Multarán a los transportistas de Lima que no recojan a discapacitados.

Las sanciones, fijadas con pagos de S/.360 y S/.720, también recaerán para aquellas unidades que utilicen equipos de sonido a excesivo volumen.

La Municipalidad de Lima multará con 720 nuevos soles a las empresas de transporte público que se nieguen a recoger en los paraderos a escolares, ancianos, niños, embarazadas o personas discapacitadas, pese a tener capacidad en el interior del vehículo.

Así lo dispuso la comuna capitalina, a través de una ordenanza publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que da a conocer la reglamentación del servicio público de transporte regular de pasajeros de Lima Metropolitana.

Según la ordenanza edil, el maltratar verbal o físicamente a los usuarios del vehículo, peatones y a los conductores; y la prestación del servicio empleando como cobradores a menores de edad sin autorización será sancionado con S/. 360 y S/. 720, respectivamente.

Tampoco se permitirá que durante la prestación del servicio los usuarios transporten en el vehículo animales, bultos que obstaculicen el paso de los pasajeros dentro de la unidad, así como materiales peligrosos, inflamables o explosivos. Ante ello se aplicará una multa de S/. 720.

Asimismo, se impondrán multas de S/. 360 cuando el servicio se preste con conductores y/o cobradores que no estén correctamente uniformados, y cuando en los vehículos se utilice equipos de sonido con volumen excesivo.

Similar sanción se impondrá cuando las condiciones de higiene del vehículo pongan en riesgo la salud de los pasajeros durante la prestación del servicio.

Fuente: peru21.pe

Leer másMultarán a los transportistas de Lima que no recojan a discapacitados.

Multas de hasta S/. 43,200 se aplicarán a partir de hoy por incumplir ley de discapacidad

Con entrada en vigencia de nueva norma y su respectivo reglamento.

Lima, ene. 01 (ANDINA).- A partir de hoy, 01 de enero del 2010, se sancionará económicamente a quienes infrinjan la Ley General de la Persona con Discapacidad y su reglamento, con multas que van desde 1,800 hasta 43,200 nuevos soles, según esta nueva norma.

La nueva legislación establece multas “leves”, “graves” y “muy graves” por el incumplimiento de las disposiciones de la Ley 27050, que se castigan con montos mínimos equivalentes al 50% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y máximos de hasta 12 UIT.

El presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), Guillermo Vega, recordó que las faltas leves implican el pago de una multa que va desde 0.5 hasta dos UIT, las graves de dos a ocho UIT y las muy graves de ocho a 12 UIT.

Por ejemplo, no acondicionar elementos que faciliten el acceso de discapacitados los lugares públicos es una falta muy grave y punible.

En diálogo con la agencia Andina, Vega manifestó que dicha ley permite a las personas con alguna discapacidad tener los mismos derechos y acceder en igualdad de condiciones en muchos campos de la actividad diaria.

Una infracción leve, por ejemplo, es no realizar un descuento del 50% a favor de las personas con discapacidad en eventos culturales, deportivos o recreativos organizados por el Estado, arguyó Vega.

Infracción grave es no reservar el 5% de las vacantes para personas con discapacidad en los procesos de admisión de las universidades, institutos o escuelas superiores. “También se debe hacer un examen especial, por ejemplo, para las personas ciegas”, apuntó.

Una infracción muy grave es la no aplicación de la bonificación del 15% del puntaje obtenido por discapacitados en concursos públicos de entidades estatales, así como no cumplir con reconocer a los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos internacionales.

De igual modo, incumplir con contratar a personas con discapacidad en entidades estatales en un número no menor al 3% del total del personal es otra infracción muy grave.

En ese sentido, Vega hizo un llamado a las entidades públicas y privadas a tomar conciencia de que los discapacitados merecen desenvolverse en el mismo universo de oportunidades dentro la sociedad; y a no esperar que se les aplique una sanción por tales incumplimientos.

