EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS DE CAPITAL EN LA BOLSA, ¿REAL PELIGRO?

El ministro de economía, Luis Carranza, anunció que a partir de 2010 entrará en vigencia el impuesto a las ganancias de capital en la bolsa de valores [1]. La tasa a considerar para el caso de personas naturales será de 5% mientras que para personas jurídicas será de 30%. ¿Cuáles son los argumentos en contra y a favor de la medida? y ¿Cuál es el efecto económico?

La evolución del mercado de capitales es crucial para una economía ya que es una forma alternativa al sistema financiero, de canalizar el ahorro hacia la inversión. Por un lado, un impuesto puede generar: una reducción de la liquidez y las transacciones en el mercado secundario, desincentivos a nuevas emisiones, reducción de ahorro en forma de inversiones bursátiles, dificultad operativa en el cobro por parte del fisco. Por otro lado, se argumenta que: los inversionistas ya descontaron este impuesto en los retornos requeridos, es parte natural de la evolución de los mercados de capitales, es una tasa reducida para personas naturales, reduce la volatilidad del retorno ya que el gobierno es partícipe del riesgo del inversionista [2].

Económicamente hablando, un impuesto sobre las ganancias de capital significa un menor retorno luego de impuestos para el individuo. De este modo, un menor retorno reduce el incentivo a ahorrar (efecto sustitución); sin embargo, el menor retorno permite a los individuos ahorrar más por otros medios para mantener su nivel de riqueza objetivo (efecto ingreso). Consecuentemente, el efecto de los impuestos a las ganancias de capital sobre el ahorro privado tiende a ser pequeño. En EEUU, este impuesto ha generado un efecto “lock-in” desincentivando la realización de ganancias de capital en la bolsa. Los individuos prefieren mantener sus activos, apreciándose en el tiempo, que venderlos y pagar impuestos. Por lo tanto, se incentiva a mantener portafolios sub-óptimos [3].

Finalmente, es necesario mayor detalle sobre la aplicabilidad del impuesto. Puede considerarse crear escalas impositivas, la base imponible debe ser la renta anual neta de pérdidas, la ganancia de capital debe ajustarse por inflación, así mismo, debe existir diferencia en la tasa impositiva de una inversión de corto plazo y largo plazo [4].

[1] Se rige bajo el Decreto Ley 972. Para que sea considerado gravable, en el año se deberá realizar más de 10 operaciones de compra y venta. Se encuentran exentos los intereses por depósitos, los intereses y ganancias provenientes de bonos peruanos y las ganancias de capital de las empresas del Sistema Privado de Pensiones.
[2] El 2006, el Banco de Crédito realizó un estimado sobre la potencial recaudación de un impuesto a la ganancia de capital en bolsa. El monto fue de S/. 39MM anuales; sin embargo, dentro de los supuestos, se asumió una tasa flat del 15% similar a la de EEUU.
(http://www.felaban.com/pdf/actualizacione_siri/SIRI/n_44/44_anexo11_per.pdf)
[3] Thomas L. Hungerford (2009) “The Economic Effects of Capital Gains Taxation”. Congressional Research Service.
[4] En Brasil, se grava los intereses y ganancias de capital en el mercado de capitales con el impuesto a la renta. La tasa fluctúa entre 12.5%-27.5% y depende del plazo de la inversión, la característica del título y si es persona natural o jurídica. http://www.felaban.com/impuesto_intereses.php

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