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LA ÉTICA EN LA PUBLICIDAD. REFLEXIONES EN TORNO AL ESCÁNDALO DE LA LECHE

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Las últimas noticias relacionadas con la venta de leche de determinada marca en el mercado que no tendría realmente las características biológicas de lo que es en esencia leche sino que realmente es todo lo contrario en el sentido que es un jugo de soya, con aceite de palma,  saborizado con algunos componentes artificiales,  ha generado un gran debate en el Perú, a tal punto que la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios ha decidido iniciar una acción legal.

Más allá del engaño, de lo que en efecto constituye esta publicidad engañosa  de la empresa y la forma como vende su producto, lo que hay que analiza, e   que se pone en el tapete una vez más el debate respecto del marco ético con el que las empresas operan en el mercado peruano.

Todos sabemos que para emitir una buena publicidad y para que esta tenga un mensaje residual adecuado, que no sea lesivo a los intereses de los consumidores, debe cumplir ciertos principios, y dentro de estos principios de la publicidad -que se estudia en cualquier curso básico de competencia desleal, publicidad o protección del consumidor- está el llamado principio de veracidad, que no es nada más que anunciar lo que realmente tiene un producto e informar respecto de las características y atribuciones que poseen.

Este principio es la piedra angular de la industria publicitaria, porque tiene que ver mucho con la información que se traslada al consumidor, toda vez que los consumidores establecen relaciones de consumo y toman decisiones de mercado sobre la base de lo que escuchan, ven y se les ofrece mediante la información. Si esta información es engañosa o carece de verdad, obviamente esa publicidad va tener un impacto negativo, porque el consumidor tomará una decisión ineficiente e  inadecuada en el mercado.

Desde este punto de vista, una publicidad que atenta contra el principio de veracidad es una clara demostración de la ética con la que se desenvuelve una empresa en el mercado.

Desde hace buen tiempo vengo trabajando normas de responsabilidad social y de buen gobierno corporativo (hoy en día, conocidas como normas de compliance) y también, considero que hay normas de compliance fundamentalmente destinadas al mercado, y como lo he dicho siempre: la principal responsabilidad de una empresa es satisfacer las necesidades de los consumidores con productos y servicios de calidad.

Esto es una clara demostración de que esta empresa no tiene idea de lo que significa responsabilidad social empresarial y el buen gobierno corporativo de cara al mercado. Una empresa tiene una licencia del Estado para operar legalmente en el mercado, tiene un rol importante en la comunidad, no solamente tiene un fin de negocios o rentista tal como lo he señalado en varias oportunidades en diversos artículos, sino que una empresa se debe al mercado, porque somos los consumidores los que le damos vida con nuestras decisiones de consumo y no hay ningún derecho que nuestras decisiones de consumo sean mediatizadas a través de mensajes publicitarios erráticos y  engañosos.

Se supone que un mensaje residual, un menaje captatorio de cada spot publicitario debe ser positivo debe ser algo que me deje un información veraz para yo poder elegir y comprar.

En este punto es importante prestar atención al rol que cumplen las Instituciones del Estado que velan por el mercado, llámese INDECOPI, MINAGRI, INACAL, DIGESA, entre otras; y cabe preguntarse  por qué tiene que ser un país extranjero como Panamá con controles más rigurosos y más eficientes que los nuestros, quien tenga que darse cuenta de las malas prácticas de algunas empresas y no nuestras Instituciones tutelares del mercado que deben garantizar la idoneidad de los productos alimenticios que los peruanos llevamos a nuestras mesas.

En correlato con lo expuesto, cabe preguntarnos ¿cuál es el rol que cumplen las Asociaciones de Consumidores? Han denunciado con anterioridad o no lo han hecho, han cumplido o no su rol vigilante que les corresponde en el mercado, han reparado en estos temas?

Las investigaciones se harán,  las sanciones legales seguramente  vendrán, dentro del marco del debido proceso y las instituciones velarán por los intereses de los consumidores, asumiendo el papel que le corresponde; pero nos toca a los consumidores reflexionar sobre el tema y estar atentos a la hora de comprar.

A veces en clase, algunos alumnos me preguntan: Doctor, ¿no es obligación del consumidor leer y si no ha leído es culpa? Incluso he escudado en la radio algunas personas que le echan la culpa al consumidor por no leer, esto es muy fácil y un razonamiento simplista.

El consumidor es una persona que actúa de buena fe en el mercado, son las empresas las que tienen la responsabilidad para expresar la información y el etiquetado que la ley obliga, el consumidor no está obligado por la ley a leer. Son las empresas las que tienen una patente del Estado, tienen una licencia para vender y cumplir las normas mínimas de ética, de consumidor y de publicidad.

Hay quienes han salido a decir que esto pasa porque los consumidores no son razonables o no leen. Yo siempre he dicho en clase, ¿si el cosnumidor no sabe leer? O ¿no entiende lo que lee? O ¿es una persona adulta que lee con dificultad las etiquetas? Evidentemente siempre es bueno a leer, pero no estoy en obligación a hacerlo, la empresa es la obligada a cumplir las normas que la ley establece, tiene un mandato de respetar las disposiciones legales más aun en temas de publicidad.

