En coordinación con PNP se pegaron stickers de reserva del asiento en Vehículos de transporte Público
El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad(CONADIS) realizó una campaña de sensibilización en vehículos de transporte público a fin de recordar a transportistas y pasajeros se respete el asiento reservado para personas con discapacidad, adultos mayores, embarazadas y personas con niños.
La campaña, en coordinación con efectivos de la comisaría de Jesús María, se efectuó entre el cruce de las avenidas Brasil y Bolívar y se logró colocar stickers de reserva del asiento a unos 150 vehículos de diferentes líneas de transporte.
Según la Ley 27050 y su reglamento las unidades móviles de transporte deben contar con asientos especialmente para personas con discapacidad, embarazadas, personas con niños y ancianos.
El presidente del CONADIS, Guillermo Vega Espejo que supervisó el operativo afirmó que es necesario que los usuarios de los vehículos exijan a los transportistas se respete el asiento reservado para preservar los derechos de las personas con discapacidad.
“Estando a poco días de que entre en vigencia la Ley de Infracciones y Sanciones por el incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad es necesario que los usuarios respeten la norma de protección a las personas con discapacidad y ayuden en momentos que estos aborden un micro u ómnibus de transporte”, afirmó.
El titular del CONADIS expresó que existen una serie de derechos para las personas con discapacidad que son incumplidos no solo por transportistas sino también por diversas instituciones que es necesario corregir.
Es por ello, agregó, que desde enero de 2010 empezará a regir la Ley de Infracciones y Sanciones, que impondrá sanciones administrativas y económicas a aquellas instituciones que no cumplan con los derechos de las personas con discapacidad.
Vega Espejo dijo que la citada ley es un hito histórico cuyo objetivo es garantizar que niñas y niños, mujeres y hombres con discapacidad, en su calidad de miembros de sus respectivas sociedades, puedan tener los mismos derechos y obligaciones que los demás.
Las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan deben desempeñar una función activa como copartícipes en ese proceso, por lo que les solicitamos colaborar con el ente rector difundiendo la norma y luego denunciando los lugares y las instituciones en las que observe que la ley 27050, Ley General de la Persona con discapacidad, no se está cumpliendo, puntualizó.
Se consideran infracciones graves, por ejemplo, no reservar el cinco por ciento (5%) de las vacantes en los procesos de admisión para el ingreso a universidades, institutos o escuelas superiores, el incumplimiento para adecuar los procedimientos de admisión y evaluación por parte de los establecimientos educativos de cualquier nivel así como los organismos públicos o privados de capacitación que ofrezcan cursos, la omisión de incluir asignaturas con contenidos referidos al contexto de la persona con discapacidad en las distintas etapas, modalidades y programas del Sistema Educativo.
Como infracciones muy muy graves, figuran la no aplicación de la bonificación del quince por ciento (15%) del puntaje final obtenido por las personas con discapacidad en los concursos públicos de méritos de las entidades de la Administración Pública; el incumplimiento de reconocer a los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos olímpicos y mundiales; incumplimiento de las disposiciones urbanísticas y arquitectónicas que permiten la accesibilidad para personas con discapacidad.
Finalmente, cabe señalar, que las multas que se aplicarán van desde los 1,750 nuevos soles (media Unidad Impositiva Tributaria-UIT) hasta los 42,600 nuevos soles (12 UIT). Dicha Ley entrará en vigencia el 1 de enero del 2010 y es de aplicación a personas naturales y jurídicas de derecho público y privado, comprendidas en los alcances de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.
Fuente: CONADIS
Leer másCONADIS REALIZO CAMPAÑA DE SENSIBILIZACION EN VEHICULOS DE TRANSPORTE PUBLICO