Instituto de Medicina de Rehabilitación y del Deporte será el mejor de América Latina

 

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Contrarán especialistas para atender a 500 mil asegurados con discapacidad y deportistas.

El Instituto de Medicina de Rehabilitación y del Deporte que construirá el Seguro Social de Salud (EsSalud) será el mejor de América Latina y contará con especialistas de primer nivel para fortalecer las atenciones de la población asegurada con discapacidad y deportistas.

Así lo anunció la Presidenta Ejecutiva de EsSalud, Virginia Baffigo, quien señaló que se contratará a especialistas en medicina física y rehabilitación, así como profesionales en medicina deportiva a partir del 2016.

“A partir del próximo año abriremos más vacantes para medicina física y rehabilitación y también medicina deportiva. Existe la necesidad de generar nuevos profesionales especializados, afortuna los ciclos de especialización es de tres años que es tiempo en que aproximadamente se culminará el proyecto”, dijo.

Dijo que la creación de este centro especializado beneficiará al 61% de asegurados con discapacidad que no pueden atenderse en EsSalud por la escasez de los servicios de Medicina Física y Rehabilitación, los cuales bordean los 452,000 afiliados.

La titular de EsSalud dijo que también se brindará atenciones a niños pequeños y adultos mayores con secuelas encefalopatías, entre otras lesiones del sistema nervioso, para mejorar su calidad de vida a través de tratamientos de rehabilitación.

También beneficiará a niños y adolescentes

Baffigo señaló que también beneficiará a niños y adolescentes que practican deporte de manera saludable. “Dentro de las actividades escolares, la actividad física es una forma de promover la salud y prevenir enfermedades. La práctica de ese ejercicio adquiere dolencias que no son atendidas en su momento y que pueden traer secuelas más adelante”, dijo.

Agrego que la medicina física y rehabilitación ayuda a las personas a recuperar su salud, volver al trabajo y este centro “dará a nuestros deportistas un soporte médico especializado”.

Detalló que esta moderna infraestructura, que contribuirá en el desarrollo del deporte, se edificará en un terreno de más de 22,359 metros cuadrados que se encuentra en el populoso distrito de San Juan de Miraflores de propiedad del Seguro Social.

El Instituto de Medicina y Rehabilitación y del Deporte contará con tres áreas: Investigación, asistencial (hospitalización, atención ambulatoria y medicina deportiva) y ayuda al diagnóstico y tratamiento (laboratorio clínico y urodinamia).

De esta manera, los deportistas recibirán atención especializada en cuatro áreas asistenciales de: Fisiología del Ejercicio, Psicología del Deporte, Deporte de Alto Rendimiento y Deporte Adaptados.

En lo referente a Medicina del Deporte se promoverá la promoción del ejercicio físico, la prevención de enfermedades y discapacidades, deporte de alto rendimiento y tratamiento de lesiones deportivas.

La construcción de esta obra forma parte del ambicioso proyecto de expansión hospitalaria que EsSalud está poniendo en marcha para fortalecer la atención de sus 11 millones de asegurados.

Audio:  http://ow.ly/QuuPe

Fuente: andina.com.pe

 

Personas con discapacidad tienen derecho a trabajar en Perú.

Personas con discapacidad tienen derecho a trabajar en Perú.
Ministerio de Justicia brinda orientación legal para frenar este abuso.

Viernes, 19 de Junio del 2009

Las personas con algún tipo de discapacidad tienen todo el derecho de trabajar. Precisamente son ellos quienes tienen mayor identificación con la institución o empresa, que las personas consideradas como “normales”, expresó la abogada Sada Fayad, asesora del Ministerio de Justicia.

La funcionaria reveló que el referido sector tiene disponible para la población una línea telefónica de orientación legal gratuita, que es el 421-5454, donde reciben todas las denuncias de abusos. El horario de atenciónes de lunes a viernes de 8 de la mañana a 8 de la noche, y sábados de 8 de la mañana a una de la tarde.

