Justice: What’s The Right Thing To Do? – 4 Parts

PRIMERA PARTE: EL LADO MORAL DEL HOMICIDIO

Si tuvieras que elegir entre

(1) matar a una persona para salvar la vida de otras cinco personas y,

(2) no hacer nada aunque supieras que cinco personas morirían ante tus ojos si no hicieras nada:

¿Qué harías? ¿Qué sería lo correcto?

Ese es el escenario hipotético que el profesor Michael Sandel usa para iniciar su curso sobre el razonamiento moral. Luego de que la mayoría de los estudiantes votara por matar a una persona para salvar la vida de otras cinco, Sandel presenta tres acertijos morales similares, cada uno ingeniosamente diseñado para hacer la decisión más difícil. A medida que los estudiantes se ponen de pie para defender sus opciones conflictivas, queda claro que las suposiciones detrás de nuestro razonamiento moral a menudo son contradictorias, y la pregunta de qué es correcto y qué está mal no siempre está en blanco y negro.

SEGUNDA PARTE: UN CASO SOBRE CANIBALISMO

Sandel presenta los principios del filósofo utilitarista, Jeremy Bentham, con un conocido caso del siglo XIX que involucra a cuatro náufragos. Después de diecinueve días perdidos en el mar, el capitán decide matar al más débil entre ellos, el joven grumete, para que el resto pueda alimentarse de su sangre y su cuerpo para sobrevivir. El caso fija un debate en el aula sobre la validez moral del utilitarismo, y su doctrina de que lo correcto es lo que produce “el mayor bien para el mayor número”.

PRIMERA PARTE: PONERLE PRECIO A LA VIDA

Hoy, las empresas y los gobiernos usan la lógica utilitaria de Jeremy Bentham bajo el nombre de “análisis de costo-beneficio”. Sandel presenta algunos casos contemporáneos en los que se utilizó el análisis de costo-beneficio para poner un valor en dólares en la vida humana. Los casos dan lugar a varias objeciones a la lógica utilitaria de buscar el mayor bien para el mayor número.

¿Deberíamos dar más peso a la felicidad de la mayoría, incluso si la mayoría es cruel o innoble?

¿Es posible resumir y comparar todos los valores usando una medida común como el dinero?

SEGUNDA PARTE: CÓMO MEDIR EL PLACER

Sandel nos presenta a Jhon Stuart Mill, un filósofo utilitarista que intenta defender el dicha corriente contra las objeciones planteadas por los críticos de la doctrina. Mill argumenta que buscar el mayor bien para el mayor número es compatible con la protección de los derechos individuales, y que el utilitarismo puede hacer espacio para una distinción entre placeres superiores e inferiores. La idea de Mills es que el mayor placer siempre es el placer preferido por una mayoría bien informada. Sandel prueba esta teoría al reproducir videoclips de tres formas muy diferentes de entretenimiento: Shakespeares Hamlet, el reality show Fear Factor y The Simpsons. Los estudiantes debaten qué experiencia proporciona el mayor placer, y si la defensa de Mills del utilitarismo es exitosa.

En: youtube/harvarduniversity

What is Antichresis?

Image: https://cdn.slidesharecdn.com/ss_thumbnails/anticresis-131222103455-phpapp02-thumbnail-4.jpg?cb=1387708551

In the civil law. A species of mortgage, or pledge of immovables. An agreement by which the debtor gives to the creditor the income from the property which he has pledged, in lieu of the interest on his debt. Guyot, Repert.; Marquise De Portes v. Hurlbut, 44 N. J. Eq. 517. 14 Atl. S91. A debtor may give as security for his debt any immovable which belongs to hitn, the creditor having the right to enjoy the use of It on account of the interest due, or of the capital if there is no interest due; this is called “antichresis.” Civ. Code Mex. art. 1927. By the law of Louisiana, there are two kinds of pledges, the pawn, when a movable is given as security, and the antichresis, when the security given consists in immovables or real estate. Under the latter the creditor acquires the right to take the rents and profits of the land, and to credit, annually, the same to the interest, and the surplus to the principal of the debt, and is bound to keep the estate in repair, and to pay the taxes. Upon default upon the part of the debtor, the creditor may prosecute the debtor, and obtain a decree for selling the land pledged.” 3 James Kent, Commentaries on American Law *403–04 (George Comstock ed., 11th ed. 1866).

