REGISTRO DE COMERCIANTES

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En el Registro de comerciantes se inscriben los comerciantes o empresarios individuales; la separación de patrimonios de los titulares del comercio; los poderes que otorgan y sus revocatorias y extinciones; la liquidación o fenecimiento de sus negocios.
Se pueden inscribir los dueños de Bodegas, Tiendas, Juguerias, transportistas individuales y otros comercios.

REQUISITOS:
1.- Solicitud del comerciante con firma certificada por Notario, dirigida al Registrador del Registro de Personas Naturales, la solicitud debe contener sus nombres y apellidos, estado civil, edad y nacionalidad del titular del negocio o actividad comercial; nombre del cónyuge si lo tuviera; la clase de comercio o industria a la que se dedicará; nombre comercial del establecimiento si lo tuviera; sucursales si las tuviera; domicilio comercial y de ser el caso señalar el domicilio donde funcionará el establecimiento principal, fecha de inicio de operaciones; y la Declaración Jurada en la que el titular señale no estar comprendido en alguna de las incompatibilidades establecidas en el Art. 13 y 14 del Código de Comercio.
2.- Copia Legalizada de la Licencia de Funcionamiento.
3.- Copia Legalizada de la Constancia de Incorporación al RUC (Registro Unico de Contribuyentes).
4.- Llenar FORMULARIO DE SOLICITUD DE INSCRIPCION.
5.- Copia de DNI del presentante.
6.- Costo: Pasar por PRELIQUIDACION
7.- PAGAR Y PRESENTAR EN LAS VENTANILLAS DE CAJA DIARIO
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BASE LEGAL:
Art. 13 y 14 del Código de Comercio.
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INFORMACION NO OFICIAL, SOLO REFERENCIAL

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