Lo ocurrido es una gran lección y nos pone una vez más en el debate de lo que siempre he señalado, el marco ético con el que se desenvuelven algunas empresas en el mercado. Una sociedad sana, necesita de empresas sanas. Una sociedad es enferma, porque sus actores también están enfermos y no actúan con la ética que demanda el mercado, y nos referimos a la ética de hacer el bien, de no dañar, de hacer lo correcto, de dejar de lado lo estrictamente legal y contractual, para reemplazarlo por la gestión empresarial socialmente responsable, que no piense solo en su rentabilidad económica , sino también en la rentabilidad social que deja siempre el impacto positivo de una buena gestión de negocios, ética, sostenible, transparente, positiva y responsable de cara a un mercado más competitivo y creciente.

 

APUNTES AL LIBRO DE RECLAMACIONES Y UNA EFECTIVA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE EL PROVEEDOR Y EL CONSUMIDOR

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El reciente Decreto Supremo N° 058-2017-PCM, publicado el lunes 29 de mayo, ha traído consigo una serie de modificaciones que apuntan a dejar en claro la solución de controversias que se suscitan constantemente entre el proveedor y el consumidor.

Esta norma es una decisión acertada porque permite acortar los reclamos innecesarios y llegar a un acuerdo con el proveedor de manera más inmediata y en ese sentido viabiliza mejor los reclamos y da soluciones rápidas, precisas y coherentes con el deseo de los propios consumidores en el lugar y momento mismo de los hechos, con lo cual ganamos todos, los empresario, los consumidores y el propio Estado.

Por otro lado, esta norma requiere de un gran sentido de responsabilidad y de buen trato al cliente de parte de los operadores de mercado  porque deben tener voluntad conciliatoria, apertura, decisión  rápida y en general una visión no solo de costo beneficio, sino de responsabilidad social y de buenas prácticas para evitar recamos posteriores por cosas a veces muy simples, es decir un manejo sistémico adecuado , responsable  y cara a crear una cultura empresarial responsable , que entienda que el consumidor es la razón del mercado y que sin ellos no hay consumo y por ende no hay negocio, lo que implica un gran esfuerzo por alinearse a las nuevas tendencias de la responsabilidad social empresarial, donde la primera tarea es la calidad en todo sentido .

Por otro lado para que funcione bien esta norma es necesario también un cambio chip de parte de los consumidores, no reclamar por reclamar, no pelearse, sino también tener vocación conciliatoria, si es que se le ofrece subsanar el reclamo con una propuesta que lo satisfaga, no es una herramienta para negociar de manera indebida y de tratar de aprovecharse de la situación , sino de actuar con altura, demostrando una cultura de consumo responsable.

Si ambas partes actúan de manera alineada  a los objetivos de la norma, ganará el mercado en general y se fortalecerá el sistema de protección al consumidor en el país.

Por medio del Decreto Supremo, se ha incorporado el artículo 6-A al Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor, que establece:  “Si ante el registro de un reclamo, el proveedor ofrece una solución que satisface el pedido del consumidor, aquél debe dejar constancia expresa de lo ofrecido, y el consumidor, de estar de acuerdo, presta su conformidad declarando expresamente “ACUERDO ACEPTADO PARA SOLUCIONAR EL RECLAMO” u otra frase que permita dejar constancia indubitable que acepta la propuesta ofrecida por el proveedor para dar por solucionado su reclamo.

Asimismo, para dejar constancia de la solución ofrecida por el proveedor y la aceptación del consumidor, se considera lo siguiente:

  1. a) Para soluciones ofrecidas de manera presencial:

El proveedor deja constancia de su ofrecimiento en la sección de la Hoja de Reclamación denominada “Observaciones y acciones adoptadas por el proveedor” y el consumidor debe prestar su conformidad con la indicación “ACUERDO ACEPTADO PARA SOLUCIONAR EL RECLAMO” u otra frase equivalente y, en esa misma sección, consignar su firma. Por su parte, el proveedor consignará su firma en la sección del lado derecho denominada “Firma del Proveedor”. En estos casos, un ejemplar de la Hoja de Reclamación o de su constancia impresa –tratándose de reclamos registrados a través de un Libro de Reclamación Virtual– permanece en poder del proveedor y otro ejemplar debe ser entregado al consumidor.

  1. b) Para soluciones ofrecidas de manera no presencial:

El proveedor puede remitir su ofrecimiento vía correo electrónico o emplear cualquier otro medio que permita dejar constancia documental de su propuesta. En estos supuestos, se requiere la respuesta del consumidor mediante la cual acepte expresamente el ofrecimiento del proveedor, con la indicación “ACUERDO ACEPTADO PARA SOLUCIONAR EL RECLAMO” u otra frase equivalente. La respuesta del consumidor puede ser enviada por correo electrónico o cualquier otro medio que permita dejar constancia documental de su aceptación.

El envío del ofrecimiento del proveedor suspende el cómputo del plazo previsto en el artículo 6 de este Reglamento por el plazo máximo de diez (10) días calendario. Si el consumidor no manifiesta su aceptación expresa dentro de dicho plazo, se tiene por rechazada la propuesta y subsiste la obligación del proveedor de emitir una respuesta formal al reclamo.

También se establece en la norma que la hoja de reclamación del Libro de Reclamaciones Físico, constancia impresa del Libro de Reclamaciones Virtual, intercambio de correos o de cualquier otra comunicación que cumpla con las formalidades pertinentes, tiene los efectos de un acuerdo que pone fin a la controversia, y obliga al proveedor a cumplir con las prestaciones asumidas en mérito a lo ofrecido al consumidor.

