Perú perderá soberanía en salud y se expondrá a juicios de farmacéuticas

WikiLeaks. Texto filtrado a La República del Acuerdo Transpacífico permite a los laboratorios influir en nuestras políticas de salud y obligar a nuestro país a comprar sus nuevos fármacos para evitar demandas en cortes nacionales o internacionales.

Por: Beatriz Jimenez
*Artículo elaborado gracias a la colaboración investigativa de WikiLeaks.

Perú negocia en secreto un acuerdo junto a otros 11 países que permitirá a las multinacionales farmacéuticas demandar al país si la Dirección General de Medicamentos (Digemid) no incluye sus fármacos dentro del petitorio nacional.

El Anexo del Capítulo de Transparencia sobre medicamentos del Acuerdo Transpacífico, filtrado por WikiLeaks en exclusiva para Perú a La República, evidencia que nuestro país estaría dispuesto a ceder soberanía en políticas de salud. Según el texto filtrado de cinco páginas, fechado el 17 de diciembre del 2014, los 12 futuros estados firmantes se comprometen a divulgar las directrices de sus programas públicos de salud para incluir o no un medicamento dentro de sus listados (Párrafo X2) y poner a disposición de las empresas farmacéuticas afectadas por decisiones de las autoridades de salud “procesos de revisión” (párrafo X.2 f).

Si bien la redacción resulta más tibia que la utilizada en el Anexo de Transparencia filtrado por WikiLeaks en 2011, la posibilidad de la injerencia de las farmacéuticas en las listas de medicamentos continúa.

Es decir, si el Perú firma este acuerdo, se verá obligado a dar explicaciones sobre sus compras de medicamentos a los Estados firmantes y también a los laboratorios. Dentro del texto se precisa (párrafo X.7) que entre estos procesos se excluye el de solución de controversias contenido “en el capítulo BBB del acuerdo”. Sin embargo, no hace lo mismo respecto a los mecanismos de arbitraje inversionista-Estado reconocidos por el capítulo de Inversiones del mismo acuerdo. Es decir, un laboratorio farmacéutico podría demandar a nuestro país en el caso de que considere que una política pública ha afectado sus inversiones presentes o futuras, algo que abre camino a una mayor judicialización de la salud.

Actualmente, sin mediar este acuerdo, la Dirección General de Medicamentos (Digemid) afronta más de una decena de medidas cautelares en el Poder Judicial interpuestas por farmacéuticas. Entre ellas, una que desde el 2014 impide el registro de medicamentos biosimilares que abaratarían tratamientos de última generación contra el cáncer.

Con la firma de este anexo del Capítulo de Transparencia la situación podría agravarse. Como antecedente, la organización Public Citizen (EE.UU.) cita la demanda de la multinacional farmacéutica Eli Lilly contra Canadá por US$ 100 millones, amparada en el TLC de América del Norte (TLCAN).

Actualmente el TLC firmado por el Perú con EE.UU. no incluye esta posibilidad. Sin embargo, el texto de este capítulo del Acuerdo Transpacífico demuestra que nuestro país está dispuesto a ir más allá de las “líneas rojas” en salud fijadas en el TLC con EE.UU. a pesar de las promesas en sentido contrario del presidente Ollanta Humala e incluso del ministro de Salud Aníbal Velásquez.

Según el análisis realizado por Deborah Gleeson, de la Escuela de Psicología y Salud Pública de la Universidad de La Trobe (Australia), la inclusión de este anexo del capítulo de Transparencia no responde a un propósito de interés público. De acuerdo con el documento elaborado por la experta y difundido también por WikiLeaks, el texto “establece un terrible precedente para usar los acuerdos comerciales regionales para manipular los programas de cobertura de salud de otros países”.

PUBLICIDAD DE FÁRMACOS

Para evitar la automedicación, nuestro país –al igual que la mayoría de Estados– no permite publicitar medicamentos que exigen receta médica. Sin embargo, el capítulo difundido por WikiLeaks consigna que las partes firmantes permitirán la difusión por internet de información sobre productos farmacéuticos a los consumidores. Si bien la redacción excluye a aquellas partes firmantes cuyas leyes no lo permitan, la puerta está abierta.

