Licencia por maternidad: entra en vigencia ampliación a 98 días

Anteriormente, el periodo en que la madre trabajadora podía gozar de su derecho de descanso por maternidad era de 90 días.

En lo que se refiere al subsidio por maternidad, este se otorgará en dinero con el objeto de resarcir el lucro cesante como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades de cuidado del recién nacido.(USI). Imagen: elcomercioperu

En lo que se refiere al subsidio por maternidad, este se otorgará en dinero con el objeto de resarcir el lucro cesante como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades de cuidado del recién nacido.(USI). Imagen: elcomercioperu

Desde mañana entra en vigencia en nuestro país el nuevo periodo de licencia por maternidad, que ya no será de 90 días sino de 98. Ello, luego de que se modificara el reglamento de la Ley 26644, que establece el cambio en el goce del derecho del descanso prenatal y posnatal de la trabajadora gestante.

Así lo informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). Según el Decreto Supremo 002-2016-TR publicado hoy en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la madre trabajadora podrá optar por diferir parcial o totalmente los días de descanso del periodo prenatal probable del día del parto.

De acuerdo con el proceso biológico de embarazo, la gestante puede hacer uso de su reposo de 49 días naturales de prenatal y un lapso de 49 días más de posnatal.

En caso de que la gestante decida ampliar su descanso posnatal de 49 días naturales, este se iniciará el día del parto y se incrementará con el número de días de prenatal diferido, tal como sucede ahora con el periodo de 90 días.

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Subsidio por maternidad y casos especiales

En lo que se refiere al subsidio por maternidad, este se otorgará en dinero con el objeto de resarcir el lucro cesante como consecuencia del alumbramiento y de las necesidades de cuidado del recién nacido, informó el MTPE.

El beneficio se otorga por 98 días y puede distribuirse antes o después del parto, según lo elija la madre. Además, en caso de existir nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad el subsidio por maternidad se extiende por 30 días adicionales.

Esta última medida responde a la modificación del artículo 16 del Reglamento de la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

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