IRTP recibe Resolución de Inicio al nuevo régimen del Servicio Civil

El Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP) recibió la Resolución de Inicio (RI) del Proceso de Implementación del nuevo régimen del Servicio Civil por parte de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.

En ceremonia realizada en las instalaciones del IRTP, Juan Carlos Cortés Carcelén, presidente ejecutivo de SERVIR hizo entrega de la Resolución de Inicio a Hugo Coya Honores, presidente ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú.

Juan Carlos Cortés, señaló que la entrega de la RI constituye un hito del proceso de tránsito del IRTP al nuevo régimen del servicio civil y es una muestra de haber realizado avances significativos en dos de las cuatro fases del tránsito; todo este proceso gracias al trabajo conjunto entre la entidad con el equipo técnico de SERVIR.

Asimismo, agregó el importante papel del IRTP por brindar programas y contenidos de calidad, innovando cada día en beneficio de la ciudadanía, e incluso destacó el lanzamiento del primer noticiero en quechua “Ñuqanchik” que conducen Clodomiro Landeo y Marisol Mena, de lunes a viernes por la señal de TV Perú (Canal 7) y Radio Nacional.

Por su parte, Hugo Coya, destacó la labor realizada por el equipo de trabajo del IRTP, asimismo agradeció el apoyo de SERVIR y resalto que la reforma del servicio civil permitirá a todos los servidores civiles de IRTP llegar a la eficiencia y brindar servicios de calidad para todos los peruanos.

“Es importante para nosotros recibir por parte de SERVIR la Resolución de Inicio porque es un reconocimiento al trabajo realizado por todos los trabajadores que forman parte de IRTP y comprometió a todos a continuar las siguientes fases para el pase al Nuevo Régimen del Servicio Civil”, añadió el presidente del IRTP.

En la ceremonia también participaron Felipe Vicente Berninzon Vallarino, Gerente General; Marco Alva Tadoy, Gerente de Administración y Finanzas; Raúl Fernández Vinces, Director Oficina General de Planificación y Desarrollo; Rosa Esther García More, Directora General Oficina General de Asesoría Legal; y, Cesar Augusto Calmet Bueno, Jefe Oficina de Administración de Personal; de IRTP respectivamente.

A tener en cuenta:

  • El Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP) se convierte en la entidad número 38 en recibir la Resolución de Inicio.
  • El Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP) está conformado por los medios de comunicación TV Perú, TV Perú HD, TV Perú 7.3, Canal IPE, Radio Nacional y Radio la Crónica.

Lima, 20 de diciembre de 2016
Imagen Institucional

En: servir.gob.pe

Decreto Legislativo N° 1337: Modificación de Ley que regula la contratación PAC, Ley del Servicio Civil (Ley N° 30057) y el Decreto Legislativo N° 1023

Nuevos requisitos para la Contratación de Personal Altamente Calificado (PAC). Imagen: https://mywork.com.vn/data/images/u/news/k380.jpg

Nuevos requisitos para la contratación de Personal Altamente Calificado (PAC). Imagen: https://mywork.com.vn/data/images/u/news/k380.jpg

Mediante la Ley N° 30506, el Congreso de la República delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de materia de reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de Petroperú S.A. por el término de noventa (90) días calendario.

En este sentido, el literal h) del inciso 1 del artículo 2 del citado dispositivo legal, establece la facultad para dictar medidas para la optimización de servicios en entidades públicas del Estado, coadyuvando al fortalecimiento institucional y la calidad en el servicio al ciudadano.

En esa línea, el Decreto Legislativo N° 1337 modifica la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el sector público, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y el Decreto Legislativo 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

1. La norma modificatoria otorga la facultad interventora a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) en las autoridades del Poder Ejecutivo en los casos de grave afectación al principio de probidad por los servidores civiles y de tal forma coadyuvar al fortalecimiento institucional y la calidad en el servicio al ciudadano:

Artículo 15-A.- Facultad interventora por afectaciones al principio de probidad

La Autoridad, excepcionalmente, ejerce la atribución interventora, en caso de solicitud de un titular de la entidad del Poder Ejecutivo, en supuestos de graves afectaciones al principio de probidad y ética pública.

En dichos casos, mediante acuerdo del Consejo Directivo, se podrá disponer la intervención en la entidad, designando para ello un interventor que actuará como órgano instructor del procedimiento administrativo disciplinario que motivó la intervención.