SALUD BUSCA INTRODUCIR SALVAGUARDA

-El enfrentamiento protagonizado en los últimos meses entre el ministro de Salud, Aníbal Velásquez, y la ministra de Comercio Exterior, Magaly Silva, por defender la soberanía sanitaria del Perú en el Acuerdo Transpacífico parece haber llegado a su fin.

-Fuentes de salud informaron a La República que el Ministerio de Salud (Minsa) ha dado su visto bueno al capítulo de Transparencia. Tras meses de pelea contra el Mincetur, la redacción más tibia de este capítulo y las presiones han terminado por obligar a la entidad oficial a aceptar el texto.

-Las mismas fuentes informaron que Salud quiere introducir una salvaguarda en el texto de este capítulo que limite su aplicación a determinados programas de salud como el de las enfermedades metaxénicas (dengue, malaria, etc.) y que exonere al resto de rendir cuentas de “transparencia” a las farmacéuticas internacionales. Sin embargo, dado el avance de las negociaciones, esta salvaguarda llegaría tarde.

CLAVES

Acuerdo Transpacífico (TPP por sus siglas en inglés) involucra 12 países: EE.UU.; Japón, Australia, Nueva Zelanda, México, Perú, Chile, Malasia, Brunei, Singapur, Vietnam y Canadá.
Desde 2010 se negocia a puerta cerrada pese a los pedidos de transparencia. Todo lo que se conoce de su contenido es gracias a las filtraciones de WikiLeaks.

CIFRA

40% del comercio mundial está involucrado en el Acuerdo Transpacífico.

En: larepublica.pe

Ver: TPP: claves sobre el Acuerdo de Asociación Transpacífico que se negocia en secreto

Polémica entre promotores de alimentos sanos y la Sociedad Nacional de Industrias (SNI)

Controversia. El proyecto de reglamento de la Ley de la Alimentación Saludable ha vuelto a desatar la polémica. Mientras sus defensores afirman que promueve la educación nutricional y la educación física, y busca que la publicidad y el etiquetado de productos sean transparentes, sus críticos aseguran que no se sustenta en estudios técnicos y daña a la industria de los alimentos.

comida chatarra peru

En los últimos 30 años, el número de casos de enfermedades no transmisibles o crónicas como diabetes, arteriosclerosis, hipertensión, osteoporosis, etc. aumentaron significativamente a nivel mundial.

Para el 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que serán las causantes del 73% de las muertes en el planeta.

¿Cuál es la razón? Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, en inglés) hay correlación entre el aumento de estos males con el excesivo consumo de alimentos procesados que contienen azúcar refinada, ciertas grasas, colesterol y sal. La situación empeora si existe un consumo bajo de frutas, hortalizas y fibras, junto con estilos de vida sedentarios.

PROBLEMA CRECIENTE

¿Deberíamos alarmarnos? Sí, porque con dicho incremento de casos, los gastos que debe asumir el sistema de salud pública en el país serán insostenibles en el futuro. “Lo que el Estado debe estar destinando para atender a pacientes con enfermedades no transmisibles son, aproximadamente, dos mil millones de soles al año”, estima el coordinador de Forosalud, Alexandro Saco.

A nivel mundial, la OMS hace cinco años realizó una reunión con los presidentes de los países miembros de la ONU para establecer estrategias frente a la amenaza. A su vez, el Perú hace dos años elaboró la Ley de Promoción de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes (Ley N° 30021), impulsada por el congresista Jaime Delgado.

La norma promueve la educación nutricional y una mayor actividad física, que los colegios en sus quioscos vendan alimentos para una mejor salud y que la publicidad y el etiquetado del producto sean más transparentes. El reglamento de la ley se publicó el 18 de abril y, según el ministro de Salud, Aníbal Velásquez, será aprobado en este primer semestre del año.

CUESTIONAN LA LEY

A primera impresión, la ley parece ser una iniciativa con buenas intenciones. Pero la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) la calificó, desde el primer momento, de ‘mal elaborada’. Uno de los principales puntos que cuestiona la SNI es respecto de los parámetros que le imponen al azúcar, la sal y las grasas saturadas.

El reglamento indica que el límite máximo de azúcar debe ser de 2.5 gramos por cada 100 mililitros de bebida. 5 gramos en un producto sólido.