Finalmente, debemos señalar que estas nuevas medidas permiten acercar a los consumidores y proveedores hacia una rápida solución a los problemas derivados en cuanto a la atención, servicio o producto, y consolidan progresivamente el Sistema de Protección al Consumidor, que requiere medidas como esta que creen confiabilidad en el sistema, y que promuevan cultura de consumo responsable.

ACCIONES SOBRE LA INFRACCIÓN MARCARIA Y NUEVAS DISPOSICIONES PARA EL REGISTRO MARCARIO

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La Presidencia de Concejo de Ministros, continuando con las medidas normativas promotoras de la libre iniciativa privada y la seguridad jurídica que busca el panorama empresarial, así como el fomento de la inversión ha dictado  el Reglamento de las Disposiciones Complementarias a la Decisión 486 de la Comunidad Andina, Decreto Supremo N° 059-2017-PCM.

Esta norma tiene por objetivo viabilizar mejor el registro marcario para dar facilidades de subsanación oportuna a los usuarios cada vez que efectúen su registro. No olvidemos que la marca no solo es una registro , sino que es en esencia una herramienta de la competencia, creada por los operadores de mercado para identificar y singularizar su negocio y sobre todo una herramienta que les garantiza identidad para posicionarse en el mercado y ganar  clientes, por lo que toda norma que apunte a fortalecer el sistema de registra para facilitar a los operadores de  mercado garantizar su patrimonio intangible, será siempre bienvenida , además de estar en línea con el discurso actual del Estado que  es hacer más simples y transparentes la gestión pública de las instituciones, en este caso el INDECOPI .

En efecto, la norma  establece que de no contener la solicitud de registro de marca los requisitos exigidos por ley, la Unidad de Trámite Documentario debe requerir inmediatamente al solicitante para que complete los mismos dentro del plazo de sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha de notificación, sin asignarle número de expediente ni fecha de presentación. Asimismo, la Unidad de Trámite Documentario debe mantener la custodia de la solicitud de registro de marca presentada hasta que el administrado cumpla con subsanar tales requisitos.

Si transcurriera el plazo indicado en el párrafo precedente sin que el solicitante hubiese cumplido con subsanar la totalidad de los requisitos enumerados en el artículo 52 de la Ley, la Unidad de Trámite Documentario devolverá al solicitante los documentos que hubiese presentado.

Cabe recordar que los requisitos establecidos por el artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1075 sobre la Propiedad Industrial son:

  1. la indicación que se solicita el registro de una marca;
  2. los datos de identificación del solicitante o de la persona que presenta la solicitud.
  3. la marca cuyo registro se solicita.
  4. la indicación expresa de los productos y/o servicios para los cuales se solicita el registro de la marca; y,
  5. el comprobante de pago de las tasas establecidas.

Si alguno de estos requisitos exigidos no fuese detectado por la Unidad de Trámite Documentario, la instancia respectiva procederá a solicitar la subsanación. De transcurrir el plazo de 60 días, sin que el solicitante cumpla con subsanar la totalidad de los requisitos, la solicitud se tiene por no presentada.

Otro punto importante establecido por el nuevo Decreto Supremo N°059-2017-PCM, es que las medidas cautelares dictadas en procedimientos relacionados con la presunta infracción a derechos de propiedad industrial, vinculados con mercancía que se encuentra almacenada en depósitos temporales autorizados por la Sunat, son comunicadas a los correos electrónicos proporcionados por dichos depósitos, precisándose el tipo de medida cautelar a cumplir y la identificación de la mercancía sobre la cual recae la misma.

En líneas generales, es una norma razonable, sistémica y que ayuda a gestionar más eficientemente el registro marcario de cara a los ciudadanos.

PERÚ ECONÓMICO EN EL 2017. ANÁLISIS DE LA ECONOMÍA PERUANA A MAYO DEL 2017

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Las presentes variables económicas no solamente son la expresión de la conducta de los hombres, sino también son expresión de la coyuntura por la que atraviesa el Perú, por ello en esta oportunidad presento las cifras del comportamiento económico de nuestro país, contrastadas con el comportamiento de otros países a nivel regional e internacional.

Como siempre gracias a la gentil colaboración de nuestro dilecto amigo, el economista Javier Zuñiga, uno de los profesionales en la materia más reconocidos del país, quien con mucha maestría y estudio propio del análisis de un académico reconocido, nos muestra el comportamiento económico en el multinivel internacional. Sin duda alguna un gran aporte en materia académica y para quienes son seguidores de nuestro blog.

Mediante esta palestra académica, le agradezco a Javier Zuñiga, la oportunidad de compartir su trabajo, un trabajo de filigrana hecho en variables económicas.

A continuación, un breve detalle de lo que expresa Javier, respecto de la economía del país hasta el mes de mayo.

Las cifras económicas al mes de mayo del presente año, nos muestran variantes que tomaremos en consideración para este reflexivo análisis de las potencialidades y perspectivas que nos ofrece la economía del país en lo que va del año y en lo que se puede vislumbrar al 2018.

La proyección del crecimiento del PBI anual nos muestra un 3.0% de crecimiento de la producción nacional, porcentaje que nos coloca en una posición expectante respecto de países de la región como Chile (1.67% – porcentaje menor al anterior mes) o Colombia (2.45% – porcentaje menor al anterior mes), mientras que a nivel americano se muestran cifras más alentadoras respecto de países como México (1.67%), Canadá (1.94%) y Estados Unidos (2.31%).