La abogada Sada Fayad agregó que el Ministerio de Justicia cumple con la ley: el seis por ciento del personal laboral es gente con discapacidad.

Se recuerda que la norma legal establece que las personas con discapacidad deben cubrir el 3 por ciento como mínimo, del total del personal laboral.
Fuente y Audio RPP

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LEY Nº 28084 ‘Ley que regula el parqueo especial para vehículos ocupados por personas con discapacidad en Perú.’



Las imágenes mostradas son de propiedad intelectual del Arq. Jaime Huerta de su libro: DISCAPACIDAD Y DISEÑO ACCESIBLE del 3ª capítulo: Elementos de Diseño Urbano.

 

Para poder ver el documento PDF en el recuadro en mayor tamaño haga click con su mouse en el boton de la esquina superior derecha.

 

Este presente decreto Ley fue anexado a la Ley Nº27050 bajo el nombre de artículo 46-A, y que tenía como función mejorar la Ley Nº 27050.
Mediante la incorporación de la LEY Nº 28084 da una serie de normas y reglas en cuanto a lo que significa al parqueo especial para vehículos ocupados por personas con discapacidad”.Entre los puntos más importantes están los siguientes:

• Los establecimientos privados de atención al público, que cuenten con zonas de parqueo vehicular, dispondrán la reserva de ubicaciones para vehículos conducidos o que transporten a personas con discapacidad.

• En las zonas de parqueo público o privado, destinadas a los vehículos conducidos o que transporten a personas con discapacidad se colocará, debajo del símbolo universal de reserva a personas con discapacidad, un letrero, en color amarillo fuerte y letras negras, con la siguiente inscripción:“Parqueo exclusivo para Personas con Discapacidad, prohibido el estacionamiento bajo sanción de multa.”

• La infracción a que se refiere el párrafo anterior, será considerada como grave y se aplicará una multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaria.

• Artículo 4.- Del Registro y Permiso especial de parqueo
Las personas con discapacidad que conduzcan vehículos o las personas que las transporten, deberán estar inscritas en un registro codificado denominado: “Registro de permisos especiales de parqueo para Personas con Discapacidad”.

• Requisitos para el Registro y Otorgamiento del permiso de parqueo: siendo los requisitos para este: 1. Solicitud fundamentando la necesidad de la entrega del permiso. 2. Copia legalizada de la Resolución Ejecutiva de estar inscrito ante el Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS).3. Copia del documento de identidad de la persona con discapacidad.

Artículo 6.- Del uso indebido del Distintivo Vehicular
Quien haga uso indebido del distintivo vehicular, estará afecto a la imposición de una multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT.

• Artículo 7.- De la aplicación de sanciones
En las zonas de Parqueo público, la Policía Nacional del Perú, será la encargada de aplicar las sanciones establecidas en la presente Ley. En los establecimientos privados será de competencia de la Municipalidad del Sector, en ausencia de la Policía Nacional del Perú.

• Artículo 8.- De la vigilancia y la capacitación. El personal de la Policía Nacional del Perú, se encargará de la vigilancia en el cumplimiento de la presente Ley respecto a las zonas de parqueo público. En las zonas de parqueo privado, su vigilancia está a cargo del personal de seguridad o vigilancia que laboran en dichos lugares, quienes, en ausencia de la Policía Nacional del Perú, deberán comunicar la infracción a la Municipalidad del sector, de manera inmediata, a fin de que ésta aplique la sanción respectiva. El Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS) en coordinación con la Policía Nacional del Perú, brindará capacitación a vigilantes y/o personal de seguridad, que laboran en las zonas de Parqueo privado, sobre los alcances de la presente Ley, así como para su cumplimiento.

• Artículo 9.- Del destino de las multas. 70% para el Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS), quien lo destinará para la preparación y ejecución de programas sociales nacionales dirigidos a las personas con discapacidad en situación de extrema pobreza.

• Artículo 10.- De la proporción de la reserva del Parqueo, el cual se dará de la siguiente manera.