El límite para la sal es de 300 miligramos por 100 mililitros y 100 gramos en alimentos procesados. Para el caso de las grasas saturadas solo habrá un máximo de 0.75 gramos por 100 mililitros de bebida y 100 gramos en alimentos sólidos.

“Según el reglamento, todo lo que esté por encima de esos valores es alto, pero en Ecuador el límite en azúcar es de 15 gramos y el de la sal es de 600 miligramos. ¡Tenemos los valores más restrictivos del mundo!”, reclama Alejandro Daly, gerente de los Comités de Alimentos de la SNI.

Delgado explica que ambas legislaciones ya dadas —la peruana y ecuatoriana— han adecuado sus parámetros dentro de lo aconsejado por la OMS y OPS (Organización Panamericana de la Salud). “Pero en Ecuador su legislación ha ido más allá con escalas superiores: mientras más alto es el parámetro, más dañino, simplemente, es el producto”, añade.

¿Quién estableció esos valores? Luis Salazar, presidente de la SNI, afirma que las cifras salieron de un comité conformado por Delgado y nutricionistas, médicos y abogados que publicaron los resultados en un revista de la OPS. Estos parámetros –continúa– no tienen aprobación de OMS ni OPS. “No existe ningún estudio técnico”.

Manuel Peña, representante de la OMS en el Perú, admite que es cierto lo dicho por Salazar. “No hay un estudio técnico si no ¡muchos! estudios realizados por expertos que formaron parte del comité y que se toman en cuenta en consenso. Para esta problemática (las causas de las enfermedades no transmisibles) no se requiere hacer un estudio: hay muchas evidencias, basadas en factores de riesgo, con la probabilidad de enfermar si se consume estos alimentos procesados de manera sistemática”.

Azúcar buena y mala

Salazar indica que con esos parámetros muchos alimentos no industrializados estarían vetados de la dieta diaria: “Un huevo hervido tiene 3.2% de grasa, que es alto según el reglamento, pero como no es industrializado no lo tocan. Un vaso de jugo de naranja tiene más azúcar, 10 gramos, que la permitida ese documento, pero no la regulan”.

Para el doctor Miguel Malo, asesor de la OPS, esta comparación no tiene validez. Explica que la bebida gasificada posee calorías vacías sin ningún tipo de aporte al organismo. En cambio, las frutas también son calóricas, benefician con vitaminas y fibra que son necesarias para evitar cáncer en el tracto digestivo. El huevo, por su parte, contiene grasas poliinsaturadas, necesarias para prevenir males cardiacos.

Bajo esos estándares, denuncia el presidente de la SNI, se estaría negando el acceso a productos para los programas sociales tipo Qali Warma (porque poseen niveles altos, de acuerdo al reglamento).

Delgado niega esta amenaza pues, asegura, Qali Warma exige a las empresas que les proporcionan alimentos (galletas de quinua, cereales y conservas de pescado) que cumplan con los valores que aconseja la OMS, ya que el Perú ha firmado el Plan Internacional de Lucha Contra el Sobrepreso.

SEMÁFORO QUE NOS FALTA

Delgado afirma que la Ley de Alimentación Saludable no prohíbe la fabricación de un grupo de alimentos industrializados, sino que se informe al consumidor para que no elija ‘a ciegas’ lo de los estantes.

Eso, explica, se logra con imprimir en los empaques un ‘semáforo’ que indique, en lenguaje sencillo, si el producto es alto (color rojo) o bajo (color verde) en grasas saturadas, azúcar y sal.

¿Por qué es necesario el ‘semáforo’? “¡Porque el etiquetado actual no sirve para nada! Solo un nutricionista podría entender el etiquetado”, responde el impulsor de la ley.

Señala que muchos de estos productos se exportan a Ecuador. Pero mientras en el Perú no se imprime el ‘semáforo’ en las envolturas de los productos que se consumen en nuestro país (a falta de reglamento aprobado), en Ecuador sí está clara y legible la advertencia (ver fotografía). “Todos merecemos saber qué ingresa a nuestro organismo. Es inadmisible lo que sucede en nuestro país”, agrega el parlamentario.

SOLUCIÓN: ADECUARSE

Mientras tanto, el presidente de la SNI pronostica que con la ley en funcionamiento, las industrias de alimentos sufrirán en sus ventas pues solo estas serán reguladas: “Todo lo que no sea industrializado no estará regulado y las ventas se van a ir a productos trabajados informalmente”.

