Archivo por meses: septiembre 2009

ALCANCES DE LA MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA

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ALCANCES DE LA MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA
La medida cautelar innovativa no tiene como finalidad preservar un determinado estado de hecho, sino reponer reponer una situación de hecho, legitimando esta última situación. En tal sentido no impide la inscripción de nuevos actos, si éstos se adecuan a la nueva situación instituida por la cautelar.”

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CHOSICA PLANIFICARÁ SU PROPIO CRECIMIENTO GRACIAS A CATASTRO QUE ELABORARÁ COFOPRI

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Unas 50 mil familias de Chosica se beneficiarán con el catastro que se realizará próximamente en esa jurisdicción luego de que el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) y la municipalidad distrital de Chosica suscribieran un acuerdo de cooperación.

Con el catastro, el concejo de Chosica permitirá cuantificar cuántas viviendas son informales, cuántas carecen de servicios básicos y dónde están ubicadas, con lo cual se contará con mayores facilidades para la gestión del desarrollo social, urbano, seguridad, ecológico y económico de los pueblos.

Asimismo, se logrará consolidar el inventario físico de los predios orientados a un uso multipropósito, incluyendo sus características físicas, económicas, uso, infraestructura, equipamiento y derechos relacionados con los mismos.

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INDEPENDIZACIÓN DE PREDIO RÚSTICO SIN CAMBIO DE USO

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REQUISITOS

1. Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado y suscrito.
2. Copia del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.
3. Resolución Municipal de independización y planos que forman parte de la misma, en los que se indiquen los datos técnicos tanto de la porción independizada como del área remanente.
4. Anteproyecto o proyecto de diseño urbano que hubiere sido aprobado.
5. Pago de derechos registrales.
6. Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

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ANOTACIÓN DE DEMANDA

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Por: Samuel Gálvez Troncos

Cuando no exista coincidencia entre el titular registral y la parte demandada y no exista pronunciamiento judicial al respecto, no resulta procedente la anotación de una demanda.

Una de las medidas cautelares específicas para futura ejecución forzada es la establecida en el artículo 673 del Código Procesal Civil en los siguientes términos:

Cuando la pretensión discutida en el proceso principal está referida a derechos inscritos, la medida cautelar puede consistir en la anotación de la demanda en el registro respectivo. (…). El Registrador cumplirá la orden por su propio texto, siempre que la medida resulte compatible con el derecho ya inscrito. (…). La anotación de la demanda no impide la transferencia del bien ni las afectaciones posteriores, pero otorga prevalencia a quien ha obtenido esta medida”.

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COLEGIO DE NOTARIOS DE LIMA IMPLEMENTA SEGURIDAD DIGITAL EN PAPEL NOTARIAL

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El Colegio de Notarios de Lima (CNL), continuando con su lucha constante contra la falsificación de documentos, ha desarrollado e implementado un sistema de firma electrónica y digital que se aplicará al papel notarial que se utilizan para las Escrituras Públicas, con el fin de dotar de más elementos de seguridad a los documentos que se expiden en cada notaría.

El jueves 10 de setiembre, se firmó mediante este sistema el primer lote de registros notariales, el mismo que va a poder ser adquirido por los notarios en los próximos días.

Cabe señalar que, de acuerdo a la Ley del Notariado (D. Leg. Nro. 1049) y su Reglamento (D.S. Nro. 003-2009-JUS/CN), permite la autorización de estos registros de manera digital y/o electrónica.

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ENTÉRESE DE POR QUÉ ES NECESARIO QUE FORMALICE SUS PROPIEDADES ANTE COFOPRI

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Manuel Balcazar Vásquez, Director de Formalización Individual de COFOPRI en entrevista concedida a ¨Derecho Ciudadano¨ de Radio Programas.

COFOPRI es el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal. es una institución pública descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que formaliza la propiedad urbana y rural a nivel nacional, con el objetivo de entregar títulos de propiedad jurídicamente seguros, promover el acceso al crédito y mejorar la calidad de vida de las familias de escasos recursos.

¿Cuáles son los beneficios de la formalización?

Seguridad jurídica Los títulos de propiedad de COFOPRI están respaldados por el Código Civil y los Registros Públicos. El poblador está seguro de que la propiedad es suya y nadie se la puede quitar, sin su consentimiento

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LIMA: 85 PUEBLOS DE LURÍN SE BENEFICIARÁN CON FORMALIZACIÓN POR PARTE DE COFOPRI

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Ochenta y cinco pueblos del distrito de Lurí­n serán beneficiados con los trabajos de diagnóstico y saneamiento que desarrollará Cofopri a partir de la firma de un convenio de cooperación entre ambas entidades gubernamentales. Con dicho acuerdo, se pretende beneficiar a más de 6 mil familias.

El convenio firmado por el burgomaestre Jorge Marticorena Cuba y el director ejecutivo de Cofopri, Omar Quesada, tendrá una duración de 3 años y demandará una inversión de dicha comuna de 400 mil soles en una primera etapa (12 meses) y otro monto de 650 mil nuevos soles (para los siguientes 24 meses).

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22. PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA APROBADO EN EL VIGÉSIMOSEGUNDO PLENO DEL TRIBUNAL REGISTRAL

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22.1.CRITERIOS DE DETERMINABILIDAD DE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS CON HIPOTECA
Toda hipoteca, inclusive las constituidas a favor de entidades del sistema financiero, debe garantizar obligaciones determinadas o determinables. Son admisibles como criterios mínimos de determinabilidad de las obligaciones, que se haga referencia a cualquiera de los siguientes:
A una relación jurídica ya existente, futura o eventual, que se especifica en el título;
uno o más tipos materiales de los cuales puedan surgir las obligaciones;
A actividades habituales del acreedor, cuando éstas vengan determinadas por ley”.

Criterio sustentado en las Resoluciones N° 001-2006-SUNARP-TR-A del 6 de enero de 2006 y N° 164-2006-SUNARP-TR-T del 6 de octubre de 2006.

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