La deuda externa al 2017, representa un 7.7% equivalente a US$ 15,046 mil millones de dólares norteamericanos, deuda que ha sido reducida desde el 2014 cuando su equivalente correspondía a un 8.2%, es decir, unos US$ 16,650 mil millones de dólares norteamericanos.

Países como Colombia o Chile muestran deudas externas que rodean los US$ 150, 000 mil millones de dólares norteamericanos, mientras que México cuenta con una deuda externa de US$ 412,033 mil millones, es decir, un 43,6% de su PBI.

La inflación anual del año 2016 fue de 3.25% para Perú, se estima que para el 2017 terminemos con una inflación de 3.80%, sin haber precisado los desastres naturales que azotan la costa peruana, y que pueden causar altos y bajos en la inflación nacional, debido a la escasez de productos.

De acuerdo con las expectativas del crecimiento peruano, tanto las  Instituciones Internacionales como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y el CEPAL, así como las Instituciones Nacionales como el Ministerio de Economía y Finanzas y Banco Central de Reserva del Perú han establecido que el crecimiento económico del Perú al 2017 es de 3.5%.

El tipo de cambio mensual de moneda nacional a dólar norteamericano es de 3.29 y se proyecta que a diciembre del presente año el tipo de cambio sea de 3.40.

En cuanto al PBI por sectores, el sector agropecuario se muestra constante en una variable de 2.5; el sector pesquero muestra un alza a razón de 13.6; la minería e hidrocarburos una baja constante que rodea los 6.9 – lejos del 16.3 del año pasado-; el sector de energía muestra una proyección de 4.6; y los sectores de construcción, comercio, servicios y manufactura muestran índices equivalentes a 2.5.

Dentro de las nuevas cifras que ha estudiado el Dr. Zuñiga, podemos observar el índice de competitividad del Perú, que actualmente se encuentra en el puesto número 67 de los 138 países. Asimismo, se muestran los factores problemáticos para realizar un negocio o una inversión en nuestro país, siendo las barreras burocráticas el principal problema; seguido de la regulación laboral restrictiva, la corrupción y la falta de servicios de infraestructura. Problemas menores los constituyen la regulación tributaria, tasas impositivas y el crimen.

Como podemos observar los índices y variables económicas son de sustantiva importancia para comprender las expectativas y posibilidades de nuestra economía de cara a las exigencias nacionales e internacionales que debemos corresponder para lograr un desarrollo más extensivo a todos los ciudadanos de nuestro país.

EL ROL DE LOS CONSUMIDORES EN EL MERCADO. REFLEXIONES SOBRE EL POSICIONAMIENTO DE LAS MARCAS

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Hace unos días un alumno me pregunto en clase si el consumidor tenía participación en la puesta en el mercado de los productos o servicios de las empresas productoras y si el consumidor tiene un mínimo grado de participación en la creación de marcas de las empresas. Evidentemente yo le contesté que si.

Si bien es cierto no se ha prestado mucha importancia a la participación del consumidor en estos casos, es evidente que el consumidor juega un papel y un rol importante en la determinación y estructuración de un signo distintivo de una empresa, porque es el consumidor quien le da vida al mercado con sus actos de consumo.

El consumidor va a expresar si le gusta o no el producto, determinará las características del producto que sean de su agrado, es el consumidor que va a discutir si la marca es bonita o no, si es decorativa, es el mismo quien le da el grado de recordación, penetración y reconocimiento a la marca en el mercado; y es en función de los actos de consumo, que esa marca se va a posicionar en el mercado de manera relevante y le va a dar un señoría y reconocimiento en el mercado.

Las empresas que tienen una o más marcas, no deben olvidar que la marca es un instrumento de la competencia, pero para que una marca exista no vasta el registro, no va la inscripción en la Dirección de Signos Distintivos del INDECOPI, este es un requisito legal y un trámite administrativo, que si bien resulta importante y no se puede dejar de lado, lo más importante es que la marca exista en la cabeza de los consumidores y que esta marca haya adquirido tal reconocimiento que cuando una persona pida un producto no lo pida por el nombre genérico sino lo pida por la marca.

Como cuando vamos a comprar Kolinos, Toyota, San Luis, Coca Cola; en estos supuestos lo que estoy mencionando son marcas, no estoy pidiendo nombres genéricos del producto, porque la marca se ha enseñoreado detrás de él, y evidencia que detrás de ella hay un producto.

En este sentido, el consumidor es un protagonista importante en la construcción del posicionamiento marcario de las empresas, porque el con sus actos de consumo, genera la preferencia, generando acercamiento entre las marcas y sus clientes, de tal manera, que para nosotros el consumidor si tiene un rol importante en la presentación de productos en el mercado y más aún, en la gestación y posicionamiento de las marcas.

 

DÍA MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. REFLEXIONES SOBRE SU PROMOCIÓN Y DESARROLLO.

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El día de ayer 26 de abril se celebra el día mundial de la Propiedad Intelectual, y es un día importante para reflexionar sobre el papel de la propiedad intelectual en el desarrollo de los países. En efecto, la propiedad intelectual surte un rol muy importante en el desarrollo de un país, porque expresa el nivel de creatividad y la capacidad creativa e inventiva de los seres humanos.