La solución podría ser adecuar sus productos a las exigencias del reglamento. ¿Cómo? Reduciendo las cantidades de grasas saturadas, azúcar y sal en los productos procesados. Delgado pone de ejemplo el caso de Kola Real en México que está adecuando su bebida para reducir el nivel de azúcar. “En las gaseosas, por ejemplo, están usando stevia u otro tipo de edulcorante”.

Para Peña es una solución bastante ilusa la adecuación: “No se qué habría que reducirle a la (bebida) gaseosa para que sea menos dañina. Habría que desaparecerla ¡porque todo lo que tiene es sal, ácido fosfórico, sustancias artificiales y toneladas de azúcar refinada!”.

Otro punto de la ley es que las empresas no manipulen a los menores con su publicidad: ser un superhéroe si se consume tal o cual producto, ofrecer un ‘regalo’ por adquirir un alimento procesado, etc. “Los adultos tienen opciones, pero ¿qué hay acerca de los niños? El Estado tiene la obligación de protegerlos para en caso de toma de decisiones”, alerta el doctor Malo.

Alimentos recomendados para gozar de una dieta saludable

Mientras que la publicidad nos bombardea con alimentos industrializados, hay opciones que nos recomienda el ingeniero Freddy Quispe, especialista del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), quien destaca alimentos con doble función: nutrir y prevenir las enfermedades.

En cuanto a frutas: el camu camu, el aguaje, el aguaymanto, naranja, plátano, tienen vitaminas y componentes saludables. La uva y el maíz morado poseen antocianina que interviene en procesos bioquímicos, impidiendo la presencia de radicales libres en el organismo, causantes del cáncer.

Hortalizas como el zapallo, tomate y brócoli aportan magnesio y zinc que ayudan a conservar la buena salud ya que contribuyen al funcionamiento normal del sistema nervioso y muscular.

En cuanto a los cereales o granos andinos, la quinua posee aminoácidos esenciales que ayudarán a que el organismo fortalezca el sistema inmunológico, al igual que el tarwi, la kiwicha. Las habas y frejoles tienen gran cantidad de proteínas

Quispe también recuerda que el Perú es un gran productor de raíces y tuberosas como la papa. Tiene compuestos flavonoides que ayudan a prevenir enfermedades, debido a los antioxidantes que contiene.

Atención, la mejor etapa para alimentarse es la niñez, ya que la regeneración de tejidos se da desde el recién nacido hasta los 6 años, en esa etapa hay que brindarle a nuestros hijos lo mejor en cuanto alimentación para que en un futuro no tengan problemas de salud.

EN CIFRAS

95% de los alimentos industrializados se afectarían por los parámetros técnicos fijados en esta ley, según la SNI .
6 cucharaditas de azúcar en adultos y niños instó solamente a ingerir la OMS, para evitar problemas de salud pública (obesidad y caries).

CLAVES

Rechazo. César Luza, presidente de la Asociación de Bebidas y Refrescos sin alcohol del Perú (Abresa), mostró preocupación. “Sin base científica suficiente y sin estudiar el perfil nutricional del consumidor peruano, se publicó un reglamento que no solo va a ser inaplicable en la práctica, al comprender casi a la totalidad de los alimentos industrializados, sino que generará confusión entre los consumidores y alentará la venta de alimentos informales”.

Desacelerar. “El país necesita crecer y mostrar solidez en la economía y se busca desacelerar a un sector clave como el de los alimentos procesados. Un reglamento así traerá conflictos con organismos internacionales, además afectará los ingresos de miles de familias que dependen de un salario proveniente de estas industrias”.

En: larepublica

Why Is It So Easy for Prosecutors to Strike Black Jurors?

By: Gilad Edelman

Edelman-Why-Is-It-So-Easy-for-Prosecutors-to-Strike-Black-Jurors-1200 - Fuente- thenewyorker

Last week, the Supreme Court agreed to hear the case of Timothy Tyrone Foster, a black man sentenced to death by an all-white Georgia jury in 1987 for murdering an elderly white woman. Foster claims that the prosecution deliberately eliminated all four eligible black jurors. The state argues that race played no role in jury selection. It’s an odd argument in light of the evidence that emerged decades after Foster’s conviction: in their notes, the prosecutors highlighted the black jurors’ names in green; circled the answer “black” on the questionnaire where jurors had been asked to identity their race; labelled three black jurors “B#1,” “B#2,” and “B#3”; and identified which person to keep “if we had to pick a black juror.”