Aseveró que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes), a través del Conadis, es la entidad facultada para aplicar las multas en función al tipo de infracción; y revisar en primera instancia dichas infracciones a la nueva normatividad.

Según cifras del Conadis, en el Perú existen aproximadamente tres millones de personas que presentan algún tipo de discapacidad.

Fuente: ANDINA

Leer másMultas de hasta S/. 43,200 se aplicarán a partir de hoy por incumplir ley de discapacidad

CONADIS REALIZO CAMPAÑA DE SENSIBILIZACION EN VEHICULOS DE TRANSPORTE PUBLICO

En coordinación con PNP se pegaron stickers de reserva del asiento en Vehículos de transporte Público
El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad(CONADIS) realizó una campaña de sensibilización en vehículos de transporte público a fin de recordar a transportistas y pasajeros se respete el asiento reservado para personas con discapacidad, adultos mayores, embarazadas y personas con niños.

La campaña, en coordinación con efectivos de la comisaría de Jesús María, se efectuó entre el cruce de las avenidas Brasil y Bolívar y se logró colocar stickers de reserva del asiento a unos 150 vehículos de diferentes líneas de transporte.
Según la Ley 27050 y su reglamento las unidades móviles de transporte deben contar con asientos especialmente para personas con discapacidad, embarazadas, personas con niños y ancianos.

El presidente del CONADIS, Guillermo Vega Espejo que supervisó el operativo afirmó que es necesario que los usuarios de los vehículos exijan a los transportistas se respete el asiento reservado para preservar los derechos de las personas con discapacidad.

“Estando a poco días de que entre en vigencia la Ley de Infracciones y Sanciones por el incumplimiento de la Ley General de la Persona con Discapacidad es necesario que los usuarios respeten la norma de protección a las personas con discapacidad y ayuden en momentos que estos aborden un micro u ómnibus de transporte”, afirmó.

El titular del CONADIS expresó que existen una serie de derechos para las personas con discapacidad que son incumplidos no solo por transportistas sino también por diversas instituciones que es necesario corregir.

Es por ello, agregó, que desde enero de 2010 empezará a regir la Ley de Infracciones y Sanciones, que impondrá sanciones administrativas y económicas a aquellas instituciones que no cumplan con los derechos de las personas con discapacidad.

Vega Espejo dijo que la citada ley es un hito histórico cuyo objetivo es garantizar que niñas y niños, mujeres y hombres con discapacidad, en su calidad de miembros de sus respectivas sociedades, puedan tener los mismos derechos y obligaciones que los demás.

Las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan deben desempeñar una función activa como copartícipes en ese proceso, por lo que les solicitamos colaborar con el ente rector difundiendo la norma y luego denunciando los lugares y las instituciones en las que observe que la ley 27050, Ley General de la Persona con discapacidad, no se está cumpliendo, puntualizó.

Se consideran infracciones graves, por ejemplo, no reservar el cinco por ciento (5%) de las vacantes en los procesos de admisión para el ingreso a universidades, institutos o escuelas superiores, el incumplimiento para adecuar los procedimientos de admisión y evaluación por parte de los establecimientos educativos de cualquier nivel así como los organismos públicos o privados de capacitación que ofrezcan cursos, la omisión de incluir asignaturas con contenidos referidos al contexto de la persona con discapacidad en las distintas etapas, modalidades y programas del Sistema Educativo.

Como infracciones muy muy graves, figuran la no aplicación de la bonificación del quince por ciento (15%) del puntaje final obtenido por las personas con discapacidad en los concursos públicos de méritos de las entidades de la Administración Pública; el incumplimiento de reconocer a los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos olímpicos y mundiales; incumplimiento de las disposiciones urbanísticas y arquitectónicas que permiten la accesibilidad para personas con discapacidad.

Finalmente, cabe señalar, que las multas que se aplicarán van desde los 1,750 nuevos soles (media Unidad Impositiva Tributaria-UIT) hasta los 42,600 nuevos soles (12 UIT). Dicha Ley entrará en vigencia el 1 de enero del 2010 y es de aplicación a personas naturales y jurídicas de derecho público y privado, comprendidas en los alcances de la Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento.

