TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD EN LA COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO O EN EL ARRENDAMIENTO VENTA

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REQUISITOS

1.- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
2.- Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
3.- Escritura pública o, si el valor del inmueble no supera las 20 UIT, formulario registral con firmas legalizadas notarialmente, otorgado por el acreedor en el que declare que ha operado la transferencia.
4.- El pacto de reserva de propiedad o el de arrendamiento venta según sea el caso, deben estar previamente inscritos.
5.- Constancia de pago del Impuesto de Alcabala, cuando corresponda.
6.- Constancia de pago del Impuesto Predial.
7.- Pago de derechos registrales.
8.- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

BASE LEGAL
Artículos 15°, 17° y 176° del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado por Resolución N° 195-2001- SUNARP/SN (23/07/2001);156°, 1583°, 1585°, 2010° y 2011° del Código Civil (25/07/1984); 7° de la Ley 27755 (15/06/2002); Decreto Supremo N° 023-2003-JUS (08/11/2003); 90° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución N°540-2003-SUNARP/SN (21/11/2003); 54° y 57° de la Ley del Notariado, D. Ley N° 26002 (27/12/1992); 7°, 9° y 21° D. Leg. N° 776 (31/12/1993), modificado por el art. 1° de la Ley 27616 (29/12/2001) y por el D. Leg. 952(03/02/2004); Directiva N° 011-2003 SUNARP/SN, aprobada por Resolución N° 482-2003-SUNARP/SN
( 07/10/2003); 1°del Decreto Supremo N° 017-2003-JUS (18/09/03).

TASA
0.81 % de UIT por derechos de calificación y 1.5/1000 del valor del acto, si éste no supera los S/. 35,000, o 3/1000 cuando supera dicho monto, por derechos de inscripción.

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