The Supreme Court may well grant Foster a new trial on the grounds that the state violated Batson v. Kentucky, a landmark 1986 case in which the Court declared it unconstitutional to strike potential jurors because of their race. But a victory for Foster won’t change the fact that, nearly thirty years later, prosecutors across the country, and especially in the South, continue to get away with intentionally striking black people from juries in trials of black defendants. The most remarkable thing about Batson, it turns out, is how easy it has been to ignore.

Jury selection occurs in two steps. First, the judge dismisses potential jurors “for cause” if they can’t be impartial. Second, after questioning the remaining jurors, the defense and the prosecution each have a number of peremptory strikes (the number varies by state) to remove jurors they don’t like until twelve are left. The lawyers don’t have to give any justification for these strikes, and they don’t need the judge’s approval. That poses a problem for a legal system that forbids racial discrimination: If the prosecutor doesn’t have to give a reason, what’s to stop him from getting rid of a juror because he’s black?

The Supreme Court’s answer in Batson was to allow a defendant to force the prosecution to explain a strike if it seems to be racially motivated. When making a Batson challenge, as it soon came to be called, the defense must first convince the judge that there is reason to suspect that a strike was based on race, usually by pointing out the high proportion of black jurors being targeted. Next, the prosecutor has to give a race-neutral reason for striking the juror. Then it’s up to the judge to decide whether the reason is legitimate or a pretext for a race-based strike.

Justice Thurgood Marshall voted with the majority in Batson, but in a concurring opinion he warned that its procedure wouldn’t really solve the problem of race-biased jury selection: it would be too easy for prosecutors to make up race-neutral reasons for striking a juror.

Marshall’s skepticism was quickly vindicated. As soon as Batson was decided, prosecutors started coming up with tactics to evade it. In a 1987 training video that became notorious when it was leaked years later, Jack McMahon, an assistant district attorney in Philadelphia, told new prosecutors, “When you do have a black jury, you question them at length. And on this little sheet that you have, mark something down that you can articulate later. . . . You may want to ask more questions of those people so it gives you more ammunition to make an articulable reason as to why you are striking them, not for race.”

A consensus soon formed that the Batson remedy was toothless. In a 1996 opinion, an Illinois appellate judge, exasperated by “the charade that has become the Batson process,” catalogued some of the flimsy reasons for striking jurors that judges had accepted as “race-neutral”: too old, too young; living alone, living with a girlfriend; over-educated, lack of maturity; unemployed, employed as a barber; and so on. The judge joked, “New prosecutors are given a manual, probably entitled, ‘Handy Race-Neutral Explanations’ or ‘20 Time-Tested Race-Neutral Explanations.’”

As it turns out, that really happens. In the nineteen-nineties, the North Carolina prosecutors’ association held training sessions where prosecutors got one-page handouts such as “Batson Justifications: Articulating Juror Negatives,” which listed reasons for striking jurors based on traits like age and body language. A similar list distributed in 2004 to Texas prosecutors included justifications like “Agreed with O. J. Simpson verdict” and “Watched gospel TV programs.”

Stephen Bright, the president of the Southern Center for Human Rights, who is representing Foster on its behalf, argued and won a Batson appeal at the Supreme Court in 2008. But Bright, a longtime capital trial and appellate lawyer, doesn’t see that victory as a vindication of the procedure.

“It just makes such a farce of the system,” he said. “Nobody—the judge, the prosecutor, the defense lawyers—nobody thinks the reasons are really the reasons they strike the people. They strike the people because of their race. I mean, we all know that. And then you try to come up with a good reason for doing it and see if you can get away with it.”

“You’re asking the judge to say that the prosecutor intentionally discriminated on the basis of race, and that he lied about it,” he went on. “That’s very difficult psychologically for the average judge.”

