La situación del transito y parque automotor en Lima – Perú, ya es una desgracia, y aún peor en lo que se refiere a espacios para personas con discapaciad con la nueva legislación que se va a dar y espero que se de concretamente por el bien de la ciudadania y tambien por el bien de las personas con Discapacidad.
Así lo publícan los diarios y tb algunas radios (fuera de eso que la ley ya esta dada).
Nos queda esperar nada mas para ver la efectividad de esta Ley.
Multarán con S/. 284 a quienes estacionen en zonas para discapacitados
Desde el 21 de julio, día en el que entrará en vigencia el Código de Tránsito, se aplicará una multa de 284 soles (8% UIT) a todos los conductores que se estacionen en las zonas de parqueo destinadas a vehículos que transportan o son conducidos por personas con discapacidad, informó el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Precisó que estos conductores estarán cometiendo una infracción calificada como Grave (G) y la autoridad competente, además, estará facultada para remover su vehículo.
De igual modo, recordó que en el Código se clasifica como una falta Grave estacionar un vehículo automotor por la noche en lugares donde, por falta de alumbrado público, se impide su visibilidad o, en el día cuando por lluvia, llovizna o neblina u otro factor, la visibilidad es escasa, sin mantener las luces de estacionamiento.
A estos choferes también se les aplicará una multa de 284 soles (8% UIT) y la autoridad tendrá la faculta de remover el vehículo para mejorar la circulación vial.
En el Código, asimismo, se establece la aplicación de una multa de 284 soles a los conductores que reparen sus vehículos en la vía pública, salvo que ello se produzca en un caso de emergencia.
En dicho documento también se precisa que similar sanción será aplicada a los choferes de vehículos de carga, de desplazamiento lento así como los vehículos menores (mototaxis)
De igual modo se aplicará una multa de 284 soles a los conductores que utilicen la vía de giro a la izquierda para continuar su marcha en cualquier dirección que no sea la específicamente señalada, debido a que esta actitud se encuentra tipificada como una falta Grave
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