Europa se salta sus propias leyes de asilo
Los miembros de la UE no respetan ninguno de los seis protocolos legales sobre refugiados durante la presente crisis. El único tribunal que podría juzgar a los estados incumplidores es el de Estrasburgo, a partir de casos particulares y una vez agotadas las instancias nacionales.
Muchos líderes europeos no sólo han incumplido sus responsabilidades morales en plena crisis de los refugiados por anteponer cálculos electorales, económicos o demográficos a proteger el valor supremo de la vida de las personas. Además, estos dirigentes, con su política migratoria de muros, cuotas y devoluciones en caliente, están saltándose un buen puñado de leyes que han prometido defender. Itziar Ruiz, jurista de Amnistía Internacional, asegura que la Unión Europea “vulnera obligaciones de derecho internacional de protección de refugiados y de no devolución”. Araceli Mangas, experta en Derecho Europeo, puntualiza que en realidad no es tanto la UE sino “sus estados miembros, con la salvedad de Alemania, los que mantienen posturas intolerables”.
Enrique Gimbernat, catedrático en derecho penal, afirma que el incumplimiento de estos tratados por parte de la UE “no es un crimen, porque no está tipificado como tal”, pero sí que el tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo “podría condenar a los estados a partir de casos particulares de refugiados cuya solicitud de asilo no haya sido estudiada y haya sido rechazado sin más en la frontera. Y eso, siempre después de agotar las instancias nacionales“.
Ayer Rajoy admitió ante Merkel que España podría acoger más refugiados, pero de momento se niega a aceptar más de 2.739 personas alegando una “saturación”, por muy ridícula que parezca la cifra anterior en comparación con los 800.000 que habrá recibido Alemania a final de año. La paradoja es que el primer incumplimiento de los socios europeos es haber eludido el uso de la palabra “refugiado” durante meses para que no se pusiera en marcha todo el compromiso de protección que esta figura conlleva. Pero incluso después de comenzar a usar el vocablo innombrable, se siguen incumpliendo estos tratados:
Declaración Universal de Derechos Humanos
Los líderes europeos están incumpliendo su artículo 14: “En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en otros países”. En Europa ese derecho se ha restringido a cuotas de refugiados, cuando no se ha incumplido totalmente con el cierre de fronteras para impedir su llegada. Hay países, como el Reino Unido, que han anunciado que no aceptarán a ninguno de los refugiados de esta crisis.
Convención de Ginebra
Como en el caso anterior, muchos dirigentes de la UE no respetan esta carta de derecho universal de 1951, de la que Europa es firmante. Los artículos que se incumplen son el ‘Estatuto del refugiado’, o sea, “la protección que un Estado ofrece a personas que no son nacionales suyos y cuya vida o libertad están en peligro por actos, amenazas y persecuciones de las autoridades de otro Estado”.
Convenio Europeo de Derechos Humanos
Es una de las cartas de derechos más pisoteadas de la UE. Con esta crisis de los refugiados se incumplen los artículos 3, 13 y el protocolo 4º, pero ya ha sido violado con anterioridad. Por ejemplo, España lo hizo cuando expulsó a 30 saharauis solicitantes de asilo en 2011. Así lo dictaminó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Estas 30 personas llegaron en patera a la isla canaria de Fuerteventura procedentes del campamento de Gdeim Izik, a 12 kilómetros de El Aaiún (Sáhara Occidental), que había sido desmantelado por la policía marroquí.
Protocolo de Dublín
El único incumplimiento ‘en positivo’ ha sido el de Alemania, que se salta este protocolo que indica que los solicitantes de asilo deben quedarse en el país en el que se registran. Berlín ha dicho que atenderá todas las solicitudes vengan de donde vengan. En la comunidad siria en España, por ejemplo, están de fiesta. Casi todos ellos se plantean viajar a Alemania por sus mejores condiciones de asilo.
Carta de Derechos Fundamentales de la UE
Esta carta jurídicamente vinculante desde la aprobación del Tratado de Lisboa en 2009 no se respeta en su artículo 9 (“Derecho al asilo”) y el artículo 6 de la directiva: “Obligatoriedad de registrar todas las solicitudes de protección internacional que se presenten”. En la actualidad hay una petición de asilo por cada 1.900 ciudadanos europeos según ACNUR. En el Líbano hay 1,1 millones de sirios, un cuarto de la población total.
Convención de la ONU sobre el Derecho en el Mar
El artículo 98.2 de este convenio marítimo de 1982 estipula que sus firmantes (la UE lo es) deben “fomentar la creación, el funcionamiento y el mantenimiento de un servicio de búsqueda y salvamento adecuado y eficaz para garantizar la seguridad marítima”. Desde el final de la operación italiana de salvamento ‘Mare Nostrum’ en otoño de 2014 la UE no ha puesto en funcionamiento ningún servicio de rescate en el Mediterráneo como tal. La ‘operación Tritón’, de la agencia Frontex, tan sólo tiene mandato de control y vigilancia de fronteras, además de unos medios muy limitados reconocidos por su propio director. Las misiones de salvamento como tales corren a cargo de ONG como Médicos Sin Fronteras. Los líderes europeos se escudan en el ‘efecto llamada’ para no poner en marcha una operación de rescate propiamente dicha.
Constitución española
Los 28 socios de la Unión Europea poseen, en su propia legislación nacional, algunos artículos más o menos precisos sobre el derecho al asilo. Al negar este derecho o convertirlo en una simple cuota, España no respeta el artículo 13.4 de la Constitución, así como otros cinco de la Ley de Extranjería, incluido el “derecho a solicitar asilo de aquellos extranjeros que accedan sin visado o por puestos no habilitados”.
El resto de potencias internacionales, aún peor
Si la respuesta de la UE con respecto a la crisis de refugiados es el incumplimiento (con excepciones como Alemania), el resto de potencias internacionales con capacidad económica para acoger refugiados (Rusia, EEUU, Australia, China, los países del golfo…) poseen legislaciones aún más restrictivas y pocas intenciones de reconocer el derecho al asilo de personas que huyen de conflictos que escapan de su esfera más cercana.
En: elmundo