Acceso al ejercicio de la Función Registral.- El Concurso Público de Méritos constituye la única forma de acceso al cargo de Registrador Público y Vocal del Tribunal Registral.
En caso del Asistente Registral, el acceso será a través de Concurso Público de Méritos o mediante Concurso Interno de Méritos.
Asistente Registral.- Para acceder al cargo de Asistente Registral, se requiere ser peruano, tener como mínimo el grado académico de Bachiller en Derecho y haber aprobado el Concurso Público de Méritos conforme al presente Reglamento.
Registrador.- Para acceder al cargo de Registrador, se requiere ser peruano, tener Título profesional de Abogado, estar colegiado, haber ejercido como mínimo 2 (dos) años la función de Asistente Registral o, en su defecto, acreditar por lo menos 4 (cuatro) años de ejercicio profesional, y haber aprobado el Concurso Público de Méritos conforme al presente Reglamento.
Artículo 7.- Cómputo de la experiencia para el acceso.- El tiempo dedicado al ejercicio profesional como Abogado y al desempeño de la función como Registrador o Asistente Registral es acumulable para los efectos de lo dispuesto en los artículos 5 y 6.
Para efectos de la acreditación de la experiencia, se considerará la fecha del Título de Abogado.
Fuente: RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 415-2004-SUNARP-SN