Archivo por meses: marzo 2011

REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN

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* Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
* Copia de documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
* Los datos del (los) deudor(es), es decir del presunto obligado y del los acreedor(es), es decir, quien va a solicitar la afectación del bien, para asegurar el pago de una obligación.
* Deberá consignarse el monto de la afectación.
* La individualización del predio o predios afectados y el número de partida registral.
* Para inscribir un embargo coactivo, es suficiente que la resolución la firme el ejecutor coactivo.
* Tratándose de resoluciones administrativas, es requisito que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo estén acreditados ante el Registro.

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VERIFICADOR

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RECTIFICACION DE LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL FOR
El título para la inscripción de una regularización de fábrica es el FOR, cuando está debidamente llenado, firmado y acompañado de la documentación que la sustenta. Por lo tanto, la rectificación que se haga respecto de la fecha de terminación de la construcción consignada en el FOR, deberá de realizarse con nuevo FOR otorgado por el propietario y el Verificador Responsable. 102-2006-A

AMBIENTES A DECLARAR EN LA REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES
La construcción de material de adobe tiene la calidad de edificación existente, por tanto, debe ser declarada por el Verificador en el Formulario Registral como parte de los ambientes constatados. R. 075-2006-A. R. 072-2006-A.

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ÍNDICE REVISTA CRÍTICA DE DERECHO INMOBILIARIO 2010 No.717

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ESTUDIOS
Año:2010 – Num:717 – Pag: 011-059 – Vlex: 81767212
El contrato de vitalicio en la jurisprudencia y en la Ley de Derecho Civil de Galicia
DOMINGO BELLO JANEIRO

ESTUDIOS
Año:2010 – Num:717 – Pag: 061-091 – Vlex: 81767262
La autoridad familiar del padrastro o madrastra en la legislación aragonesa: del Apéndice Foral de 1925 al artículo 72 de la Ley 13/2006 de Derecho de la Persona
MARÍA TERESA DUPLÁ MARÍN

ESTUDIOS
Año:2010 – Num:717 – Pag: 093-124 – Vlex: 81767311
La promoción inmobiliaria encubierta: un fraude de ley
RAFAEL GONZÁLEZ TAUSZ

ESTUDIOS
Año:2010 – Num:717 – Pag: 125-148 – Vlex: 81767347
La simulación y las donaciones encubiertas de inmuebles bajo la forma de compraventas. Determinación de sus supuestos y sus efectos
HÉCTOR DANIEL MARÍN NARROS

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REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE DONACIÓN DE PREDIOS

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* Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
* Copia de documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
* Escritura Pública.
* Intervención del donante y el donatario, es decir, quien transfiere y quien recibe el predio; debe indicar el valor real el predio donado.
* Ubicación del Predio con indicación del dato de inscripción en el Registro de Predios.
* Debe contener una cláusula de aceptación expresa del donante.

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QUÉ ES LA APOSTILLA?

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1. Definición 2. Ámbito de aplicación 3. Estados miembros 4. Estados no miembros

1. DEFINICIÓN

El Convenio sobre Apostilla es una norma que facilita la circulación de documentos públicos emitidos en un Estado parte del Convenio, lo cuales pueden ser presentados en otro Estado parte del Convenio.

Dicha norma ha entrado en vigencia para nuestro país a partir del 30.9.2010 y es de utilidad para los nacionales que certifican documentos en el extranjero, o para los inversionistas que desean hacer valer sus documentos en nuestro país V.g. Sucursales de empresas no domiciliadas que inscriben a sus apoderados en nuestro país.

La Apostilla se expide únicamente por una Autoridad Competente designada por el Estado de donde emana el documento (en el caso del Perú es el Ministerio de Relaciones Exteriores).

El efecto de la Apostilla es certificar la autenticidad de la firma, la calidad en que el signatario del documento haya actuado y, en su caso, la identidad del sello o timbre del que el documento esté revestido. La Apostilla no se refiere al contenido del documento público.

En ese sentido, en sede registral, a partir de su entrada en vigencia en nuestro país es documento materia de calificación. Así pues se amplía en su objeto de aplicación el principio de titulación auténtica.

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ÍNDICE REVISTA CRÍTICA DE DERECHO INMOBILIARIO 2010 No.718

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ESTUDIOS
Año:2010 – Num:718 – Pag: 449-485 – Vlex: 200225593
La transformación del Registro de la Propiedad
LUIS JAVIER ARRIETA SEVILLA

ESTUDIOS
Año:2010 – Num:718 – Pag: 487-518 – Vlex: 200225597
Estudio sobre el concepto y los efectos del precontrato
HÉCTOR DANIEL MARÍN NARROS

ESTUDIOS
Año:2010 – Num:718 – Pag: 519-549 – Vlex: 200225609
El Registro de la Propiedad y el medio ambiente
MÁXIMO JUAN PÉREZ GARCÍA

ESTUDIOS
Año:2010 – Num:718 – Pag: 551-583 – Vlex: 200225641
La proporcionalidad entre votos y capital en la Sociedad Anónima. Reflexiones en torno a la mayoría económica en la Junta de Accionistas
MARIO SÁNCHEZ LINDE

ESTUDIOS
Año:2010 – Num:718 – Pag: 585-618 – Vlex: 200225645
La solemnidad formal del patrimonio protegido a favor de la persona con discapacidad
INMACULADA VIVAS TESÓN

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NOTARIOS ESTÁN CAPACITADOS, PROFESIONAL Y TECNOLÓGICAMENTE, PARA LLEVAR A CABO EL MATRIMONIO NOTARIAL

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Actas de Matrimonio Notarial podrán ser ubicadas en una Base de Datos Digital y en Línea, la que podrá ser actualizada en forma instantánea, evitándose así el intento de fraude

El Decano del Colegio de Notarios de Lima (CNL), Dr. Mario Romero Valdivieso, afirmó que los Notarios cuentan con la suficiencia profesional y el soporte tecnológico necesarios para realizar el Matrimonio Civil en la Vía Notarial en cualquier región del país. Los Notarios están jurídicamente capacitados para llevar adelante los Matrimonios Civiles en la Vía Notarial (Matrimonio Notarial) sin ningún tipo de contratiempo. Contamos con la formación jurídica suficiente para asumir esta responsabilidad, pues, además de Notarios, somos abogados, afirmó.

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REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DE COMPRAVENTA DE PREDIOS

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* Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
* Copia de documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
* Escritura pública o formulario registral legalizado por notario.
* Intervención de vendedor (inscrita su titularidad en el Registro) y comprador.
* Descripción del predio, con indicación de la partida registral en la que conste inscrita.
* Precio de la transferencia con indicación de la forma de pago.

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