ACUMULACIÓN DE INMUEBLES
La inscripción de la acumulación de un predio urbano se realiza sobre la base de la solicitud y el plano de acumulación presentado, constituyendo el plano catastral y el código catastral, documentación complementaria. Si de los planos presentados existe completa identificación con los antecedentes registrales, no es necesaria la remisión a la oficina de catastro. 048-2007-L
ACUMULACIÓN DE SECCIÓN DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y TERRENO COLINDANTE
Cuando se acumula – de manera anómala -, una sección de propiedad exclusiva ubicada en primer piso integrante de una edificación, a un terreno colindante que no integra la edificación, el terreno no pasa -de pleno derecho- a regirse por el reglamento interno de la edificación. 677-2007-LACUMULACIÓN
Para la inscripción de la acumulación debe adjuntarse, entre otros, la solicitud de acumulación en la cual se describa el área, linderos y medidas perimétricas de cada uno de los predios que serán acumulados, con indicación de la partida registral donde corren inscritos; el área, linderos y medidas perimétricas del predio resultante, indicándose su nueva denominación; y el plano de acumulación, autorizado por el profesional competente. 031-2007-L
ACUMULACIÓN VÍA REGULARIZACIÓN
Es necesario la conformidad de los titulares de los derechos reales de garantía y de las entidades que disponen la anotación de medida cautelar para una acumulación de predios, tal como lo establece el artículo 65 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aun cuando se trate de un procedimiento de regularización al amparo de la Ley 27157. 385-2007-L