DEFECTOS SUBSANABLES

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DEFECTO SUBSANABLE La falta de preexistencia del instrumento que contiene el acto solicitado registrar a la fecha del asiento de presentación del título, constituye defecto subsanable. 150-2006-L. R.785-2006-L. R. 017-2006-L

DEFECTO SUBSANABLE La inexistencia del “instrumento” que da mérito a la inscripción, a la fecha del asiento de presentación del título no constituye causal de tacha sustantiva, debiéndose en tal supuesto, observar el título a efectos de posibilitar la presentación del referido instrumento. 434-2006-L

DEFECTO SUBSANABLE RESPECTO A UN DOCUMENTO COMPLEMENTARIO Cuando el título presentado adolece de defecto subsanable, el mismo puede ser subsanado con la presentación del documento o documentos que subsanen las omisiones o los errores correspondientes, no siendo necesario que éstos preexistan a la fecha de presentación del título, es decir, que hayan sido generados en fecha anterior a dicha presentación. 256-2006-L
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