De 0 a 5 estacionamientos…………………….. ninguno
De 6 a 20 estacionamientos…………………….. 01
De 21 a 50 estacionamientos…………………….. 02
De 51 a 400 estacionamientos……………………. 02 por cada 50
Más de 400…………………….. 16 más 1 por cada 100 adicional

•Lo más importante: Artículo 11.- De la difusión de la Ley
Encárgase a los medios de comunicación social del Estado, la difusión adecuada de la presente Ley. El Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS) coordinará con los medios de comunicación privados para la difusión de la presente Ley.

•De la adecuación a la Ley
Los establecimientos públicos y privados de atención al público, adecuarán las reservas de zonas de Parqueo a que se refiere la presente Ley, dentro de los noventa (90) días siguientes de su publicación. Su incumplimiento, dará lugar a que los responsables y/o propietarios de las zonas de Parqueo sean sujetos de la imposición de una multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria – UIT. Este punto es importante ya que indica que la ley debe cumplirse en los 90 días siguientes después de su publicación, así que la ley ya está ahí estamos en todo el derecho de reclamar.

•Si se fijan en la fecha en la cual fue derogada esta LEY Nº 28084 los dieciséis días del mes de setiembre de dos mil tres. Ya ha pasado bastante tiempo, con esto no quiero decir, que no se esté cumpliendo pero hay bastantes lugares públicos y privados que cumplen esta ley, pero también hay lugares que las cumplen de manera inconclusa y también de manera totalmente incompleta.

Es de suma importancia que los interesados es decir las personas con discapacidad (PCD) tomen conciencia de sus derechos, y exijan su cumplimiento, muchas instituciones privadas las cumplen pero, también hay instituciones que las cumplen de manera incompleta, está en nosotros mismos hacernos respetar, aunque esto suena un poco trillado pero debe ser así, no esperemos que el estado lo haga y nos quedemos cruzados de brazos, denuncien esto, y para las personas que no son PCD (Personas con discapacidad), por favor respeten esta ley, una sociedad se hace más desarrollada por la cultura de sus ciudadanos y el cumplimiento de sus leyes.

Como mencione anteriormente esta Ley es del año 2003 imagínense esto, la ley se da medias tintas, particularmente lo he vivido en carne propia, pero hay un nuevo intento de que esto se cumpla con la nueva legislación y el Código de Tránsito, que entrara en vigencia este 21 de Julio en donde se multara con S/. 284 a quienes estacionen en zonas para discapacitados. Ley que trata de sancionar a los infractores de lo anteriormente explicado. En este mismo Blog hemos tratado este tema se los hago recordar para que estén atentos a lo que se viene:

Multarán con S/. 284 a quienes estacionen en zonas para discapacitados.
Desde el 21 de julio, día en el que entrará en vigencia el Código de Tránsito, se aplicará una multa de 284 soles (8% UIT)
La autoridad competente estará además facultada para remover vehículo del conductor infractor, informó el MTC.
Desde el 21 de julio, día en el que entrará en vigencia el Código de Tránsito, se aplicará una multa de 284 soles (8% UIT) a todos los conductores que se estacionen en las zonas de parqueo destinadas a vehículos que transportan o son conducidos por personas con discapacidad, informó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Precisó que estos conductores estarán cometiendo una infracción calificada como Grave (G) y la autoridad competente, además, estará facultada para remover su vehículo.
De igual modo, recordó que en el Código se clasifica como una falta Grave estacionar un vehículo automotor por la noche en lugares donde, por falta de alumbrado público, se impide su visibilidad o, en el día cuando por lluvia, llovizna o neblina u otro factor, la visibilidad es escasa, sin mantener las luces de estacionamiento.
A estos choferes también se les aplicará una multa de 284 soles (8% UIT) y la autoridad tendrá la faculta de remover el vehículo para mejorar la circulación vial.
En el Código, asimismo, se establece la aplicación de una multa de 284 soles a los conductores que reparen sus vehículos en la vía pública, salvo que ello se produzca en un caso de emergencia.
En dicho documento también se precisa que similar sanción será aplicada a los choferes de vehículos de carga, de desplazamiento lento así como los vehículos menores (moto taxis)
De igual modo se aplicará una multa de 284 soles a los conductores que utilicen la vía de giro a la izquierda para continuar su marcha en cualquier dirección que no sea la específicamente señalada, debido a que esta actitud se encuentra tipificada como una falta grave.