En el caso concreto del Perú, es una oportunidad para reflexionar cuál es el nivel que hemos tenido en esta materia, cual es el avance que se ha podido observar en las últimas décadas; no solamente a nivel normativo, institucional – a través de Indecopi, que viene haciendo esfuerzos por establecer un sistema ágil, transparente, muy avanzado desde el punto de vista administrativo y funcional, para la mejor gestión de los elementos de propiedad intelectual que le son confiados a su registro – ; sino que lo más importante es promover más propietarios intelectuales,  y eso únicamente se puede hacer a través de una política pública que esté dirigida a la promoción de la propiedad intelectual en el país implicando: promover creatividad, investigación, nuevas líneas investigativas a través de los Centros de Educación Superior, que finalmente se materialicen en un producto intelectual que sea capaz de empujar la barrera del conocimiento y la tecnología para el país.

La propiedad intelectual hace crecer al país, pero también hacen crecer a las personas, por ejemplo, los inventos implican el desarrollo tecnológico del país. Un invento hace crecer al país, empuja la barrera del conocimiento, porque se inventa para ser feliz, para mejorar el puesto del hombre en el cosmos, para trascender, para hacer cada día más confortable la vida de las personas en nuestro mundo. Esto es propiedad intelectual,  esto es creatividad, el invento se ha hecho para hacer un mundo cada vez más confortable, desarrollado, creciente y extendido con oportunidades para todos.

Varias reflexiones vienen a la mente cuando hablamos del tema. Existe una que me ha preocupado siempre es: si tenemos una legislación andina en propiedad industrial y derechos de autor, es decir, propiedad intelectual en general, ¿por qué no tenemos un registro comunitario andino?

Un solo registró para todos los países de la Comunidad Andina de Naciones. Esto ahorraría costos, esto generaría economía a escala, pero sobretodo nos fortalecería y nos uniría más como lo que somos en esencia, un club de países emergentes que apostamos por el desarrollo. Países que necesitan articularse de manera general, y una de las formas de comenzar a hacerlo es por medio de la propiedad intelectual, es decir, que haya como en Europa la marca comunitaria europea, con sede en Alicante, España; o la patente comunitaria europea, con sede en Munich, Alemania.

Estos son un gran ejemplo, y a esto deberíamos enfocarnos en materia de propiedad intelectual. Creemos que es hora que los países andinos se pongan de acuerdo y creen un sistema, porque todo está por hacer, lo importante es tener la voluntad política para hacerlo.

Crear un Sistema de Patentes y Marcas comunitarias a nivel Andino o Latinoamericano, generaría un registro de propiedad adecuado a la necesidad como región. Esto generaría varias ventajas estratégicas al país, como potenciar el desarrollo. Han habido varios argumentos por los cuales no se ha dado estos mecanismos, algunos dicen que todos los países no tienen la misma hegemonía ni estructura política, otros dicen que cada país tiene un nivel de desarrollo diferentes, hay diferencias grandes y políticas dispares en materia económica y social. Lo importante es sentarnos a encontrar un punto de equilibrio.

Es hora de que avancemos a un sistema de propiedad intelectual andino y que se creen mientras tanto, una oficina de armonización interna, que armonice a los países de la Comunidad sus legislaciones con miras a tener un solo procedimiento andino.

A celebrar, a promover y difundir la propiedad intelectual, esta debe ser una consigna para los peruanos en estos días.

 

