El «derecho de purga» atenta contra los derechos humanos[1]

-Ensayo-

Primero vinieron a buscar a los comunistas, y no dije nada porque yo no era comunista.

Luego vinieron por los judíos, y no dije nada porque yo no era judío.

Luego vinieron por los sindicalistas, y no dije nada porque yo no era sindicalista.

Luego vinieron por los católicos, y no dije nada porque yo era protestante.

Luego vinieron por mí, pero, para entonces, ya no quedaba nadie que dijera nada.

(De Friedrich Gustav Emil Martín Niemöller, atribuido al poeta Bertolt Brecht).

El «derecho de purga» o «derecho de purgar» puede definirse como aquel derecho que regula y consiente la eliminación de delincuentes y marginados, dado que son considerados perjudiciales para la sociedad. ¿Existe este derecho? ¿Hay algún Estado que lo haya planteado? ¿Acaso este supuesto derecho no atentaría contra el derecho a la vida y contra todos los derechos humanos? Si existiese, ¿qué pasaría si la purga te afecta a ti?

De acuerdo con la película The Purge («La purga», también traducida como «La noche de la expiación»), que se encuentra, recientemente, rodada en la cartelera limeña, en el año 2020, hay un nuevo régimen en EEUU, el país es gobernado por los Nuevos Fundadores de América (NFA), que ha solucionado el problema de la delincuencia y la pobreza. El gobierno ha permitido que el crimen sea legal durante una noche al año, desde las 7:00 p. m. del 21 de marzo hasta las 7:00 a. m. del 22 de marzo, con el fin de que se extermine a la escoria social, que impide que la vida en sociedad no sea «perfecta».

Según la propuesta de los NFA, se puede cometer cualquier tipo de crimen contra aquellos que «no contribuyen con la economía nacional»; es decir, los marginados y delincuentes se convierten en objeto de la purga, de la «limpieza patriótica». En esta noche, los «buenos ciudadanos» descargan la ira que han acumulado y descabelladamente asesinan a su víctima, sin temor de ser juzgados, ni por el gobierno ni por Dios, ya que se asume la idea de que se está contribuyendo al desarrollo y bienestar social. Estos «buenos ciudadanos» agradecen al Señor el tener esta oportunidad de expiación.

Con esta purga, las cárceles se vacían, la tasa de desempleo es inferior al 1% y la pobreza no supera el 5% de la población, y las inversiones empiezan a incrementarse. La «nueva sociedad» vive en auge de prosperidad. A la noche, sobreviven aquellos que cuentan con modernos y caros sistemas de seguridad, los «buenos ciudadanos». La sociedad americana es solo «perfecta» a través del exterminio.

Este tipo de purga evoca los crímenes cometidos por Adolf Hitler; sin embargo, su objetivo estaba dirigido hacia un grupo social exógeno, los judíos, considerados inferiores al grupo germano. En The Purge, no se trata de genocidio (exterminio y eliminación sistemática de un grupo por motivos de raza, etnia, religión, condición política o nacionalidad) ni de xenofobia (odio, rechazo u hostilidad hacia los extranjeros), lo que acontece es la desaparición de un grupo de personas por sus condiciones socioeconómicas, inferiores al resto. Son los pobres y los marginados los que desaparecen. Y el tipo de gobierno no es anticonstitucional, como el de Pinochet; es un nuevo régimen con disfraz de democracia. No es el gobierno de un tirano, un autoritario o un dictador, es el de los Nuevos Fundadores Americanos, de un grupo social posicionado, el de los ricos y creyentes.

En esta perspectiva, ¿esta «limpieza socioeconómica» es legítima? Claro que no. Vulnera el derecho a la vida y con ello los derechos humanos, que constituyen el patrimonio de la dignidad humana. La vida es un derecho sagrado. No solo evita la muerte de una persona, sino toda forma de mal trato, entre ellas el martirio. El genocidio, la desaparición forzada, la esclavitud, las torturas y la fabricación de armas nucleares atentan contra la vida, y la purga, también.

La vida es un derecho que tenemos por el simple hecho de existir y estar vivos. La vida es forma corporal, espiritual y psíquica; es social, en tanto que con ella realizamos obras en común; y es natural, porque nos relacionamos con otras especies. La vida, por ende, sugiere integridad. No resulta extraño que en la película The Purge la víctima no quiera morir. La vida está para disfrutarla. En el filme, se quiere exterminar a un hombre negro, que aparentemente representa a un delincuente o un marginado social, arrebatándole la oportunidad de desarrollarse e interrelacionarse.

La vida es el derecho más importante y del que derivan los demás derechos. Si el sujeto al que se le concede el derecho está muerto, no tendría sentido los otros derechos. Para qué se garantizaría la propiedad o la educación sin sujetos. El derecho de vivir significa tener la posibilidad de gozar nuestra propia existencia. Sin nosotros no se hacen los otros. La vida permite satisfacer las necesidades humanas y la realización del bien común. Este bien común, postulado desde Santo Tomás de Aquino, desde antes y hasta después, no puede lograrse excluyendo a unos y protegiendo a otros. La purga es egoísta. Priva la relación entre persona humana y su dignidad, convirtiendo al individuo en un homo homini lupus, en un lobo para el hombre, como refiere Plauto y, luego, Thomas Hobbes.