There are no comprehensive statistics on how often prosecutors strike jurors based on race, but there is little doubt that the practice remains common, especially in the South. In Caddo Parish, Louisiana, prosecutors struck forty-eight per cent of qualified black jurors between 1997 and 2009 and only fourteen per cent of qualified whites, according to a review by the Louisiana Capital Assistance Center. In Jefferson Parish, where a quarter of the population is black, the split was even greater—fifty-five per cent to sixteen per cent—so that twenty-two per cent of felony trials between 1994 and 2002 had no black jurors. According to a 2010 report by the Equal Justice Initiative documenting discrimination in eight Southern states, half of all juries that delivered death sentences in Houston County, Alabama, between 2005 and 2009 were all white; the other half had a single black juror. Houston County is twenty-seven per cent black.

In 2012, the North Carolina Supreme Court found that in capital cases between 1990 and 2010 prosecutors statewide struck potential black jurors at twice the rate of non-blacks. A regression analysis showed that the disparity held even when controlling for other factors that correlate with race. In a pained opinion, the court concluded, “Race, not reservations about the death penalty, not connections to the criminal justice system, but race, drives prosecution decisions about which citizens may participate in one of the most important and visible aspects of democratic government.”

Why do race-based peremptory challenges persist? Because race is an unfortunate but powerful basis for generalization. To state the obvious, black people are more likely to have been targeted or abused by police; to be affected by the extreme racial disparities in arrests, incarceration, and the death penalty; and to understand that crimes against black victims are prosecuted less vigorously than those against whites. All things being equal, a prosecutor has reason to think that a black juror is less likely to side with the government against a black defendant than a white one. (Former prosecutors with whom I spoke stressed that attorneys defending black clients are just as likely to strike whites in order to get more blacks on the jury. The Supreme Court has held that defense strikes of white jurors also violate Batson.)

Research backs up the common-sense intuition that excluding black people from juries can influence verdicts. A 2004 study by the Capital Jury Project found that in cases with a black defendant and a white victim, having one or more black male jurors drastically lowered the chances of a death sentence. Experiments have shown that all-white mock juries spend less time deliberating, make more factual mistakes, and are more likely to convict a minority defendant than racially diverse juries. These studies suggest what some prosecutors have long assumed: striking potential black jurors raises the odds of a black defendant being convicted and increases the penalty he is likely to receive.

Even apart from trial outcomes, discriminatory strikes distort a basic premise of the jury system: the notion that a jury represents the whole community. “Maybe the most powerful thing that a citizen can do, more powerful than voting, is to serve on a jury,” Tye Hunter, the former director of the Center for Death Penalty Litigation, which brought the 2012 North Carolina case, said. “And the fact that black people are routinely over-excused from that duty is just another very public, very significant badge of inferiority and second-class citizenship.”

The defense bar celebrated Batson when it was decided. Even Justice Marshall, who had expressed concerns about its effectiveness, applauded the majority for taking “a historic step toward eliminating the shameful practice of racial discrimination in the selection of juries.” It’s clear today, though, that Batson rested on faulty assumptions. The Court placed too much faith in trial judges and underestimated prosecutors’ motivation to circumvent the rule, possibly because it refused to recognize that there was any rational reason to strike jurors based on race. And once it became clear that the Batson test wouldn’t do the trick, the Court refused to strengthen it. In fact, later decisions did the opposite, holding that judges can accept even a “silly or superstitious” reason—like a lawyer thinking that a prospective juror’s mustache is “suspicious”—as long as it doesn’t explicitly invoke race.

What should be done? In his Batson concurrence, Justice Marshall argued that only banning peremptory challenges would solve the problem. While that idea has picked up support from academics and judges, including Supreme Court Justice Stephen Breyer, it’s a political nonstarter. Most trial lawyers, even on the defense side, just don’t want to give up their ability to use strikes to shape the jury, and they have the clout to prevent it from happening.

Richard Bourke, who has worked on Batson appeals as the director of the Louisiana Capital Assistance Center, suggested that the most powerful, realistic reform would be to have states track the racial makeup of jury selection in the same way they track the racial statistics of traffic stops. He has a point. Neither courts nor legislatures will think seriously about replacing the feeble Batson procedure if there aren’t public objections to it. But cases like Timothy Tyrone Foster’s, where the defense uncovers the prosecution’s blatantly racist notes, are rare. Race-based peremptory strikes are almost always invisible, or at least, as Batson has shown, hard to prove. Only when such strikes are added up can they be seen. Batson is a reminder that a legal system formally blind to race is just as often blind to racism.

