El “Plan Anual de Transferencias de Competencias 2007” comprende la transferencia de 82 funciones sectoriales y 153 facultades[1]. Entre las principales transferencias tenemos: diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional; impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrificación urbano rurales; formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades así como de vivienda y saneamiento.
De igual forma, también se transferirán fondos, programas y proyectos. Entre ellos se incluye la transferencia de la gestión de la atención primaria de la salud, a través de programas piloto (gobiernos regionales); la transferencia de la gestión de los establecimientos educativos, a través de programas piloto dirigidos por los gobiernos locales (municipales, provinciales y regionales); y la transferencia de proyectos de infraestructura social y productiva de FONCODES (a cargo de los gobiernos distritales).
Este proceso de transferencias se encuentra estrechamente relacionado al tema de demarcación y ordenamiento territorial debido a que si este último no queda totalmente claro, el proceso de transferencias podría atravesar por una serie de dificultades. En el año 2006 el 80% de distritos y el 91% de provincias del país tenían mal definidos sus límites, y el 50% de los distritos no cumplía con los niveles mínimos de población establecidos por ley para ser considerados como tales. Por otro lado, algunas provincias vienen duplicando funciones con otros niveles de gobierno [2].
Los gobiernos locales deben de resolver los problemas de carácter territorial para poder llevar a cabo el proceso de transferencias de competencias sin percances. Finalmente, queda preguntarse si este proceso de transferencias, que fortalece a las regiones en la actualidad, podría ser una restricción para la futura creación de macroregiones, proceso que se encuentra paralizado.
[1] Normas Legales Año XXIV – Nº 9804 de “El Peruano”, 15 de abril de 2007. La transferencia de competencia sectoriales a los gobiernos regionales y locales debe de cumplir previamente con los Requisitos Generales y Específicos de Acreditación, según la Ley del Sistema de Acreditación (LSA).
[2] PRODES (2007), “Evaluación Rápida del Proceso de Descentralización 2006: Demarcación y Organización Territorial, Informe de Hallazgos y Recomendaciones”, Enero de 2007, PRODES, p.16-33.
sería muy importante, que se diera a conocer mejor sobre el proceso de las transferencias de competencias sus avances de forma detallada a través de cuadros.
Gracias.