Mediante decreto supremo se emiten las medidas que resulten necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente artículo”

Imagen en: http://ep01.epimg.net/internacional/imagenes/2016/01/09/america/1452298968_478417_1452299209_noticia_normal.jpg

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2. Finalmente quedan modificados el numeral 3, literal c) del artículo 52° respecto a la definición de “funcionario público”, y los literales a), c) y d) de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, relativa a las reglas de implementación de la reforma del servicio civil.

Imagen: http://blog.pucp.edu.pe/blog/wp-content/uploads/sites/404/2013/12/servidor_de_confianza_ley_del_servicio_civil_-_a_dedo_pero_con_merito.jpg

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Artículo 52. Clasificación de los funcionarios públicos

Los funcionarios públicos se clasifican en:

(…)

c) Funcionario público de libre designación y remoción. Es aquel cuyo acceso al Servicio Civil se realiza por libre decisión del funcionario público que lo designa, basada en la confianza para realizar funciones de naturaleza política, normativa o administrativa.

Son funcionarios públicos de libre designación y remoción:

(…)

3. Secretarios generales de Ministerios, Secretario General del Despacho Presidencial y aquellos que por ley expresa tengan igual jerarquía.

(…).”

Segunda. Reglas de implementación

Las entidades públicas incluidas en el proceso de implementación se sujetan a las siguientes reglas:

a) Queda prohibida la incorporación de personas bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 así como cualquier forma de progresión bajo dicho régimen, salvo en los casos de funcionarios o cargos de confianza.

Hasta la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE, está autorizada la contratación para reemplazo de personas bajo el régimen del Decreto Legislativo 728.

(…)

c) A partir de la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE, toda incorporación de servidores que se efectúe se sujeta a las disposiciones del régimen del Servicio Civil contenido en la presente Ley y sus disposiciones complementarias y reglamentarias.

d) Los destaques entre entidades públicas pueden realizarse desde y hacia las entidades que no cuenten con la resolución de “inicio del proceso de implementación, así como desde y hacia dichas entidades con entidades públicas que hayan iniciado el proceso de implementación, y, desde y hacia las entidades que cuenten con la resolución de “inicio del proceso de implementación. Están permitidos los destaques entre entidades públicas que pertenezcan al régimen previsto en la presente Ley.

La implementación de lo establecido en la presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades intervinientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

(…)”

3. Se modifica el artículo 2, el primer párrafo del artículo 3, el literal a) del numeral 4.2 del artículo 4, y el artículo 5 de la Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado (PAC) en el Sector Público.

Artículo 2. Del profesional altamente calificado

Los profesionales altamente calificados a que se refiere el artículo precedente deberán cumplir como mínimo los siguientes requisitos:

a) Contar con los requisitos mínimos para el puesto.

b) Contar con experiencia en gestión de la materia requerida y/o con experiencia en la actividad requerida. En el caso del numeral ii) del siguiente literal, deben contar con un mínimo de 10 años de experiencia.

c) Contar con: i) título profesional y/o grado académico de maestría o doctorado; o, ii) grado de bachiller.

d) No estar inhabilitado para ejercer función pública por decisión administrativa firme o sentencia judicial con calidad de cosa juzgada.

Corresponde al sector del Poder Ejecutivo que solicite la contratación de los profesionales altamente calificados verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo, bajo responsabilidad.”

Artículo 3. Identificación de puestos

Las entidades públicas del Poder Ejecutivo deberán identificar los puestos y a los profesionales que cumplan con los perfiles y requerimientos establecidos en la presente norma, determinando las actividades que deberá realizar. Para tal efecto, se tomará en cuenta lo establecido por la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, en lo que corresponda.

(…)”

Artículos 4. Modalidad y criterios para la contratación

(…)

4.2 Corresponde al administrador del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (FAG) determinar los límites de contratación y la escala de montos por concepto de contraprestación. Para dicho efecto, deberán tenerse en cuenta los siguientes criterios:

a) Responsabilidad, según la magnitud de tareas y/o presupuesto y/o personal a su cargo.

(…)”

Artículo 5. Deber de informar

Las entidades públicas del Poder Ejecutivo que cuenten con personal altamente calificado contratado bajo los alcances de la presente Ley deberán informar semestralmente al Ministerio de Economía y Finanzas y al Congreso de la República sobre las actividades realizadas por dicho personal, los cuales serán debidamente difundidos.”