In: thenewyorker

Flexibilidad laboral y reducción de pobreza, por Víctor Ferro

Es imperativo que el Mintra reevalúe su política y examine con objetividad las solicitudes de cese colectivo.

La flexibilidad laboral suele ser estigmatizada como una coartada destinada a facilitar el abuso patronal y el incremento de las utilidades. Esta postura reduccionista simplifica el debate: por un lado, avariciosos empleadores sedientos de mayores ganancias; por otro, trabajadores condenados a cruel explotación.

Ahora bien, entre los objetivos inteligentes de desarrollo, los premios Nobel Finn Kydland, profesor de la Universidad de California, y Tom Schelling, de la Universidad de Maryland, y Nancy Stokey, de la Universidad de Chicago, señalan que el objetivo que mejor contribuye a la disminución de la pobreza es la reducción de las barreras al comercio internacional.

El Perú ha asumido este paradigma y ha celebrado numerosos tratados de libre comercio que favorecen el intercambio de bienes y servicios. Sin embargo, para hacer uso efectivo de estas ventajas se requiere que las empresas se encuentren en capacidad de competir en los mercados internacionales o que puedan afrontar exitosamente la competencia de productos importados no sujetos a altos aranceles.

La competitividad se vincula a un conjunto de factores, entre los que se encuentra el régimen laboral y, en particular, la regulación relativa a la desvinculación colectiva de personal, en cuanto esta incide en la capacidad de las empresas para adecuarse a la dinámica de una economía globalizada. Esta necesidad de adaptación constante implicará que en determinadas circunstancias resulte impostergable realizar un cese colectivo en el centro de trabajo. Entre sus razones más frecuentes destacan la necesidad de implementar medidas de austeridad y recorte ante situaciones de crisis o adecuar los requerimientos de personal a una reducción de las actividades del centro de trabajo.

En esta materia se contraponen dos derechos previstos en la Constitución: el derecho al trabajo, que integra el elenco de los derechos sociales y económicos, y el derecho a la libertad de empresa, que forma parte del régimen económico, vale decir, el derecho del trabajador a su empleo y el derecho del empleador a implementar medidas de racionalización de su fuerza laboral por razones impostergables. En la ponderación de ambos derechos no puede obviarse que el trabajador tiene en su empleo la fuente de su subsistencia, pero al mismo tiempo el derecho al trabajo resultará vaciado de contenido si la empresa colapsa y deja de requerir personal. Desde esta perspectiva, el cese colectivo de un grupo de trabajadores pasa a ser el mal menor y de ahí que el ordenamiento legal deba regular esta situación y la administración del trabajo velar por su correcta aplicación.

Desde esta perspectiva, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral establece que el cese colectivo procede siempre que se acredite la existencia de motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos, que la medida abarque por lo menos el 10% del personal de la empresa y que se obtenga la aprobación del Ministerio de Trabajo (Mintra). Sin embargo, con prescindencia de las razones objetivas que puedan haber sido sólidamente sustentadas, la política tradicional del Mintra consiste en no admitir estas solicitudes. Así, ante la inoperancia de estos procedimientos, los empleadores han dejado de recurrir a esta vía, quedando obligados por ende a negociar ceses voluntarios y, en muchos casos, a recibir por respuesta cifras inviables. Así, en diversos supuestos las desvinculaciones han resultado neutralizadas, dando lugar a puestos de trabajo superfluos que agudizan la situación de crisis del centro de trabajo, afectan su competitividad y, ciertamente, vulneran el derecho a la libertad de empresa.

La situación resulta aun más irracional cuando la desvinculación debe afectar a un colectivo menor al 10% del personal, lo que implica que no se pueda cumplir con el requisito cuantitativo. Para este escenario, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral admitía la posibilidad del cese sujeto al pago de la indemnización por despido injustificado. Sin embargo, como quiera que el Tribunal Constitucional invalidara este tipo de desvinculación, hoy resulta que en ese contexto el empleador carece de cualquier mecanismo legal que le permita realizar el cese colectivo, quedando así librado a la voluntad de la otra parte.

