INMATRICULACIÓN DEL TERRITORIO DE COMUNIDADES NATIVAS

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REQUISITOS:

a).- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
b).- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
c).- Actas de colindancia suscritas por la comunidad y sus colindantes debidamente representados, así como por el funcionario competente del Ministerio de Agricultura. Si el territorio de la Comunidad colinda con bienes del Estado, las actas de colindancia deben ser suscritas por el representante de la Superintendencia de Bienes Nacionales designados para el efecto.
d).- Plano de conjunto de la Comunidad Campesina, visado por funcionario competente del Ministerio de Agricultura.
e).- Memoria descriptiva elaborada por el funcionario competente del Ministerio de Agricultura.
f ).- Pago de derechos registrales.
g).- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

BASE LEGAL:

Artículos 15°, 17° y 176 del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001 SUNARP/SN (23/07/2001); 18º y 28º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución N° 540-2003-SUNARP/SN (21/11/2003); 2010°, 2011° y 2018º del Código Civil (25/07/1984); 10 de la Ley Nº 24657; Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/03).

DERECHO DE PAGO (TASA)
1.94 % de UIT por derechos de calificación y el 3/1000 del valor del inmueble, por derechos de inscripción.

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