Ley del Servicio Civil: Manual de Perfiles de Puestos (MPP) y otras definiciones

a) Manual de Perfiles de Puestos (MPP): Es un documento normativo que describe de manera estructurada todos los perfiles de puestos de la Entidad, desarrollados a partir de la estructura orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) o el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), a que se refiere la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en caso de contar con este instrumento.

b) Puesto: Es el conjunto de funciones y responsabilidades que corresponden a una posición dentro de una entidad, así como los requisitos para su adecuado ejercicio. Se encuentra descrito en los instrumentos de gestión de la entidad. Para efectos de la presente Directiva, toda referencia a cargo debe entenderse a puesto.

c) Perfil del Puesto: Es la información estructurada respecto a la ubicación de un puesto dentro de la estructura orgánica, misión, funciones, así como también los requisitos y exigencias que demanda para que una persona pueda conducirse y desempeñarse adecuadamente en un puesto.

d) Misión del puesto: Describe la razón de ser del puesto o su finalidad, indicando qué hace, a qué o a quiénes afecta su labor (procesos, recursos) marco general de actuación del puesto y, finalmente, para qué se realiza (cumplir fiscalizaciones, estándares de calidad, presupuestos, entre otros).

e) Función del puesto: Conjunto de actividades diferentes entre sí, pero similares por el objetivo común que persiguen. Describen lo que se realiza para cumplir la misión del puesto.

f) Habilidades: Cualidades de las personas que son inherentes a sus características personales y/o son adquiridas por la práctica constante.

g) Competencias: Características personales que se traducen en comportamientos visibles para el desempeño laboral exitoso, involucra de forma integrada el conocimiento, habilidades y actitudes, las cuales son el factor diferenciador dentro de una organización y contexto determinado.

En: RPE Nº 161-2013-SERVIR/PE

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Ley que crea registro de arrendatarios morosos

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El Pleno del Congreso de la República aprobó la ley que permite crear un registro de arrendatarios morosos.

El congresista Mariano Portugal de Unión Regional dijo, a través de RPP Noticias, que esto facilitará encontrar a los inquilinos morosos.

“Cualquier ciudadano que quiera alquilar un bien inmueble entra a la página web del registro de morosos judiciales. Si alguien quiere alquilar un local vemos que esté limpio y no tenga moras por alquiler”, señaló.

Asimismo, dijo que se podrá reducir a algunos meses y días el proceso de expulsión de la vivienda a un inquilino que se paga el alquiler.

“Aquel arrendatario que no pague en su oportunidad, a los dos meses y 15 días tiene que desocupar porque se somete a un allanamiento voluntario”, precisó.

En: RPP

Texto del Proyecto de Ley

Texto de la Ley

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Lima amanecerá en estos días con cielo nublado y baja temperatura

Hasta el domingo, los amaneceres de Lima Metropolitana se caracterizarán por registrarse con bajas temperaturas y cielo cubierto, pronosticó Martín Bonshoms, especialista del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrografía (Senamhi). Explicó que las temperaturas frías llegarán a los 16 y 17 grados; mientras que el brillo solar recién se sentirá a partir del mediodía. “Las máximas serán de 23 y 24 grados, pero en la zona este de Lima”, añadió.

En: Larepublica.pe

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