Resulta, pues, imperativo que el Mintra reevalúe su política y examine con objetividad las solicitudes de cese colectivo, cuya necesidad se encuentre debidamente acreditada y que al mismo tiempo se produzcan las rectificaciones jurisprudenciales que han desarticulado el régimen de estabilidad laboral vigente en nuestro país.

En: elcomercio

Tribunal Constitucional emite nuevo prededente vinculante: No podrán ser repuestos trabajadores estatales que no ingresaron por concurso público

El Tribunal Constitucional ha establecido como precedente vinculante que no podrá ordenarse la reposición a plazo indeterminado de los trabajadores del sector público que, pese a acreditar la desnaturalización de sus contratos temporales o civiles, no hayan obtenido una plaza en virtud de un concurso público de méritos. El trabajador despedido únicamente podrá solicitar una indemnización en el proceso laboral.

reinstatement

El ingreso a un puesto de trabajo a plazo indeterminado en la Administración Pública exige necesariamente un previo concurso público de méritos. Por ello, los jueces no podrán disponer la reposición laboral de un trabajador del sector público si no se comprueba, además de la arbitrariedad del despido, que previamente ha ganado un concurso público para una plaza presupuestada y vacante de duración indeterminada.

El Colegiado señaló que “el derecho de acceso a la función pública tiene como principio consustancial el principio de mérito”. Para ello, en los concursos públicos deberá evaluarse la capacidad, méritos y habilidades de los participantes, además de la idoneidad para el cargo al que postula y su comportamiento ético. Asimismo, la evaluación deberá caracterizarse por su trasparencia y objetividad, evitando actos que pongan en duda el carácter meritocrático del concurso.

Así lo determinó el Tribunal Constitucional en su más reciente precedente vinculante, emitido a raíz del proceso de amparo iniciado por Rosalía Huatuco (Exp. Nº 05057-2013-PA/TC). La regla antes señalada será vigente a partir del día siguiente de su publicación del diario oficial El Peruano, incluso para los procesos de amparo que actualmente se encuentran en trámite.

Ahora bien, el TC ha dispuesto que los procesos de amparo en trámite iniciados por trabajadores que no han ganado un concurso público, serán reconducidos a la vía ordinaria laboral para que pueda solicitar la indemnización que corresponda. Por el contrario, las demandas de amparo presentadas luego de la publicación del precedente serán declaradas improcedentes, sin que opere la reconducción antes mencionada.

Sanciones para quienes contraten mal

Por otra parte, el Tribunal indicó que las entidades estatales deberán imponer las sanciones que correspondan a aquellos funcionarios y/o servidores que incumplan las formalidades señaladas en la Constitución, la ley y su precedente vinculante, así como las disposiciones internas que cada entidad exige para la contratación del personal en el ámbito de la administración pública.

En ese sentido, la máxima autoridad de la institución estatal deberá determinar quién o quienes tuvieron responsabilidad en la elaboración del contrato temporal o civil que fue declarado desnaturalizado en un proceso judicial.

En: LaLey

Piura: Municipalidad pagará 10 millones de soles por trabajadores repuestos judicialmente

Según dirigente de la comuna de Piura, la mayoría entra por favores políticos por más de 3 meses y luego reclaman estabilidad laboral.

01 de Junio del 2015 – 10:25 | Piura – El secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales (SITRAMUNP), Rogelio Carrillo, informó que la comuna de Piura deberá pagar 10 millones por sentencias de trabajadores repuestos judicialmente.

“La mayoría entra por favores políticos, la gestión que entra contrata locadores por más de tres meses y luego reclaman estabilidad laboral”, refirió.

Carrillo precisó que la gestión obrista favoreció a 200 trabajadores de las áreas de limpieza pública y serenazgo.

El dirigente señaló que este año se deberán cancelar 5 millones y en 2016 los 5 millones restantes. Agregó que esta deuda no solo incluye sueldos , sino también beneficios laborales de los trabajadores repuestos.

Por su parte, el jefe de la oficina de personal, Danilo Gallo, señaló que la actual gestión no ha contratado ningún obrero ni técnico administrativo. Sostuvo que de ser el caso solo serán contratados bajo el régimen de la ley 728, según lo exige la ley servir.

En: correo

1 2 3 4