido a inicios del ejercicio posterior (enero o meses siguientes).
La principal disyuntiva que surge es si corresponde, tributariamente, deducir el gasto en el ejercicio en que el servicio es prestado y debidamente provisionado, o más bien ello debe suceder en el próximo ejercicio, pues el sustento formal del gasto (comprobante de pago) se emite en dicho ejercicio posterior.
De lo expuesto, el tema se centra en determinar la oportunidad en que corresponde proceder a la deducción de un gasto, a efectos de determinar la renta neta imponible de tercera categoría y evaluar si dicha imputación (y por ende, deducción) se ve afectada o se condiciona por la fecha de emisión del comprobante de pago que sustenta el gasto. A efectos de responder a la interrogante planteada, debemos precisar, de manera previa, algunos requisitos que tiene que cumplir un gasto, a fin de aceptarse su deducción tributaria.

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