El derecho a ser y existir de acuerdo con su dignidad no puede negarse ni hoy ni en el futuro. La vida es un derecho universal, fundamental y humano. Como derecho humano se encuentra entre el ayer y el mañana. El mañana no puede hacerse sin los hombres. Y bajo las patrañas económicas y sociales no puede permitirse ni sugerirse la criminalidad contra la vida, pues si así fuera, el hombre se negaría a sí mismo, y esto no tendría sentido, lo que acarrearía, incluso, que el hombre sin límite alguno termine por exterminar a cualquier humano fuera de su condición social o económica, y hasta de parentesco. Atentar contra el derecho a la vida es un peligro.

La vida es un derecho natural, originario y primario; es un derecho civil y, sobre todo, un derecho humano, un derecho humano de primera generación, reconocido por muchas leyes y tratados e instituciones nacionales e internacionales.  Es reconocido por la Declaración de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, el Pacto de San José de Costa Rica, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, la Convención para la Sanción del Delito de Genocidio, la Convención contra la tortura, la Convención sobre los Derechos del Niño, otros tantos más, como nuestra Constitución (artículo 2, inciso 1). Según la Declaración de los Derechos Humanos, en su artículo 3, se especifica que «todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona». Nadie puede venir a arrebatarnos la existencia; somos libres y capaces de disfrutarla. En este mismo documento, en su artículo 1, se dice que «todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros». Todos gozamos de los mismos derechos y respeto a la dignidad, y todos tenemos la misma exigencia para con los demás.

El supuesto «derecho de purga» va, por tanto, en contra de los derechos humanos, contra su exégesis y dogmática. No se han hecho los derechos humanos sobre la base de pretensiones económicas o marginaciones sociales, ni dependen de ello, ni se postulan hacia ello. No se puede invocar este tipo de diferencias para impedir su aplicación. Los derechos humanos son para todo el género humano, pues son universales. Nadie puede separarse de estos derechos ni ser despojados de ellos ni renunciar a los mismos, dado que son inalienables e irrenunciables. La purga no puede contravenirlos. Por ello, son exigibles a cualquier persona y autoridad. El deber positivo de un Estado está, por tanto, en proteger la vida humana, y su deber negativo es el de no matar. Los derechos humanos son, sin lugar a dudas, absolutos. Nadie puede intervenir contra ellos, y como tales son totalmente inviolables.

Los derechos humanos son buenos y de lo bueno no puede generarse maldad. El «derecho de purgar» que pueda aceptar una sociedad con el fin de liberarse de sus problemas económicos y de los marginados sociales supone una invitación a otros sociedades, una invitación para cometer criminalidad, que verían con buenos ojos la propuesta, pero que enajenan todo proyecto humano, todo derecho humano y todo futuro humano. Los derechos humanos son inherentes a nosotros, nacemos con ellos, y son irreversibles, no pueden perderse a futuro. Son derechos que procuran el derecho al mañana, como lo dijo Eduardo Angel Russo. La purga es, en todo sentido, mezquina y el Estado que la propusiera se convierte en el verdugo de la humanidad.

En síntesis, con este ensayo, ponemos de manifiesto que el «derecho de purga» se dirige al exterminio del hombre, que contraviene el derecho a la vida y los derechos humanos. Este supuesto derecho es sinónimo de crimen. La purga deshumaniza, es cruenta, es selectiva, pero con el tiempo no diferencia. Es opositora de la dignidad, la libertad y la igualdad. Con ella no se logra alcanzar la sociedad «perfecta», como puede sugerir la Nueva Sociedad Americana en la película The Purge, con ella solo se consigue la destrucción o eliminación del hombre. Si existiese, ¿qué pasaría realmente si la purga viene por ti?

 

 

Fuentes de consulta

  1. Blasco Aznar, Pedro L. (2013). La justicia entre la moral y el derecho. Madrid: Trotta.
  2. Chipoco Cáceda, Carlos Julio (1992). En defensa de la vida: ensayos sobre derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario. Lima: CEP.
  3. Hobbes, Thomas, 1588-1679 (2004). Leviatán: o la materia, forma y poder de un estado eclesiástico y civil. Traducción, prólogo y notas de Carlos Mellizo. Madrid: Alianza Editorial.
  4. Russo, Eduardo Angel (1996). Teoría general del derecho: en la modernidad y en la posmodernidad. Buenos Aires: Abeledo-Perrot.
  5. Salinas Siccha, Ramiro. (1997). Delitos contra la vida y otros estudios de derecho penal. Lima: Palestra.

 

  1. The purge: http://bit.ly/1c1w9L4
  2. La purga: la noche de las bestias: http://bit.ly/Ms9dON
  3. Derecho a la vida: http://bit.ly/1fsNCyq
  4. Naciones Unidas: Derechos humanos: http://bit.ly/1gCgllG
  5. Declaración de los Derechos Humanos: http://bit.ly/1cmtkDV

 

 

 


[1] Este ensayo, presentado para el curso de Derechos Humanos, ha sido inspirado por una película vista en estos días. Agradezco a José Antonio Ñique de La Puente en el sentido de que por él el respeto hacia los derechos humanos se ha convertido en una inquietud constante en mi vida. También, aprovecho en reconocer a Juan Carlos Acuña, estudiante de Derecho, y amigo, quien contribuyó a darle sentido a todas las ideas que vierto aquí.

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