Acceda a la norma aquí: Normas Legales 2017-01-06 Decreto Legislativo 1337 (2017)

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Reguladores y supervisoras critican limitaciones de Ley Servir

Cuestionaron restricciones introducidas en reforma del servicio civil. Aseguran que se ha debilitado su institucionalidad

Participantes. Los presidentes de Osinergmin, Sunass, Osiptel, Indecopi, OEFA, el vicepresidente de Ositrán, y catedráticos de Centrum y la PUCP participaron en el coloquio. (Foto: Juan Ponce). ElComercio

Participantes. Los presidentes de Osinergmin, Sunass, Osiptel, Indecopi, OEFA, el vicepresidente de Ositrán, y catedráticos de Centrum y la PUCP participaron en el coloquio. (Foto: Juan Ponce). ElComercio

Centrum organizó el coloquio Institucionalidad Regulatoria, en el que se discutió la problemática que enfrentan los organismos reguladores, supervisores y fiscalizadores del país en relación con su autonomía e independencia.

Participaron en la mesa redonda altos representantes de Indecopi, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y los reguladores de infraestructura de transporte (Ositrán), de energía y minería (Osinergmin), telecomunicaciones (Osiptel) y agua y saneamiento (Sunass).

En una parte del coloquio se criticó las limitaciones impuestas a partir de la promulgación de la Ley del Servicio Civil (Servir), que, a decir de estas instituciones, les restan atractivo para atraer capital humano capacitado y, por ende, debilitan su institucionalidad.

SIN ATRACTIVO
Jorge Cárdenas, vicepresidente de Ositrán, afirmó que las limitaciones impuestas al presupuesto para la capacitación del personal de las instituciones resultan sumamente perjudiciales. “Si el profesional no es capacitado constantemente, difícilmente podrá cumplir la función válida en el proceso regulatorio”, indicó.

Cárdenas también criticó la disminución de remuneraciones que se ha dado, pues consideró que así el sector público deja de ser atractivo para los profesionales.

El presupuesto máximo para las capacitaciones ha sido fijado en 1 UIT (S/.3.850) para aquellos casos en los que la entidad pública no migre al régimen Servir, cuando antes podía financiarse hasta una maestría, y por tanto, funcionaba como un incentivo para atraer capital humano.

Sin embargo, Hebert Tassano, presidente del Indecopi, reconoció la importancia de Servir. “Es la reforma que el Estado necesita para modernizarse y avanzar al ritmo de un país desarrollado”. Pero el funcionario también identificó algunos aspectos negativos surgidos a partir de este régimen. “No podemos competir con salarios del sector privado. La gran herramienta que tenemos es capacitar y poder mandar [al personal] a actividades en el extranjero. Hoy esas dos situaciones las tenemos limitadas”, señaló Tassano, en relación con el límite de 1 UIT. El funcionario agregó que la especialización requerida en la mayoría de los casos no es brindada en la educación universitaria.

Jesús Tamayo, presidente de Osinergmin, también cuestionó el impacto de la Ley Servir en su entidad. “En lugar de igualar a las entidades hacia arriba, las ha igualado hacia abajo”, señaló.

MÁS LIMITACIONES
Gonzalo Ruiz, presidente del Osiptel, criticó que los límites máximos se han impuesto a la permanencia en el cargo de los funcionarios.

Por último, Fernando Momiy, presidente de Sunass, cuestionó que la Sunat no estuviera obligada a pasar al régimen de la Ley Servir. “No entiendo por qué la Sunat está excluida. Con ese mismo criterio, los organismos reguladores también deberíamos estarlo”, afirmó.

PARA SERVIR
Consultado por este Diario, Juan Carlos Cortés, presidente de Servir, indicó que la limitación presupuestaria impuesta para las capacitaciones es temporal hasta que la institución pública migre al régimen Servir –lo que implica para los reguladores dejar el régimen laboral privado–.

En relación con la disminución de los montos de las remuneraciones en el sector público, señaló que esta se dio en el gobierno anterior. Agregó que el esquema remunerativo también será definido una vez que las entidades migren al régimen Servir y se abran las convocatorias para los puestos específicos.

Con respecto a la exclusión de la Sunat del régimen Servir, señaló que esta fue una decisión del Congreso.

Asimismo, explicó que el límite a la permanencia en el cargo público responde al objetivo de evitar que los directivos se queden en los puestos por comodidad. “Lo que se busca es que no exista una situación de confort”, indicó Cortés.

DIRECTORES Y MULTAS
El coloquio también trató la existencia de directorios incompletos y cuestionó si el hecho de que las multas financien a las instituciones funciona como un incentivo perverso para estas.

Cárdenas, de Ositrán, opinó que los requisitos excesivamente altos y la reducción de las dietas dificultan que se completen los directorios. Tassano consideró que era necesario mejorar los incentivos para postular a los consejos directivos, teniendo en cuenta, por ejemplo, las restricciones que se le imponen a estos funcionarios una vez que dejan el cargo.

