SERVIR implementa el Sistema de Casilla Electrónica – SICE del Tribunal del Servicio Civil.
Desde este jueves 11 de mayo. SICE será de uso obligatorio para las entidades públicas y para las personas que interpongan recursos de apelación.
La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR y el Tribunal del Servicio Civil – TSC han implementado el Sistema de Casilla Electrónica – SICE que permitirá brindar una mayor eficiencia y eficacia en las notificaciones de los documentos emitidos por el TSC tanto para los administrados como para las entidades públicas.
SICE es un mecanismo tecnológico de tramitación de los recursos de apelación sometidos a conocimiento del Tribunal, y principalmente está orientado a notificar, a los administrados y a las entidades públicas, todas las comunicaciones cursadas por la Secretaría Técnica y las Resoluciones emitidas por el Tribunal.
Cabe destacar que el Sistema de Casilla Electrónica – SICE entrará en vigencia a partir del jueves 11 de mayo, de acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085-2017-SERVIR/PE, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, para todos los recursos de apelación que sean interpuesto a partir de esta fecha ante las entidades públicas.
Para tal efecto, tratándose de las entidades públicas, de acuerdo a lo establecido en la Directiva; la máxima autoridad administrativa de las entidades deberá proporcionar a la Secretaría Técnica del TSC los datos del Jefe de la Oficina de Recursos Humanos o de aquél que haga sus veces, quien será registrado como Usuario de la Casilla Electrónica en el SICE.
Esta información deberá estar consignada en el Formato N°1 y contener:
- Número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería.
- Nombres y apellidos completos.
- Cargo.
- Dirección exacta de la sede institucional donde presta servicios (calle, distrito, provincia, departamento).
- Correo electrónico institucional.
- Número telefónico fijo y móvil (celular).
- Copia de la resolución de designación o documento que acredita la responsabilidad del cargo.
En el caso de los administrados, éstos deberán adjuntar a su recurso de apelación el Formato N° 1, con la siguiente información:
- Número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería.
- Nombres y apellidos completos.
- Correo electrónico.
- Número telefónico fijo y móvil (celular).
De esta manera, el TSC podrá crear la correspondiente Casilla Electrónica en el SICE y así optimizar y agilizar la tramitación de los recursos de apelación sometidos a su conocimiento.
Lima, 10 de mayo de 2017
Imagen Institucional
En: SERVIR
La devolución de los actuados remitidos por la entidad junto a la apelación, como se produce?
mas aún cuando respecto de los mismos se debe realizar la reevaluación para volver a instaurar el PAD si fuera el caso.