PERÚ ECONÓMICO EN EL 2017. ANÁLISIS DE LA ECONOMÍA PERUANA A MARZO DEL 2017

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La economía si bien es cierto se expresa en número no deja de ser una ciencia social, toda vez que lo que reflejan los guarismos es producto de la conducta de los hombres en función de sus determinaciones económicas.
Las variables económicas expresan lo que el hombre es capaz de introducir, es capaz de hacer, etc., de manera que siempre hay una variable social y humana en las variables económicas.
La economía en tiempos de crisis también tiene una expresión, crisis provocadas por los hombres o por los fenómenos naturales – como es el caso de Perú-. Estas crisis se reflejan en el comportamiento de las variables económicas.
Situaciones como las provocadas por el niño costero, que han generado pérdidas de vidas humanas o de bienes materiales, repercuten estadísticamente en las variables económicas, se genera así una contracción de la demanda y evidentemente de la oferta, como paso hace algunos días con el tema del limón y otros productos alimenticios.
Las presentes variables económicas no solamente son la expresión de la conducta de los hombres, sino también son expresión de la coyuntura por la que atraviesa el Perú, por ello en esta oportunidad presento las cifras del comportamiento económico de nuestro país, contrastadas con el comportamiento de otros países a nivel regional e internacional.
Como siempre gracias a la gentil colaboración de nuestro dilecto amigo, el economista Javier Zuñiga, uno de los profesionales en la materia más reconocidos del país, quien con mucha maestría y estudio propio del análisis de un académico reconocido, nos muestra el comportamiento económico en el multinivel internacional. Sin duda alguna un gran aporte en materia académica y para quienes son seguidores de nuestro blog.
Mediante esta palestra académica, le agradezco a Javier Zuñiga, la oportunidad de compartir su trabajo, un trabajo de filigrana hecho en variables económicas.
A continuación, un breve detalle de lo que expresa Javier, respecto de la economía del país hasta el mes de marzo.
Las cifras económicas al mes de marzo del presente año, nos muestran variantes que tomaremos en consideración para este reflexivo análisis de las potencialidades y perspectivas que nos ofrece la economía del país en lo que va del año y en lo que se puede vislumbrar al 2018.
La proyección del crecimiento del PBI anual nos muestra un 3.0% de crecimiento de la producción nacional, porcentaje que nos coloca en una posición expectante respecto de países de la región como Chile (2.52%) o Colombia (2.45%), mientras que a nivel americano se muestran cifras más alentadoras respecto de países como México (2.27%), Canadá (2.13%) y Estados Unidos (2.27%).
El PBI per cápita nos muestra cifras en crecimiento, aún lejos de países como Estados Unidos, Alemania, Canadá, Japón, Corea del Sur; pero cercanas a las economías de nuestra región como Chile ($ 12,909.81), México ($ 8,698.59), Brasil ($ 8,586.55), Ecuador ($ 5,996.70). El Perú cuenta con $ 5,726.93 al análisis de las cifras del 2016.
La inflación anual del año 2016 fue de 3.25% para Perú, se estima que para el 2017 terminemos con una inflación de 3.80%, sin haber precisado los desastres naturales que azotan la costa peruana, y que pueden causar altos y bajos en la inflación nacional, debido a la escasez de productos.
El tipo de cambio mensual de moneda nacional a dólar norteamericano es de 3.29 y se proyecta que a diciembre del presente año el tipo de cambio sea de 3.40.
Entre las nuevas cifras que podemos observar destacan la cuantificación y cualificación del índice de confianza empresarial, que en un rango de 12 meses se muestra estable en un 66% de confiabilidad, aceptación y posibilidad de inversión en nuestro mercado nacional.
En cuanto al PBI por sectores, el sector agropecuario se muestra constante en una variable de 2.5; el sector pesquero muestra un alza a razón de 13.6; la minería e hidrocarburos una baja constante que rodea los 6.9 – lejos del 16.3 del año pasado-; los sectores de construcción, comercio, servicios y manufactura muestran índices equivalentes a 2.5.
Como podemos observar los índices y variables económicas son de sustantiva importancia para comprender las expectativas y posibilidades de nuestra economía de cara a las exigencias nacionales e internacionales que debemos corresponder para lograr un desarrollo más extensivo a todos los ciudadanos de nuestro país.

EN EL DÍA MUNDIAL DEL AGUA, USÉMOSLA CON RESPONSABILIDAD

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El 22 de marzo se celebró el día mundial del agua y es una oportunidad para reflexionar sobre el papel y el rol ciudadano que hemos asumido respecto del uso de nuestros recursos hídricos de manera responsable, sostenible y eficiente.
En momentos en que nuestro país sufre graves daños materiales y personales a consecuencia de las fuertes lluvias y los huaycos causados por el fenómeno del niño, lo primero que debemos preguntarnos es ¿Cuál es la cultura que hemos asumido en relación al respeto a los cauces naturales de los ríos, el respeto al nivel de los acuíferos y sobre todo la cultura que hemos asumido en relación al agua y su uso sostenible, eficiente y seguro.
El agua y el derecho que tenemos todos los seres humanos a acceder a ella en condiciones de salubridad y equidad es un tema de Estado y además es un tema de agenda pública y como tal debe movilizar no solo a la población para persuadirla de usar el agua responsablemente y entender que el agua cuesta llevarla a cada vivienda , sino que también es un tema que debe estar en los planes de trabajo del Poder ejecutivo a través de los sectores mas vinculados al recurso hídrico, es decir , agricultura, vivienda, salud, minería , servicios públicos y otros.
Si el Perú como hoy tiene abundancia de agua, entonces debemos movilizarnos para usarla y aprovecharla con eficiencia, en materia de agricultura, salud, minería, etc. . El agua es fuente de vida y adecuadamente suministrada tiene un impacto importante en la salud de las personas y el Estado debe apuntar a dotar a los ciudadanos del recurso hídrico que nuestra madre naturaleza nos provee.
Según las Naciones Unidas, el agua es un elemento esencial del desarrollo sostenible. Los recursos hídricos, y la gama de servicios que prestan, juegan un papel clave en la reducción de la pobreza, el crecimiento económico y la sostenibilidad ambiental. El agua propicia el bienestar de la población y el crecimiento inclusivo, y tiene un impacto positivo en la vida de miles de millones de personas, al incidir en cuestiones que afectan a la seguridad alimentaria y energética, la salud humana y al medio ambiente.
En la actualidad más de 663 millones de personas viven sin suministro de agua potable cerca de casa, lo que les obliga a pasar horas haciendo cola o trasladándose a fuentes lejanas, así como a hacer frente a problemas de salud debido al consumo de agua contaminada.
Según datos estadísticos de las naciones Unidas :
• Mundialmente, más del 80% de las aguas residuales que generamos vuelve a los ecosistemas sin ser tratada ni reciclada.
• 1800 millones de personas usan una fuente de agua contaminada por material fecal, poniéndolas en riesgo de contraer el cólera, la disentería, el tifus o la polio. El agua no potable, y unas pobres infraestructuras sanitarias, así como la falta de higiene, causa alrededor de 842 000 muertes al año.
• Las oportunidades de explotar las aguas residuales como un recurso son enormes. El agua tratada de una forma segura es una fuente sostenible y asequible de agua y energía, así como para obtener nutrientes y otros materiales recuperables.