In: blacklaw.com

Contrato en que el acreedor obtiene del deudor el usufructo de la finca que le entrega, hasta que sea cancelada la deuda. Origen etimológico de la palabra: proviene de la palabra latina medieval antichresis, y este a su vez de la palabra griega antigua ἀντίχρησις (antíchrēsis), de ἀντί (antí, “en cambio”), y χρῆσις (chrẽsis, “uso”), de χράω (chráō, “usar”).

En: definiciones-de

Anticresis y enfiteusis

En el contrato de enfiteusis, el enfiteuta recibe un fundo sobre el cual tiene un derecho de goce que, entre otras cosas, permite al acreedor percibir los frutos del inmueble. Pero, a diferencia de la anticresis, es un elemento esencial del contrato la obligación de mejorar el fundo y la de pagar un canon. Ademas, la enfiteusis puede ser perpetua y cuando no se establece su duración, se presume la perpetuidad; nace a favor del enfiteuta un derecho real y puede disponer del fundo y rescatarlo; también tiene la obligación de sufragar y pagar los impuestos y demás cargas que existan sobre el fundo. En la anticresis el acreedor ejerce el derecho de goce limitado a percibir los frutos que tiene sobre el inmueble, con el propósito de satisfacer una deuda preexistente y no tiene la obligación de mejorar el fundo, ni de pagar un canon. Si bien el acreedor tiene obligación de pagar las contribuciones y pensiones a que este sujeto el inmueble y de hacer las reparaciones necesarias, tal obligación consiste solamente en realizar los actos necesarios para lograr esas finalidades, pero no corren por su cuenta esos gastos y, por el contrario, puede deducirlos del valor de los frutos del inmueble antes de efectuar la imputación. Por otra parte, la anticresis nunca puede constituirse a perpetuidad.

En: El Contrato de Anticresis

Que es un “Waiver of Subrogation” en Construcción?

Image taken from: http://efacpa.com/2017/08/08/waivers-of-subrogation-are-you-really-protected/

Muchos contratos de diseño y construcción y subcontratos contienen una disposición de “exención de subrogación” en la sección de “Requisitos de seguro” del contrato. Este tipo de provisión se incluye para evitar que una compañía de seguros, que ya ha pagado por una pérdida ocurrida, demande a otra parte involucrada en el proyecto que haya podido haber causado dicha pérdida. ¿Pero qué es exactamente “subrogación” (subrogation) y qué significa “renunciar” a los derechos de subrogación (waiver of subrogation)?

La razón detrás de la exención de la subrogación es que las partes de un contrato de construcción pagan primas sustanciales para comprar un seguro para protegerse contra ciertos riesgos. Si un asegurador paga un reclamo, según el argumento, debe soportar la pérdida y no se le permite pasarlo a otra parte. De lo contrario, las compañías de seguros raramente pagarían por nada. Otro beneficio de la exención de la subrogación es que evita litigios costosos que pueden surgir si un asegurador persigue a una o más partes en el contrato.

Por estos motivos, la mayoría de los contratos de construcción estándar (contract form), incluido el Instituto Estadounidense de Arquitectos (AIA), constituyen documentos que contienen exenciones de las disposiciones de subrogación. Por lo general, según estas disposiciones, las partes renuncian a todos los derechos entre sí por los daños causados por fuego u otros peligros en la medida en que dichos daños estén cubiertos por el riesgo del constructor u otro seguro de propiedad.

Lea mas en:

What Is a “Waiver of Subrogation” in a Construction Contract? HFLaw.com

Waivers of subrogation: Are you really protected? efacpa.com/

Building and contents insurance explained

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