(España)
Un notario es un cliente minorista según la juez del JPI 5 de Denia. El notario, ejerciente en Denia, mantenía una relación fluida con Bankinter pues su apoderada acudía a notaría a firmar préstamos, pólizas, etc… casi todos los días. Cuando en enero 2006 contrata una póliza de crédito por un nominal de 360.000 €, la apoderada acompaña el contrato con un CLIP de 700.000€ que el notario firmó en la creencia de que “le ofrecía la cobertura frente a las subidas de interés sin ser informado de las consecuencias negativas que la bajada de interés producía.” La juez Marisa Fayos Bonell, en esta excelente sentencia, considera “acreditado que la información ofrecida del producto iba dirigida únicamente a orientar de la protección frente a la subida de interés y por ello fue sesgada”.
Supone un avance importante que cada vez haya más sentencias en las que se aplique estrictamente la normativa que clasifica a los clientes en minoristas o profesionales, resultando que, en España, estos productos han sido colocados mayoritariamente a clientes minoristas, independientemente de su formación y, por ello, el banco está obligado a informar de todos las características de los productos sin omisiones significativas. Es una satisfacción observar que los argumentos que venimos defendiendo desde el principio y que se han visto reflejados fielmente en la sentencia del TS Alemán se estén recogiendo cada vez más en las sentencias españolas.
Damos nuestra más sincera enhorabuena a los letrados, Juan Carlos Pérez Nadal y Ma Teresa Fornés Blanques del Despacho Pérez Nadal Abogados y su equipo, defendida por por esta sentencia que sin duda abrirá camino para muchos afectados.
Fecha: 30-may-2011
Fuente: AIRE (Asociación Independiente de Registradores)