DESPENALIZACION DE LAS CONDUCTAS DE ACAPARAMIENTO LESIONAN SERIAMENTE LOS INTERESES DE LOS CIUDADANOS CONSUMIDORES EN EL PERU

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El año 2008 con la ocasión de adecuar las normas internas al Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, el gobierno de ese entonces emitió el Decreto legislativo 1034, llamado Ley de Conductas Anticompetitivas, en el cual estableció una serie de reglas en materia de libre competencia que contiene claras omisiones a categorías conceptuales modernas en la doctrina del Derecho de la Competencia y lo que es más grave a pesar de no estar facultados para ello, porque la autorización del Poder Legislativo al ejecutivo se dio solamente para temas económicos y de mercado, sin embrago terminaron derogando varios artículos del Código Penal, sin estar facultados para ello, y ahora recién se observa las consecuencias de esa norma que no consideró un marco legal doctrinariamente suficiente, preciso y coherente para garantizar al país un sostenido crecimiento del mercado en condiciones, éticas, de transparencia y competitividad

Al legislar y aprobar el Decreto Legislativo 1034 , no se consideró que el funcionamiento competitivo de los mercados requiere una adecuada legislación de competencia para que haya eficiencia económica, y hoy es necesario una mayor vigilancia de los poderes públicos con el fin de que las fuerzas del mercado se desarrollen eficiente y eficazmente y para que encuentres espacios suficientes para crecer en condiciones de igualdad y de auténticas condiciones de competencia efectiva, con un cuadro normativo, adecuado, que tenga en consideración los derechos de los consumidores.
La despenalización de las conductas de abuso de poder económico

Lo primero que es necesario analizar, es si esta modificación es pertinente en los actuales momentos de integración de mercados, donde la dinámica económica impone una serie de conductas lesivas a los bienes jurídicos tutelados por la dogmática penal .

Carneluti, expresaba que la regla fundamental de una norma es la simetría,. es decir una relación adecuada que guarde equidistancia entre la prescripción legal y la realidad en la que opera la norma para garantía de sus destinatarios y del sistema jurídico en general. En este sentido, es preciso estudiar si la despenalización establecida responde a las nuevas tendencias del mercado, la circulación de mercancías, la transferencia de tecnología, la movilización de capitales, el influjo de las inversiones, la transfroterización de las relaciones comerciales, la integración y ampliación de los mercados, entre otros fenómenos que trae consigo la globalización económica .

Por otro lado, el nuevo orden económico internacional replantea también nuevos retos para dogmática penal en función de la economía moderna y de la redefinición del concepto de empresa, que va más allá de la concepción clásica de sociedad mercantil; del mercado y de los intereses de los consumidores.
En efecto, esta ley ha derogado los artículos 232, 233 y 241 inciso 3 del Código Penal, hecho que merece ser comentado toda vez que se destipifica y por ende se despenaliza las conductas de abuso de poder económico que eventualmente pudieran tener efectos nocivos para la economía y que afecten los intereses de los consumidores y del sistema en general.

TAMBIÉN SE DESPENALIZA LAS CONDUCTAS DE ACAPARAMIENTO QUE LESIONAN SERIAMENTE LOS INTERESES DEL PÚBLICO CUANDO HAY UNA SUSTRACCIÓN ILEGÍTIMA DE LA PRODUCCIÓN PARA CREAR CONDICIONES DE COMERCIALIZACIÓN ARTIFICIALES Y OBVIAMENTE FAVORABLES A DETERMINADOS COMERCIANTES QUE LUCRAN CON LAS EXPECTATIVAS DE LOS CONSUMIDORES.
Este artículo fue derogado a pesar de existir en varias regiones del país verdaderas mafias de personas que acaparan productos, los sustraen del comercio para generar escasez artificial y luego los sacan al mercado para ganar en el precio elevado, porque al generar escasez artificial los precios suben por mayor demanda y así se benefician ilícitamente a costa de los consumidores, eso está pasando en este momento de crisis generada por las lluvias y los huaycos .
Hay gente que ha comprado alimentos, agua y otros productos en grandes cantidades los han guardado para generar escasez y luego los están vendiendo en afinas localidades a precios muy elevados. La lógica nos dice que esto está mal que no es ético, que no es correcto y que es ilícito, sin embrago no lo es porque el 2008 el gobierno de ese entonces derogó el articulo del Código Penal que tipificaba el delito de acaparamiento.
Concertación de posturas en la contratación pública
Se ha derogado también el artículo 242-3 que sancionaba a quienes concertaban entre si con el objeto de alterar el precio, en los remates, licitaciones y concursos públicos.
Este es un tema que merece un comentario especial ya que no o se ha tomado en consideración el hecho de que esta conducta es una modalidad de la concertación de precios sancionada por la Ley, cuya penalización responde al hecho de que se trata de actos de colusión y concertación de posturas en la contratación pública en los que no solo se lesiona el juego la competencia , sino también los intereses del propio Estado en la medida que se afecta a su vez los fondos públicos porque a través de ellos se financian las compras del sector público, las cuales pueden ser seriamente afectadas con el manejo de los precios por parte de postores que concertan el precio entre sí para su beneficio.

