INSCRIPCIÓN DE HABILITACIÓN URBANA. (SEGUNDA ETAPA: RECEPCIÓN DE OBRAS DE HABILITACIÓN)

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REQUISITOS:
1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
3.- Resolución de la Municipalidad Distrital, salvo que el proyecto hubiera sufrido modificaciones, en cuyo caso se presentará la resolución provincial que la ratifica.
4.- Documento privado con firmas legalizadas en la que se consigne el valor de la obra, salvo que la Resolución contenga dicha valorización.
5.- Pago de los derechos Registrales.
6.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

BASE LEGAL

Artículos 15°, 17° y 176 del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001- SUNARP/SN (23/07/2001); 11º, 41º y del 42º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución N° 540-2003-SUNARP/SN(21/11/2003); 2010° y 2011° del Código Civil (25/07/1984); Título II del Reglamento Nacional de Construcciones aprobado por D.S. N° 039-70-VI (1/08/1970) y D.S. N° 063-70-VI (15/12/1970); 20º y 22º del TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Decreto Supremo N° 0011-98-MTC (05/06/1998); 73° (a), 79° inc. 1.2, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (27/05/03); Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/03).

DERECHOS DE PAGO

1.94 % de UIT por derechos de calificación y 3/1000 del valor de las obras por derechos de inscripción. Adicionalmente, por cada partida que se genere, 0.32% de UIT sino se hubieran independizado con anterioridad.

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