PARAGUAY, EN EMERGENCIA HABITACIONAL

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El presidente paraguayo, Fernando Lugo ha inaugurado una treintena de viviendas sociales destinadas a las clases más desfavorecidas. El acto simbólico llega tres meses después de declarar la “emergencia habitacional” en un país que tiene 800.000 familias sin techo.

Esta situación permitirá “disponer libremente” de fondos para agilizar la construcción de hogares sociales en cuatro departamentos identificados como prioritarios: el Central, que incluye las ciudades que bordean Asunción, Caaguazú (centro-este), Alto Paraná (este) y Cordillera (centro).

La iniciativa, que siguió según el Gobierno a “décadas de inacción”, fue encomendada a la Secretaría Nacional de la Vivienda, que se propuso la construcción de 2.600 viviendas este año y que cuenta también al igual que la SAS, con aportes del Fondo de Convergencia Estructural del Mercosur. Con una población en torno a 6,3 millones de personas, las estadísticas oficiales difundidas a finales de 2010 revelan que el 35% vive en condiciones de pobreza, y de ellas más de la mitad en la práctica indigencia.

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PARAGUAY, EN EMERGENCIA HABITACIONAL

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El presidente paraguayo, Fernando Lugo ha inaugurado una treintena de viviendas sociales destinadas a las clases más desfavorecidas. El acto simbólico llega tres meses después de declarar la “emergencia habitacional” en un país que tiene 800.000 familias sin techo.

Esta situación permitirá “disponer libremente” de fondos para agilizar la construcción de hogares sociales en cuatro departamentos identificados como prioritarios: el Central, que incluye las ciudades que bordean Asunción, Caaguazú (centro-este), Alto Paraná (este) y Cordillera (centro).

La iniciativa, que siguió según el Gobierno a “décadas de inacción”, fue encomendada a la Secretaría Nacional de la Vivienda, que se propuso la construcción de 2.600 viviendas este año y que cuenta también al igual que la SAS, con aportes del Fondo de Convergencia Estructural del Mercosur. Con una población en torno a 6,3 millones de personas, las estadísticas oficiales difundidas a finales de 2010 revelan que el 35% vive en condiciones de pobreza, y de ellas más de la mitad en la práctica indigencia.

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COFOPRI ENTREGA MÁS DE 100 TÍTULOS DE PROPIEDAD EN HISTÓRICO ASENTAMIENTO HUMANO CHAVÍN DE HUÁNTAR.

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El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, entregó un total de 102 títulos de propiedad a igual número de familias del Asentamiento Humano Chavín de Huántar del distrito de Villa El Salvador, cuya antiguedad es de más de 12 años.

La formalización de dicho pueblo ha sido compleja debido a que se han tenido que superar diversas contingencias, como por ejemplo la existencia de procesos judiciales que en un inicio suspendieron todo tipo de acciones.

El director ejecutivo de COFOPRI, Fredy Hinojosa Angulo, al entregar dichos documentos resaltó la importancia que tienen los títulos de propiedad al estar debidamente inscritos en los Registros Públicos.

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COFOPRI ENTREGO 353 TÍTULOS DE PROPIEDAD A FAMILIAS DE MANCHAY EN PACHACAMAC

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Un total de 353 familias que viven en el Centro Poblado Manchay, en el distrito limeño de Pachacamac, recibieron sus títulos de propiedad de manos del director ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, Fredy Hinojosa Angulo.

El acto se desarrolló en una concurrida ceremonia en la Plaza de Armas del distrito, en la que participaron los principales dirigentes de los diferentes sectores, el párroco José Chuquillanqui y el alcalde Hugo Ramos.

La formalización de estos pueblos ha sido larga, superando dificultades legales, pero lo más importante es que se ha logrado el objetivo de hacer a familias humildes, propietarias de los predios que habitan, manifestó el titular de COFOPRI.

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Congreso Internacional de Derecho Notarial, Encuentro con el Notariado Americano, y 2ª Sesión Plenaria de la Comisión de Asunto

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Del 6 al 8 de octubre del presenta año se llevarán acabo en la ciudad de Cochabamba, Bolivia.

PROGRAMA DE ACTIVIDADES
CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO NOTARIAL

Jueves 06 de octubre de 2011

9:00 – 14:00 Acreditación para el Congreso en el Hotel Sede “La Colonia”
15:00 a 16:00 Acto de Inauguración del Congreso
16:00 a 16:40 Conferencia: Escribano Sebastián Cosola. (Argentina)
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La famosa plusvalía por el reparto de la casa en herencias y divorcios pasa a la historia

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¿Se ha separado o divorciado? ¿Ha recibido una herencia a repartir? Si ha pasado por alguna de estas situaciones, le sonará la expresión “extinción de condominio”. Sobre todo, si se trata de bienes inmuebles. Y, principalmente, si ha adquirido en propiedad exclusiva la casa tras pagar una compensación a la otra u otras partes. Este desembolso, hasta hace unos meses en Madrid, conllevaba una plusvalía ya extinguida tras un fallo de un tribunal. Si la abonó en su día, quizá aún pueda recuperarla.