Fuente: CONADIS

Leer másCONADIS REALIZO CAMPAÑA DE SENSIBILIZACION EN VEHICULOS DE TRANSPORTE PUBLICO

Saludan norma que facilita sufragio de personas discapacitadas mediante uso de cédulas especiales

El segundo vicepresidente del Congreso de la República, Michael Urtecho, saludó la aprobación por el pleno del Legislativo de la norma que establece que todas las personas que sufran algún tipo de discapacidad, a partir de la fecha utilizarán una cédula especial de sufragio que les permitirá emitir su voto sin ningún tipo de inconvenientes.

La Ley 29478 establece facilidades de votación y señala que las personas con discapacidad, a su solicitud, podrán ser acompañadas a la cámara secreta por una persona de su confianza.

“Con esta norma las personas con discapacidad podrán hacer ejercicio de su derecho al voto en condiciones de accesibilidad y equidad, tal como lo realiza cualquier ciudadano. El Voto Accesible es fundamental para los ciudadanos con discapacidad”, expresó.

Urtecho Medina –quien es autor de esta iniciativa- consideró importante que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) implemente una cédula especial en Sistema Braille para que las personas con discapacidad visual puedan emitir su voto, tal como lo establece la norma.

“La iniciativa legislativa menciona que dichas facilidades deberán ser replicadas en todos los procesos electorales, así como en cualquiera de los procesos de consulta popular, llámese referéndum, entre otros”, sostuvo.

La norma indica también que los locales donde funcionan las mesas de sufragio son designados por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales en escuelas, municipios, juzgados y edificios públicos no destinados al servicio de las fuerzas armadas y policiales o autoridades políticas, refirió.

“La ubicación de las mesas de sufragio debe permitir a las personas que figuren con alguna discapacidad permanente en el padrón electoral contar con las facilidades necesarias para ejercer su derecho al sufragio”, añade el texto.

De igual manera, se precisa que en el Documento de Identidad Nacional (DNI), se deberá incluir también la declaración voluntaria del titular, de sufrir algún tipo de discapacidad permanente.

El legislador consideró que la aprobación del dictamen constituye un avance respecto de la legislación actual, al incorporarse en la Ley Orgánica de Elecciones, la obligación de brindar las facilidades para el ejercicio del voto accesible a las personas con discapacidad.

Urtecho Medina, informó que con esta norma el Perú estará a la par en cuanto a legislación inclusiva, como en países de Europa y en América Latina, en donde ya se han establecido medidas para permitir el voto secreto a las personas con discapacidad.

Además, recordó que en la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las Personas con Discapacidad, se reafirma el compromiso de adoptar medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier índole, para eliminar la discriminación contra dicho sector de la población.

Fuente: ANDINA

Leer másSaludan norma que facilita sufragio de personas discapacitadas mediante uso de cédulas especiales

Mimdes verificará accesibilidad de locales de Sunat para personas con discapacidad

El Ministerio de la Mujer (Mimdes), a través del Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (Conadis), realizará mañana miércoles una inspección para verificar la accesibilidad que brindan los locales de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) a las personas con discapacidad.

Participarán en la supervisión el presidente del Conadis, Guillermo Vega Espejo, y el Superintendente Nacional de Administración Tributaria (Sunat), Manuel Velarde Dellepiane.

Estas acciones forman parte de la campaña de sensibilización y difusión en torno a la Ley 29392, Ley de Infracciones y Sanciones que establece multas desde mil 750 a 42 mil nuevos soles a quienes no cumplan con respetar los derechos de las personas discapacidad en el Perú.

La inspección se realizará a las 11:30 horas en el local de la Sunat del jirón Juan de Arona 887, en el distrito de San Isidro.

Fuente: ANDINA

Leer másMimdes verificará accesibilidad de locales de Sunat para personas con discapacidad