Así que este es un nuevo intento de que se logre con el cumplimiento de la ley, esperemos que se logre de manera concreta.
Y que en una sociedad inclusiva se respete los derechos de todos y se cumplan los deberes de todos. Sin embargo hago un llamado a todos para que cada uno de todos defienda estos derechos a las personas con alguna discapacidad y a las que no la tienen es tarea de todos que el Perú sea cada vez un país Accesible para todos.

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La Fortaleza de dos ganadores.

Hoy público un video que la psicóloga Liz Guerrero me compartio, y que tiene gran significado y sensibilidad con alguna discapacidad,en este caso una discapacidad locomotora, el video no solo demuestra las ganas de vivir de un hijo, sino tambien el compromiso de un padre y su amor, los cuales son valores sumamente importantes, ellos conforman el “Team Hoyt”.

Aca les dejo el comentario de la Psicóloga:

“Hoy comparto este video donde por más que desee describir su contenido me parece que las propias imágenes lo dicen TODO, sencillamente te invito a ser participe del AMOR ABSOLUTO, INFINITO y SIN LIMITES QUE VIVEN 2 GANADORES!!!

ADEMAS quiero mencionar que incluso en lo mas inimaginable, las personas con discapacidad motora, mental o sensorial podemos ser capaces de lograr grandes cosas y no precisamente para demostrar nuestras habilidades y fortalezas, sino por convicción de metas y logros personales… OJALA PERCIBAS EL MENSAJE DE INSERCION Y NO EXCLUSION, por que va inherente al video… TODOS, TODOS SOMOS PARTE DE CUALQUIER ESPACIO, SOLO FALTA LA OPORTUNIDAD para muchos.”

Lic. en Psic. Liz Guerrero

PD: Su opinión es muy importante asi que los invito a que opinen y comenten acerca del video.

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DISCAPACIDAD Y DISEÑO ACCESIBLE. Un libro muy importante que trata el tema de la accesibilidad, bajo la pauta del ‘Diseño Universal ó Diseño para todos’.

Uno de los trabajos del arquitecto Jaime Huerta Peralta, arquitecto peruano que esta en silla de ruedas hace mas de 20 años. En esta su última publicación, la cual es la conjunción de otras publicaciones, nos da una publicación de suma importancia para las personas con una discapacidad física, pero aún más importante es que su obra deberia de llegar a las instituciones privadas y gubernamentales del país para que la palabra “Accesibilidad” sea real en nuestro pais bajo la premisa:
Del ‘Diseño Universal ó Diseño para todos.

Este es un estracto de una entrevista qe se realizo al Arquitecto donde nos da su opinión sobre su último trabajo:
“Jaime Huerta es arquitecto. Hace veinte años que se moviliza en silla de ruedas por un accidente. Desde su formación profesional y su experiencia de vida ha decidido ofrecernos un libro que resulta un manual de la accesibilidad. Bajo el título: Discapacidad y Diseño Accesible acaba de presentar en el Congreso de la República su más reciente publicación donde indica las dificultades que producen diversos tipos de discapacidad y cuales son las adecuaciones que se requieren para hacer el entorno accesible.
Describe e ilustra las condiciones que deben tener los diferentes elementos urbanos y arquitectónicos (incluyendo las dimensiones) para ser accesibles para las personas con discapacidad. Un libro con toda la autoridad de quien conoce el tema desde todos los ángulos posibles.”

Este es el trabajo del Arquitecto en una version PDF muy importante revisarla, a mi parecer se aplica a todos.

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