A principios de 2010, el Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid emitió, en respuesta a un recurso particular, un fallo en el que dictó que estas operaciones -posteriores a las liquidaciones de sociedades gananciales o separación de bienes- no estaban sujetas a impuesto. Sentencia a la que no ha tenido acceso este suplemento, pero que han confirmado varias fuentes -incluido el Consistorio-, y que se ajusta a la línea marcada por el Tribunal Supremo (TS) y tribunales superiores de justicia (TSJ).

“Esta jurisprudencia previa apuntaba que las extinciones de condominio no tributaban porque representaban un derecho a la concreción de la propiedad y no una transmisión de ésta. El Ayuntamiento decía lo contrario hasta el dictamen de ‘su’ tribunal económico”, afirma Juan (nombre ficticio), persona que gestionó el relevante recurso. Tras leer varios artículos sobre el asunto, decidió formular a un afectado conocido el proceso necesario para reclamar y acudir con su caso al Tribunal Económico. Éste le dio la razón en detrimento de las arcas municipales.

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El Euribor de julio volverá a encarecer las hipotecas en 61 euros al mes y 783 al año

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(España)

El Euribor, principal indicador al que están referenciadas las hipotecas en España, sigue al acecho de los hipotecados. El índice ha cerrado el mes de julio en el 2,183%, lo que supone el nivel más alto registrado desde enero de 2009, cuando se encontraba en el 2,622%. Y lo que es más importante, su nueva tasa se traducirá en un encarecimiento de las hipotecas de 61 euros mensuales y 783 al año.

El indicador ha cerrado el séptimo mes de 2011 por encima del nivel que marcó en junio (2,144%) y en julio de 2010 (1,373%). Una nueva cotización que encarecerá las letras de las hipotecas de los usuarios a los que les toque la revisión de su crédito en julio.

Concretamente, los usuarios de una hipoteca de 150.000 euros a un plazo de 25 años y con un diferencial de Euribor más 0,8% experimentarán una subida en su letra de unos 61 euros al mes y 738 euros anuales.

El Euribor mantiene una escalada alcista cuyo arranque se remonta a finales de 2009 y cobra fuerza en 2011, después de haber marcado un máximo en julio de 2008, cuando se estableció en el 5,39%. En 2011, el indicador arrancó en el 1,55% y sólo se ha tomado un descanso en su movimiento al alza el pasado mes de junio.

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APUNTES DEL SISTEMA INTEGRADO DE GARANTÍA MOBILIARIA

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Por: Dra. Angela Alegría Martinez.

I. Introducción

El presente ensayo analiza la implementación de una isla administrativa “Sistema Integrado de Garantía Mobiliaria” a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP, planteamiento que se hizo evidente en el interior del Poder Ejecutivo durante el periodo 2000-2006. El ámbito materia de estudio abarcó desde la preparación de documentos con la finalidad de reformar el sistema de garantías mobiliarias hasta la dación de la Ley de Garantía Mobiliaria (Ley N° 28677).

En el caso en concreto, la creación de un Sistema Integrado de Garantía Mobiliaria nace ante el cuestionamiento de los agentes intervinientes en los mercados crediticios al contar con información asimétrica. Ello por cuanto los dos personajes intervinientes poseen dos situaciones distintas: el deudor conoce su situación y el destino del crédito, sin embargo, el acreedor tiene que correr con el riesgo si el deudor pagará o no el crédito. Así como la problemática que rodeaba a la eficacia de las garantías en cuanto a la constitución de garantías, el rango de prioridad, el sistema de publicidad y la ejecución de las garantías.

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EL CONSTITUCIONAL CONSIDERA QUE LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS NO VULNERAN DERECHOS

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Nueva vuelta de tuerca al debate hipotecario del momento y ya de los últimos meses: la dación en pago. El Tribunal Constitucional (TC) ha concluido que la normativa actual sobre desahucios y ejecución de las hipotecas no vulnera los derechos de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva y al derecho a una vivienda digna, según un auto dictado el 19 de julio.

El Pleno del Constitucional rechaza así la cuestión de inconstitucionalidad planteada en septiembre de 2010 por el Juzgado de Primera Instancia número dos de Sabadell, en la que reclamaba al Tribunal que estudiara la necesidad de modificar la Ley Hipotecaria para facilitar la entrega de la vivienda para saldar la deuda hipotecaria, la llamada dación en pago.

En el auto, el Constitucional concluye que carece de competencia para plantear un cambio al actual proceso de ejecución hipotecaria, ya que es “materia exclusiva” del Gobierno como organismo “legislador”.

Los magistrados consideran “notoriamente infundada” la cuestión de inconstitucionalidad y aluden a la doctrina establecida en la sentencia de 18 de diciembre de 1981, que avaló las limitaciones que tienen los hipotecados para evitar el embargo de su vivienda.

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