REVISANDO EL TLC SUSCRITO ENTRE EL PERÚ Y LA CHINA

El pasado 28 de abril, los gobiernos del Perú y de China suscribieron en la ciudad de Pekín un Tratado de Libre Comercio (TLC), calificado de amplio e integral pues establece disposiciones relativas tanto al comercio de bienes, como al de servicios y fomento bilateral de las inversiones. De manera referencial, cabe señalar que el TLC Chile – China, firmado en agosto de 2006, sólo contempló temas relativos al comercio de bienes.

Considerando que China representa el segundo socio comercial más importante para el Perú [1] y que existen sectores sensibles como el textil-confecciones que se opuso al TLC durante el período de negociaciones, se observa que el acuerdo comercial contempla un marco legal de compromisos [2] entre las administraciones aduaneras que, según el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, favorecerá un intercambio de información comercial transparente y lidiará con los potenciales casos de dumping [3].

Ha trascendido de fuentes oficiales que el Perú no eliminará aranceles a algunos productos textiles, de calzado y metalmecánicos; pero además debe notarse que el acuerdo fija una estructura compleja de desgravación arancelaria (14 categorías), siendo las categorías J1, J2 y J3 aquellas que mantienen por períodos de 4, 8 y 10 años, respectivamente, el nivel impositivo actual por concepto de importación de arroz (excepto para siembra), de trozos, preparaciones y conservas de gallo o gallina, así como de leche, quesos y derivados [4].

Finalmente, otro dato interesante es el referido a la importación peruana de ropa usada, calzado usado, vehículos y repuestos usados, y maquinaria y quipos usados. Al respecto, el acuerdo resguarda el derecho del gobierno peruano de adoptar medidas para limitar o restringir, cuando lo estime conveniente, el ingreso al Perú de dichos productos. En tal sentido, el acuerdo comercial es un instrumento internacional que no se opone a la decisión que el gobierno pueda adoptar sobre el particular.

[1] Según Aduanas, en el 2008 se registró un intercambio comercial de más de US$ 7 800 millones.
http://www.aduanet.gob.pe/aduanas/informae/balbloque_01122008.htm
[2] Capítulo 4 del TLC Perú – China: “Procedimientos aduaneros y facilitación del comercio”.
Texto_TLC_Peru_China_27_04_09_04

[3] El TLC Perú – China complementa el Acuerdo de Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Aduaneros que ambos países firmaron en noviembre de 2008:
acuerdoChina

[4] El TLC Perú – EE.UU. sólo consideró 6 categorías de desgravación arancelaria. A continuación, para el TLC Perú – China, ver cronograma de eliminación arancelaria del Perú:
2.2_Oferta_de_Peru_a_China

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