En cuanto a las multas, Eduardo Quintana, profesor de la PUCP, opinó que en la medida que la metodología para calcularlas sea clara, objetiva y predefinida no cabría espacio para cuestionamientos sobre esa forma de financiarse.

En: elcomercio

Perú: Gobierno entrante decidirá futuro de 221 mil trabajadores CAS

Hasta el momento ningún trabajador estatal ha sido contratado vía el régimen laboral del Servicio Civil (Servir)

La Autoridad Nacional del Servicio Civil estimó que son 221,000 los trabajadores contratados a través del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) de un universo de un 1’300,000 empleados para el Estado.(Foto: Archivo El Comercio)

La Autoridad Nacional del Servicio Civil estimó que son 221,000 los trabajadores contratados a través del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) de un universo de un 1’300,000 empleados para el Estado.(Foto: Archivo El Comercio)

La Autoridad Nacional del Servicio Civil estimó que son 221,000 los trabajadores contratados a través del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) de un universo de un 1’300,000 empleados para el Estado.

En ese sentido, de acuerdo al diario Gestión, el próximo gobierno tendrá que tomar la decisión de contratar a dichos trabajadores CAS; cambiar la legislación, o no hacer nada, con lo cual el futuro de estos es incierto.

El laboralista Jorge Toyama dijo que la ley no fijó plazos máximos para su implementación, por lo que la transición del trabajador CAS a Servir pasa por una decisión política y económica del Ejecutivo.

“Nada impide al próximo gobierno desconocer esta reforma que se inició hace casi 15 años con el gobierno de Toledo. Y existe también el candado económico de mejorar en al menos 25% del sueldo de los trabajadores CAS que pasen al Servir”, añadió.

PROCESO LENTO

Vlado Castañeda, secretario de Coordinación de la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM), dijo que solo el 10% de las entidades públicas se encuentran en proceso de transición al Servir.

Juan Carlos Cortés, presidente del Servir, señaló no se siente pesimista en los avances de la implementación de la reforma del empleo público, ya que se encuentran en tránsito diversas entidades como Reniec, ONPE, ONP, entre otros, que en esta etapa ya cuentan con un compromiso de mejora continua de atención.

Fuentes del gobierno indicaron al diario Gestión que de implementarse el Servir en este gobierno los más adelantados en el tránsito son los organismos reguladores como Ositran, Osinergmin, entre otros, pero ningún ministerio; y que casi el 100% los trabajadores CAS de estas entidades optarían por el nuevo régimen laboral del Servir.

DATO
El régimen laboral del Servicio Civil, aceptado voluntariamente por los trabajadores, mejora básicamente al régimen CAS y al del Decreto Legislativo N° 276, otorgando dos gratificaciones legales equivalentes a un sueldo; y con el pago de una Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), equivalente a una remuneración.

En: elcomercio

En primer trimestre del 2016 unas 18 entidades públicas pasarán a Ley Servir

Si bien unas 200 entidades públicas se encuentran en pleno tránsito hacia el nuevo Servicio Civil, 18 de estas son las que tienen más probabilidades de que en el primer trimestre del 2016 puedan tener a los trabajadores (que decidan entrar) en este nuevo régimen laboral del Estado.

Ello lo informó Juan Carlos Cortés, presidente de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), quien precisó que entre estas entidades se encuentra el propio Servir, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Defensa, entre otros.

“Esas entidades ya están en la etapa de dimensionamiento (de las plazas) y con posibilidades de tener ya la resolución de inicio. Hay un segundo grupo de entidades que están avanzando bastante rápido, entonces lo que estamos viendo es que luego de hacer todo este proceso estaríamos en el 2016 comenzando con los concursos en función de la estrategia de cada entidad”, detalló.

Cortés explicó que una vez que se abran los concursos el funcionario (sea del Decreto Legislativo 276, DL 728 o CAS) decidirá si es que postula o no, con los beneficios del propio régimen del Servicio Civil.

“El tema es que cada persona verá en el casillero al cual está postulando cuánto va a ser su remuneración y cuáles serán sus beneficios. La idea es ver cómo simplificar y mejorar la planilla del Estado”, aseguró.

No obstante este último aspecto, el titular del Servir aseveró que no significa una reducción de trabajadores, sino una manera diferente de dotación de los servidores públicos.

“Si una institución tiene ‘x’ servidores, lo más probable es que no estén todos sincerados y como consecuencia del mecanismo del mapeo de procesos sabremos dónde se necesita un mayor número de servidores. Es una reorganización de servidores”, apuntó.

