VERIFICADOR

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AMBIENTES A DECLARAR EN LA REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES La construcción de material de adobe tiene la calidad de edificación existente, por tanto, debe ser declarada por el Verificador en el Formulario Registral como parte de los ambientes constatados. R. 075-2006-A. R. 072-2006-A.

EVALUACIÓN DEL INFORME TÉCNICO El Registrador no deberá observar los aspectos técnicos del informe del verificador, toda vez que éste recoge conclusiones referidas a la aplicación de conocimientos técnicos especializados de las edificaciones cuya responsabilidad recae únicamente en su autor. 125-2006-T

FRACCIONAMIENTO DE PREDIO RURAL Para la inscripción del fraccionamiento de un predio rural ubicado en zona no catastrada, pero que cuenta con plano catastral, debe presentarse el plano catastral del lote desmembrado visado por el PETT y verificador, en el que se consigne el nuevo código. Adicionalmente, para efectos de la independización registral, se acompañarán plano del área remanente. No se requiere que este documento se encuentre visado por el PETT, de conformidad con el D. Leg 667 y el D.S. 0010-2006-AG. 706-2006-L

FUNCIÓN DEL VERIFICADOR EN LOS FORMULARIOS REGISTRALES OTORGADOS BAJO LAS NORMAS QUE REGÍAN AL EX-REGISTRO PREDIAL URBANO. Es el abogado y/o notario que interviene como verificador quien asume responsabilidad – entre otros actos -, respecto a la comparecencia de los intervinientes en el acto, esto es de su capacidad; de allí que dicho aspecto no debe ser materia de calificación por parte del Registro. 747-2006-L

INFORME DE VERIFICADOR AD HOC La falta de los informes técnicos de los verificadores ad hoc no impide la inscripción del título de regularización de una edificación al amparo de la Ley No. 27157. 081-2006-T

INSCRIPCIÓN DE EDIFICACIÓN TIPO QUINTA VÍA REGULARIZACIÓN Es procedente la inscripción vía regularización de una quinta en la que se regularice la fábrica de algunas viviendas unifamiliares, teniendo la certeza, por declaración del verificador responsable, que sobre el resto de las unidades inmobiliarias existen edificaciones que no cumplen con las normas reglamentarias, motivo por el que no se declara su fábrica. 530-2006-L

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