Oficializan ley de CTS y exoneración de descuentos a gratificaciones

Este miércoles se publicó en el diario oficial El Peruano la ley que exonera de descuentos a las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad de manera permanente.

La norma establece que el monto que abonan los empleadores por concepto de aportaciones a EsSalud con relación a las gratificaciones son abonadas a los trabajadores como bonificación extraordinaria

Además se dispone que los trabajadores puedan utilizar el 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas de los depósitos de CTS.

Ambas disposiciones forman parte de la Ley que establece medidas para dinamizar la economía en el año 2015 (Ley N° 30334) y que entra en vigencia a partir del jueves 25 de junio.

La norma lleva la firma de la presidenta del Congreso, Ana María Solórzano, está fechada el 18 de junio de 2015 y entra en vigencia desde este jueves 25 de junio.

¿Cómo hago para retirar el excedente de la CTS?

La semana pasada el pleno del Congreso aprobó la ley que permite a los trabajadores una mayor disponibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de manera permanente.

De esta manera, se podrá retirar el 100 por ciento del excedente de cuatro sueldos de la cuenta CTS. Anteriormente solo se podía disponer del 70 por ciento del exceso de seis sueldos, comentó la laboralista Sara Campos, gerente del área laboral de la consultora Deloitte Perú.

“Bueno si una persona gana mil soles, y tiene años en la empresa, tiene que por lo menos tener más de cuatro en la empresa para que funcione esta disposición (…) esos cuatro años, son cuatro mil soles, esta persona tendrá que tener más de 4 mil soles para poder retirar un exceso de la CTS, siete mil, seis mil, y esos dos mil recién retirarlo”, precisó Campos.

Si desea retirar el excedente de su CTS, primero deberá informarlo a su empleador para que éste emita una carta a la institución financiera donde tiene sus depósitos, con el monto intangible y el disponible.

La empresa donde labora tendrá un plazo de cinco días para realizar el trámite. Una vez concluido, el trabajador podrá acercarse al banco para cobrar su dinero.

“Le informa al empleador, le presenta una solicitud indicando que requiere retirar el exceso de sus cuatro remuneraciones, y que por favor le informe al banco a cuánto asciende esas cuatro remuneraciones, entonces el empleador tiene cinco días desde que le comunica el trabajador para informar a la entidad bancaria a cuánto asciende las cuatro remuneraciones del trabajador”, detalló Campos.

A pesar que esta ley ya fue promulgada por el Congreso, los trabajadores recién podrán hacer efectivo el retiro del excedente de su CTS al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, lo cual ocurriría este martes.

En: RPP

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