En: larepublica

Estatales bajo régimen privado también dispondrán libremente de su CTS al igual que los del sector privado

Imagen en: http://aulacontable-paccelly.blogspot.com/2011/11/compensacion-por-tiempo-de-servicios.html

Imagen en: http://aulacontable-paccelly.blogspot.com/2011/11/compensacion-por-tiempo-de-servicios.html

Con el voto unánime de 73 parlamentarios el Pleno del Congreso de la República aprobó este jueves 15 un dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social a fin de regular la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores de la administración pública sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y el régimen del Servicio Civil.

Con el voto unánime de 73 parlamentarios el Pleno del Congreso de la República aprobó este jueves 15 un dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social a fin de regular la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores de la administración pública sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y el régimen del Servicio Civil.

Ante una nueva consulta, la Representación Nacional acordó exonerar el dictamen de una segunda votación. Fue por 74 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

El dictamen correspondiente estuvo basado en proyectos de ley presentados por varios legisladores y fue emitido por unanimidad en la respectiva Comisión. Se busca que los servidores estatales puedan disponer libremente de su dinero generado a lo largo de años de servicio y que, por ejemplo, puedan destinarlos a cuentas de ahorro en entidades financieras de su preferencia.

Conforme a un texto sustitutorio presentado poco después de las 11:00 horas por el presidente de la Comisión, se modifica el artículo 2º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, respecto de la CTS. Se dice, entre otras cosas, que la CTS se brinda desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral. Asimismo, el dinero será depositado en la entidad financiera que sea elegida por el trabajador. Esta medida tendrá carácter obligatorio, según la propuesta de ley.

El congresista Rolando Reátegui Flores (FP) sustentó el dictamen en su calidad de presidente de la Comisión dictaminadora. Dijo que se busca que los trabajadores públicos (84 mil a nivel nacional) puedan disponer de su dinero y depositarlo en la entidad financiera de su preferencia. Añadió que se trata de reconocerles derechos similares a aquellos de los que gozan los trabajadores del sector privado.

“De ese modo no habrá discriminación alguna y los trabajadores públicos también gozarán de respeto en cuanto a sus derechos a la propiedad, entre otras”, expresó el legislador. Destacó que la propuesta, aprobada por unanimidad en la Comisión, cuenta con opiniones favorables de organismos vinculados al tema, a excepción del Ministerio de Economía y Finanzas y Servir. Subrayó que esa actitud es injusta porque se trata del propio dinero de los trabajadores.

Luis Galarreta Velarde (PPC-APP) saludó la propuesta, e hizo notar que fue aprobado hace ya mucho tiempo y era necesario debatirlo. Alertó sobre lo que llamó ‘robo’ del Estado al trabajador público al hacer caja con el dinero del propio servidor y negarle derechos consagrados por ley.

El legislador Martín Belaunde Moreyra (SN) formuló apreciaciones y solicitó que se hiciera mayores precisiones en cuanto al texto de la iniciativa. Javier Velásquez Quesquén (CP) expresó su apoyo al dictamen y luego analizó y criticó las objeciones y opiniones desfavorables del MEF y Servir respecto de los derechos de los trabajadores. Calificó esas posiciones de “inconsistentes”. Precisó que no era verdad que el Estado pierde con ese reconocimiento a los derechos de los estatales.

El congresista Justiniano Apaza Ordóñez (DD) respaldó la propuesta y rechazó la discriminación de que eran objeto los servidores estatales, pues no gozan de medidas como el depósito semestral de su CTS, al igual que se hace con los trabajadores del sector privado.

De “oportuno” calificó el proyecto la congresista Natalie Condori Jahuira (DD). Cifró esperanzas en que fuese aprobado por unanimidad toda vez que era una medida aguardada hace tiempo por las centrales laborales del país. Dijo que se debe aprobar una medida a favor de los trabajadores estatales, pues así también se contribuirá a que sean más eficaces en sus labores de servicio al público. Saludó que el tema fuera colocado como primer punto de la agenda para el Pleno de la fecha.

También intervinieron en favor de la propuesta Jaime Delgado Zegarra (DD), Carlos Tubino Arias Schreiber (FP), Johnny Cárdenas Cerrón, Rubén Condori Cusi (NGP), toda vez que la proyectada norma entrañaba una medida de seguridad ante el desempleo y eliminaba un trato desigual a los servidores del Estado, respecto de los del sector privado.

