Archivo por meses: abril 2011

ARGENTINA: CRISTINA FERNÁNDEZ BUSCA LIMITAR POSESIÓN EXTRANJERA DE TIERRA

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La presidenta argentina indicó que su proyecto de ley busca proteger “el dominio nacional de las tierras rurales”

Buenos Aires (AP). La presidenta Cristina Fernández anunció el miércoles que se apresta a enviar al Congreso un proyecto de ley que limita a 1.000 hectáreas “la tenencia extranjera” de tierras rurales.

En un acto oficial, la mandataria señaló que el objetivo del proyecto legislativo es la “protección del dominio nacional de las tierras rurales (…) y de un recurso estratégico no renovable”.

Según explicó, “no se afectarán los derechos ya adquiridos porque si no significaría cambiar las reglas de juego y perjudicar a los que adquirieron tierras de buena fe con reglas vigentes en ese momento”.

Afirmó que se trata de un proyecto “de pocos artículos”, que busca “conservar el dominio nacional y no estatal” de las tierras. También pidió que sea tratado “con celeridad” en el Congreso, donde la oposición es mayoría.

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REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE TRASLACIÓN DE DOMINIO POR SUCESIÓN TESTADA O INTESTADA

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* Solicitud simple dirigida al Registrador de Predios de la oficina registral competente, con la indicación de la partida en la cual se encuentre inscrito el bien materia de transferencia.La solicitud de traslación de dominio por testamento o intestada deberá contener la siguiente información:
* Identificación de la persona que está solicitando la sucesión intestada que pueda ser cualquiera de los herederos o un tercero con interés.
* Ubicación y antecedente registral de cada uno de los inmuebles que se solicita el traslado de dominio (Nº de tomo, folio, ficha o partida electrónica)
* Número de la partida registral en el que conste inscrito la ampliación del testamento o la sucesión intestada.

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CONGRESO PRETENDE UNA VEZ MÁS INGRESO DE AUTOS USADOS

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Legisladores ceden a presiones de mercantilistas y ponen el tema nuevamente en el pleno.
La Asociación Automotriz del Perú (AAP) invocó al Pleno del Congreso de la República que no apruebe el próximo jueves el proyecto de ley que pretende ampliar por quinta vez la importación de vehículos usados con timón cambiado en Tacna (ZofraTacna) hasta el 31 de diciembre de 2012.
Los legisladores tacneños Jorge Flores Torres y Juan Pari Choquecota consiguieron que el miércoles 20 de abril se inicie la discusión de los proyectos, con el propósito de que se reanuden las actividades de reparación y reacondicionamiento de vehículos usados en Zofratacna, pese a que culminaron el 31 de diciembre de 2010.

Por ello, la AAP afirmó que al haber concluido el plazo para la importación de vehículos usados, la Mesa Directiva en coordinación con la Junta de Portavoces debería disponer el archivo definitivo del dictamen de los proyectos de ley en cuestión, por no ser posible jurídica ni materialmente una prórroga u homologación de un plazo concluido que ha surtido sus efectos.

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REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE NUMERACIÓN DE FINCA O PREDIO

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* Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
* Copia de documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
* La Resolución o el Certificado de Jurisdicción expedido por la municipalidad competente debe contener el número y el nombre del jirón, calle, avenida, pasaje, etc. y distrito en que se encuentra ubicado el predio materia de numeración.

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A PROPÓSITO DE LA LEY N° 29618 Y LA FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL

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El 24 de noviembre de 2010 se publicó la Ley N° 29618, según la cual se presume que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes de dominio privado del Estado. La finalidad de la ley es proteger la propiedad estatal de las invasiones y del tráfico ilegal de tierras. En ese sentido, la presente ley tiene relación con la formalización de la propiedad urbana y rural, pues ésta –sobre todo la primera– tiene su origen por lo general en las invasiones de los bienes inmuebles de propiedad del Estado y/o de propiedad privada. Por tanto, es necesario determinar si la mencionada ley tiene algún efecto en la formalización de la propiedad, más aún, cuando no la excluye de su ámbito de aplicación, como sí lo hace, respecto de las tierras de las Comunidades Campesinas y Nativas.

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REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA

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* Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
* Copia de documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
* La hipoteca debe ser constituida por el propietario, o el copropietario sobre su alícuota debiendo tener su propiedad debidamente inscrita enlos Registros Públicos.
* La hipoteca debe constituirse por una cantidad determinada o determinable.
* El crédito u obligación garantizada debe ser determinada o determinable.

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EL CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA

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A propósito de la entrada en vigencia, a partir del 9 de diciembre de 2010, de la obligatoriedad de la inscripción de los agentes inmobiliarios en el registro creado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento1 para ese fin, y conforme lo señaláramos en un artículo anteriormente publicado con el título de “Operaciones Inmobiliarias Protegidas”2, en que se hizo mención a la importancia del artículo 11 del Reglamento de la Ley 29080 (D. S. 004-2008-VIVIENDA) referido a los “Deberes del agente inmobiliario con registro” (sea persona natural o persona jurídica), existe la obligación legal por su parte de celebrar un contrato con el intermediado, el cual deberá constar necesariamente por escrito, tal como lo hemos indicado.

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PUCP: POST TÍTULO EN DERECHO CIVIL PATRIMONIAL

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I. PRESENTACIÓN
El Post Título busca que el estudiante, el abogado, el magistrado, el funcionario público o el árbitro conozcan y manejen los aspectos teórico-prácticos relacionados al Derecho Civil Patrimonial. Se pondrá especial énfasis en los métodos dogmático, funcional y teleológico de las instituciones. Estos métodos se utilizarán para hacer la comparación jurídica.

II. OBJETIVOS
•Lograr la actualización, especialización y perfeccionamiento de los profesionales en las diferentes áreas, a fin de que desarrollen un mejor trabajo en la comunidad con el propósito de acceder a una mejor calidad de vida.
•Aplicar la dogmática jurídica y el método sistemático mediante el planteamiento de temas problemáticos, el uso de conceptos fundamentales y la formulación de soluciones coherentes y justas.

DOCENTES:
DR. ROMULO MORALES HERVIAS
DR. GUNTHER GONZALES BARRÓN
DR. RENZO SAAVEDRA VELAZCO
DR. GILBERTO MENDOZA DEL MAESTRO

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REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE ANTICRESIS

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* Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
* Copia de documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
* Los datos del deudor o deudores, es decir quién (es) entrega el bien inmueble para que con los frutos que éste produzca se pague una obligación; y del o los acreedores, es decir, quien recibe el bien inmueble haciéndose beneficiario de los frutos que produce el bien, como dación en pago tiene a retenerlo hasta que se cumpla la obligación.
* La anticresis debe ser constituida por el propietario o quien esté autorizado.
* Deberá indicarse la renta del inmueble y el interés que se pacte.

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