Paradójicamente la Ley deja en vigencia el articulo 234 sobre especulación en el que se establece una sanción para aquel que venda productos a precios superiores al precio oficial fijado por autoridad competente, cuando en el actual modelo económico no existe entidad que fije los precios

Es preocupación del Estado vigilar y proteger la libre competencia como institución que permite la transparencia y el crecimiento del mercado en el proceso de desarrollo económico del país, de manera que es totalmente válido que cualquier conducta de un agente económico que de una u otra manera tienda no solo a abusar de su posición de dominio en el mercado, sino también que tienda a impedir, restringir o falsear la competencia y a presionar al consumidor con condiciones de comercialización absurdas y abusivas, pueda ser sancionada por la autoridad competente, y eventualmente ser pasibles también de sanción penal si existiera, pero lamentablemente se han derogado los delitos de abuso de poder económico.

Al sancionar el Decreto Legislativo 1034 , quizá no se tuvo en consideración que en materia de vigilancia del mercado confluyen una complejidad de regulaciones, estrechamente vinculadas a las relaciones económicas nacionales que por sus características comprometen gravemente intereses sociales de mayor significación, por ello, tanto el abuso de posición de dominio en el mercado, como las prácticas restrictivas de la competencia, constituyen conductas que en el fondo afectan al consumidor porque el bienestar del consumidor en el mercado, está en función de los precios, la eficiencia productiva, la adecuada asignación de recursos, entre otras prerrogativas de la libre competencia. Las normas están dirigidas a proteger no solo el mercado sino fundamentalmente a las personas, a los ciudadanos que reclaman una actuación idónea del Estado frente a los que se aprovechan del mercado en tiempos de crisis como el acaparamiento, la adulteración, abuso explotativo de la posición de dominio , entre otros.

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OBRAS POR IMPUESTOS … AHORA MAS QUE NUNCA PARA RECONSTRUIR EL PAIS

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La reconstrucción de las ciudades del norte peruano como Piura, Chiclayo, Trujillo. Chimbote e inclusive Lima va a demandar del Estado y de todos los peruanos en general un enorme esfuerzo desde todo punto de vista y en ese contexto seguramente van a surgir una serie de ideas, de propuestas y de alternativas de solución cada uno con sus ventajas y sus desventajas, pero lo más importante es que se hagan y que se hagan pronto.
Es evidente que tamaña tarea necesita de una cabeza, de alguien que dirija, que monitoree los avances, que organice, que ordene y en general que lidere de manera sostenida ese proceso de reconstrucción nacional y en ese sentido es obviamente el Presidente de la República quien debe liderar ese movimiento, obviamente el sabrá delegar inteligentemente en las personas que considere mas convenientes para esa tarea.
En este mar de propuestas, yo considero que una de las medidas más apropiada para este momento es la reconstrucción a través del sector privado vía OBRAS POR IMPUESTOS, porque es una sistema que ya ha demostrado que se pueden hacer obras de manera sostenida, rápida, sin contratiempos que generan las clásicas obras públicas que necesitan una serie de refrendos y autorizaciones para llevarse a cabo, lo que garantiza sin duda celeridad y además mayor transparencia e idoneidad en la construcción evitando la corrupción que suele merodear en estos casos , dada la situación de emergencia. Complementando proponemos que la responsabilidad social empresarial, no sólo sea parte de una tendencia, sino que sea parte de la estructura legal y societaria de nuestro país, de manera que todas las empresas tengan aunque sea un mínimo de responsabilidad social empresarial, mediante un programa, que deberá ser monitoreado, estructurado y desarrollado en colaboración con el Estado.
Hoy en día, el Estado ha estructurado lo que se llama “obras por impuestos” (Ley N° 29230), y puede llevarse a cabo con una visión de responsabilidad social empresarial. En efecto, la empresa deja de pagar impuestos al Estado y en su lugar se obliga a desarrollar o construir una obra que compense los tributos dejados de pagar, por ejemplo, el privado construye un puente en un determinado lugar, con lo cual se colabora con las vías de comunicación nacional; o se construye un colegio para mejorar la prestación del servicio educativo, entre otras ideas, que serían útiles y efectivas llevar a la práctica.
Para la ejecución de este programa de responsabilidad social empresarial, se debe coordinar con el Estado, que es en este caso un determinado sector. Como mencionamos, si somos un Banco, pago mis impuestos, pago mis utilidades y voy a hacer un programa de responsabilidad social empresarial, y el directorio ha aprobado que el programa sea la construcción de una escuela, pues intervengo y propongo donde pueda llevarse a cabo el proyecto, el Ministerio de Educación le da el visto bueno y el proyecto se pone en marcha.
Si el programa es hacer una pista, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobará el lugar de ejecución del proyecto. Obviamente las empresas, buscan su mayor rentabilidad, por ende ellos hacen una obra social, que a la larga le va a beneficiar, porque si yo hago una carretera, habrá mejor transporte; si se hace un colegio, capacitaré a los jóvenes y tendré más clientes; si promuevo la educación financiera, a la larga voy a tener menos conflictos financieros.
Esta fórmula es costo-eficiente para el Estado, en primer lugar, las empresas buscarán su mayor rentabilidad, pero a su vez estoy colaborando con el entorno y la sociedad.
El costo tiene el mejor sentido, por ejemplo, EL Banco de Crédito, ha ejecutado la carretera Piura- Huancabamba, esto le ha dado significado existencial a la gente de la zona, ha ganado la región y ha incrementado el nivel de productividad en el llamado Alto Piura que es una zona de gran riqueza ganadera y de agricultura y se han puesto agentes bancarios a lo largo de la carretera, con lo cual es saldo es obviamente positivo.