La sesión matutina comenzó a las 10:57 horas, con la presencia de 63 legisladores en el hemiciclo. El quórum para efectuarla es de 58 parlamentarios.

Al inicio de la asamblea, a solicitud expresa del legislador Elías Rodríguez Zavaleta (CP), se guardó un minuto de silencio en memoria del recientemente fallecido exparlamentario Víctor Raúl Lozano Ibáñez, del departamento de La Libertad.

Igualmente, a pedido del presidente Luis Iberico Núñez, se guardó un minuto de silencio en memoria de Jorge Otárola Peñaranda, hermano del congresista y extitular del Poder Legislativo, Fredy Otárola Peñaranda (NGP).

NUEVO DISTRITO

De otro lado, fue aprobado un proyecto de ley cuyo dictamen fue emitido por la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, por el cual se propone crear el distrito de La Morada, en la provincia de Marañón, departamento de Huánuco.

El dictamen, cuyo proyecto fue presentado por el Poder Ejecutivo, contó con el inmediato apoyo de las legisladoras Carmen Omonte Durand (PP) y Luisa Cuculiza Torre (FP), ambas del departamento de Huánuco. También se sumó en apoyo Rosa Mavila León (AP-FA), después de que fuera sustentado por la legisladora Verónika Mendoza Frisch (AP-FA), titular de la Comisión dictaminadora.

La parlamentaria dijo que se aspira, entre otras cosas, a que haya una mayor presencia del Estado en esa jurisdicción. Igualmente, se señaló que era necesario proteger a la población frente a las nefastas actividades del narcotráfico.

La propuesta de ley fue aprobada por unanimidad (73 votos a favor). Se la exoneró de segunda votación por unanimidad (77 votos).

En: prensa congreso de la republica del peru

Perú y España mejorarán formación de directivos del Estado

Con firma de convenio de cooperación interinstitucional.

Imagen: INAP España

Imagen: INAP España

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) y su similar de España, el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), suscribirán la próxima semana un convenio de cooperación interinstitucional, para mejorar la formación de directivos del Estado.

La firma estará a cargo de Manuel Arenilla Sáez, director del INAP de España; y Juan Carlos Cortés, presidente ejecutivo de Servir. El acuerdo busca crear oportunidades para intercambiar conocimientos, experiencias, promover sinergias y proyectos conjuntos en gestión pública.

El representante del INAP visitará Lima del 12 al 15 de octubre, en una agenda que incluye el dictado de conferencias magistrales a directivos y servidores civiles peruanos; así como reuniones con los equipos a cargo de los diversos aspectos de la reforma del servicio civil en el Perú.

Arenilla Sáez es doctor en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad Complutense de Madrid, catedrático de Ciencias Políticas y de la Administración de la Universidad Rey Juan Carlos, y administrador civil del Estado, en excedencia, desde 1985.

También ha sido director del departamento de Derecho Público I y Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos, consejero del Gobierno de La Rioja, y vicedecano de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad de Granada.

En su historial académico, Arenilla Sáez ha realizado publicaciones e investigaciones en modernización administrativa, reforma del Estado, gestión del riesgo, participación ciudadana, reforma universitaria, función pública y gobernanza.

Las conferencias magistrales del representante del INAP se efectuarán en el auditorio de la Escuela Nacional de Administración Pública, a las cuales los directivos y servidores civiles interesados podrán asistir previo registro virtual.

El lunes 12 de octubre se abordará “El riesgo en la administración y la participación ciudadana”; el martes 13, “La experiencia en la formación de servidores desde la mirada del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado de España”.

El miércoles 14 de octubre, el tema será “Entre la gobernanza y el rol técnico del directivo público”.

Para mayores detalles e información, los interesados pueden comunicarse al correo electrónico eventos@servir.gob.pe o llamando al teléfono 206-3370, anexo 5541.

El cierre de inscripciones para cada una de las conferencias es el mismo día del evento, a las 12:00 horas.

(FIN) NDP / MDV/RES
GRM

En: andina

Servir: una reforma necesaria pero dolorosa

La reforma al servicio civil, cuya tarea es poner orden a la caótica burocracia peruana, se ve obstaculizada por el gran costo que implicaría. Existe además una falta de incentivos entre algunas entidades y los mismos trabajadores, quienes temen por su estabilidad laboral.

