ERROR DE CONCEPTO

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ERROR DE CONCEPTO Cuando el error de concepto se origina en un criterio interpretativo, no resulta suficiente el título archivado para corregir el error sino que se requiere para su rectificación un título modificatorio otorgado por todos los interesados o resolución judicial conforme lo exige el artículo 84 inc. b) del Reglamento General de los Registros Públicos. 436-2006-L

ERROR DE CONCEPTO Cuando no exista claridad en el título archivado que dio mérito a la inscripción, ésta sólo podrá ser rectificada en mérito a título modificatorio otorgado por todos los interesados o resolución judicial que aclare la redacción vaga, ambigua o inexacta del título primigenio. 079-2006-A

RECTIFICACION DE ASIENTO POR EROR DE CONCEPTO No es rectificable el error de concepto si no aparece claramente del título archivado. 050-2006-TRECTIFICACIÓN DE ASIENTO POR ERROR DE CONCEPTO No procede extender el asiento de rectificación en mérito al título archivado, cuando la inexactitud proviene de la redacción vaga, ambigua o inexacta del título; en estos casos, la rectificación deberá efectuarse en mérito a título modificatorio que permita concordar lo registrado con la realidad extraregistral, o mediante resolución judicial, de conformidad con el artículo 84 literal b) del Reglamento General de los Registros Públicos. 679-2006-L

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