Foto: Andina. En: http://semanaeconomica.com/article/politica/sector-publico/170996-servir-una-reforma-necesaria-pero-dolorosa/

Foto: Andina. En: http://semanaeconomica.com/article/politica/sector-publico/170996-servir-una-reforma-necesaria-pero-dolorosa/

Dos años después de que que se promulgara la Ley de Servicio Civil, diseñada para modernizar el Estado mediante la implementación de un régimen laboral único basado en la meritocracia, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) asegura que antes del fin del gobierno habrá concursos públicos para puestos bajo el nuevo régimen.

Un servicio civil profesionalizado vuelve a la economía más atractiva para las inversiones y sienta las bases para un mayor desarrollo. En el Perú, la burocracia estatal ineficiente es el principal factor que impide hacer negocios, según el Global Competitiveness Report 2014-2015, . El beneficio económico de la reforma fue señalado también por la calificadora de riesgo Moody’s en el 2013, que la evaluó como positiva para la calificación crediticia del Perú, de la cual también dependen las inversiones.

La necesidad de la reforma y sus beneficios deberían colocarla como la principal prioridad de todos los sectores del gobierno. Sin embargo, la fase final y más importante —la valorización de los puestos de trabajo para ponerlos en concurso público— se ve obstaculizada por dos grandes problemas. El primero es la presión fiscal que generará el incremento salarial por el otorgamiento de las gratificaciones y la CTS a los trabajadores de los regímenes laborales que no tienen estos beneficios, sobre todo en un contexto de desaceleración económica. El segundo es la falta de incentivos en las entidades estatales para emprender la reforma, algunas de las cuales fueron exoneradas de la reforma, y otras acostumbradas a contratar a personal temporal para agilizar sus procesos. A esto se suma que una gran parte de los trabajadores prefiere sus regímenes antiguos, pues teme que ingresar a la nueva modalidad propuesta abra la posibilidad de despidos de la mano de las evaluaciones de desempeño.

VA A COSTAR

En un contexto de la desaceleración económica, la reforma se complica porque la valorización de los puestos de cada entidad significa costo muy fuerte para el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

La reforma, además de ofrecer una carrera real para los trabajadores de los tres regímenes laborales actuales del servicio público —los decretos legislativos (DL) 728 y 276, y el contrato administrativo de servicios (CAS)—, “incrementará los ingresos, vía gratificaciones y CTS, de los servidores públicos del DL 276 y del CAS”, según Servir.

El escenario es complejo: los trabajadores del CAS y del DL 276 representan cada uno el 42% de la planilla pública, mientras que los del 16% restante son del DL 728. Hoy los trabajadores del CAS sólo reciben dos bonificaciones al año de S/.300 cada una —en julio y en diciembre, sin importar el tamaño de su salario—, y no reciben CTS. Los trabajadores del DL 276 tienen un salario real bajísimo (un viceministro percibe menos de un sol, por ejemplo), que es complementado por el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores (Cafae), y reciben su CTS y gratificación sobre el salario real, y no sobre el total. Los trabajadores del DL 728 sí reciben gratificaciones y CTS, por lo que el beneficio de la reforma para ellos sería las posibilidades de ascenso y movilidad entre entidades, y las capacitaciones.

Ya en el 2007, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) había estimado que una reforma de este tipo costaría S/.5,000 millones al año. Juan Carlos Cortés, presidente de Servir, sostiene que si bien su entidad calcula sobre el costo actual, “no se conoce con certeza la cantidad de trabajadores municipales, lo que hace muy complicado el cálculo”. Sin embargo se sabe en qué porcentaje aumentarían en promedio los salarios: “con los tres sueldos adicionales que recibirían los trabajadores del DL 276 y los del CAS, se daría un incremento de 18% a 20%”, indica.

MINISTERIOS DESMOTIVADOS

Si bien la idea es que haya un único régimen que ordene a la burocracia, éste no será aplicado a todas las entidades. Los excluidos de la ley son el BCR, la Contraloría, la Sunat, la SBS y el Congreso, que fueron exonerados ‘a último minuto’ por el Congreso en el 2013. Para éstos, la flexibilidad que han tenido para aumentar salarios a discreción y traer a los profesionales más capacitados los desmotivó de unirse al nuevo régimen.

En el 2010, la Contraloría argumentó que, dada su autonomía constitucional, no está bajo el mandato de Servir. En respuesta, Servir le envió dos oficios en los que indicóq ue aun así no podía aumentar los salarios de sus funcionarios por encima de los S/.15,600, luego de que el contralor Fuad Khoury aumentara su sueldo a S/.33,000.

La diferencia entre los salarios ofrecidos por las distintas entidades ha generado una ‘descapitalización’ —la pérdida de los mejores funcionarios— en ciertas áreas del sector público.

Añadido a esto, algunos ministerios que sí están bajo el alcance de la reforma aprovechan la falta de un régimen laboral único y ordenado para tener flexibilidad en contratar a personal, como solución a las ineficiencias dentro de sus entidades. Una fuente del Ministerio de Educación que prefirió no revelar su identidad para evitar represalias cuenta que, frente a presiones por falta de tiempo en tareas que la gestión considera prioritarias, el ministerio recurre a contratar a trabajadores CAS. “Si existe alguna urgencia por un tema importante, lo más probable es que se contrate personal para resolverlo”, sostiene.

TRABAJADORES RECELOSOS

La reforma también se ve dificultada porque los incentivos para pasar al nuevo régimen son distintos de acuerdo a cada viejo régimen. Los trabajadores CAS serían los más beneficiados, pero los de los DL 216 y 728 tienen temor de perder su estabilidad laboral. Las evaluaciones que vendrían con la reforma hacen eco a la experiencia negativa de las reformas del gobierno de Alberto Fujimori, como consecuencia de las cuales se despidieron a unos 450,000 trabajadores públicos. “Hubo un cese colectivo masivo sin justificación mediante evaluaciones muy mal hechas en ese período”, explica Jorge Toyama, socio de Miranda & Amado Abogados.

Los incentivos son aun menores para los trabajadores del DL 728, destaca la ex presidenta de Servir, Nuria Esparch, ya que en el 2013 Servir decretó que éstos ya no reciban sus CTS en cuotas semestrales, sino que se les pague una vez cesados, como ya ocurre en el resto de regímenes.

Lea el análisis completo de la reforma del servicio civil en la última edición impresa de SEMANAeconómica.

Coordinadora regional de trabajadores estatales rechazan la implementación de la Ley Servir en Cusco

La Coordinadora regional de sector público de Cusco rechaza de manera enérgica la implementación en el gobierno regional de la Ley Servir, porque dicha norma en la fecha se encuentra en el Tribunal Constitucional para su declaratoria como inconstitucional.

La información fue dada por el dirigente de la Federación de Trabajadores Administrativos del Sector Educación Wenceslao Paniura, tras precisar que además el consejo regional de Cusco ha puesto esa norma en estatuó quo.

En ese sentido dicha coordinadora está pidiendo dialogo al gobernador regional para ponerle en conocimiento la situación de la Ley Servir la misma que se ha puesto en tela juicio por los trabajadores estatales por ser considerada discriminatoria y que vulnera sus derechos ganados.

Universal Noticias… Redacción; Herlinda Ruelas Moscoso…C-02-10-15.

En: radiouniversalcusco.com.pe

Ceplan: Partidos deben considerar el mercado laboral y Servicio Civil en sus propuestas al 2016

Ceplan exhortó a los partidos políticos a enfocar en sus agendas de propuestas para el 2016 el planeamiento estratégico del país en la formulación de políticas públicas de largo plazo.

Imagen en: http://rendiciondecuentas.org.mx/

Imagen en: http://rendiciondecuentas.org.mx/

El presidente (e) del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan), Víctor Vargas Espejo, exhortó a los partidos políticos a enfocar en sus agendas de propuestas para el 2016 el planeamiento estratégico del país en la formulación de políticas públicas de largo plazo.

“Una política pública debe ser adecuada y sostenible en el tiempo, porque los retos que enfrenta el país como la pobreza, los problemas de infraestructura, de gobernanza pública, de diversificación productiva, de informalidad, no son de corto plazo”, declaró Vargas Espejo.

Para el titular del Ceplan los planes estratégicos tienen que considerar el futuro del mercado laboral, es decir pensar en la demanda de profesionales que las empresas van a requerir y no seguir formando profesionales para actividades que el país ya no va a necesitar.

Servicio Civil

De otro lado Vargas, señaló que las agrupaciones políticas que pretenden postular en las elecciones al 2016 deben considerar las reformas del Servicio Civil en sus propuestas, al ser fundamentales para fortalecer la capacidad y calidad de los servidores públicos y por consiguiente mejorar los servicios del Estado.

“Nosotros creemos que la reforma del Servicio Civil es un tema fundamental para atacar el eje tres del Plan Bicentenario: Estado y Gobernabilidad. Si no se sigue implementando y ampliando, será difícil hablar de una mejora del Estado en el largo plazo”, declaró.

Finalmente, Vargas indicó que se tiene que tomar conciencia que una reforma del servicio civil “no se hace de la noche a la mañana”, requiere de cinco a diez años para empezar a ver los frutos en la administración pública.

En: gestion

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