Archivo por meses: agosto 2012

TRANSPORTE Y DERECHOS DEL CONSUMIDOR

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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionó a la Cooperativa de Transportes Ancash por el accidente donde tres de sus pasajeros perdieron la vida y otros siete quedaron heridos.

La sanción fue impuesta por la Comisión de Protección al Consumidor de la sede Lima Norte del INDECOPI. Luego de la investigación se corroboró que el conductor de uno de los buses de la mencionada empresa, que cubría la ruta Caraz-Lima, no respetó la señal de la vía, que indicaba una velocidad máxima de 35 kilómetros por hora. Ello provocó que el vehículo colisionara contra un inmueble.

Ante ello, la Comisión determinó que la empresa infringió los artículos 19 y 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, sancionándola con una multa de 40 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Asimismo, la Comisión ordenó a la referida empresa que, en adelante, cumpla con prestar sus servicios de transporte acorde con las medidas de seguridad que sean necesarias para evitar otros accidentes.

Cabe resaltar que la empresa presentó apelación ante la Sala de Defensa de la Competencia Nº 2 del Tribunal del INDECOPI. El 30 de julio del presente año dicha instancia decidió confirmar la decisión de la Comisión en todos sus extremos.

Lo importante de esta decisión del Tribunal del Indecopi es que sigue una linea trazada desde el 2002 cuando la Sala de Defensa de la Competencia de ese entonces, estableció la responsabilidad de las empresas de transporte en situaciones como las descritas en este caso, para sentar principio de autoridad y sobre todo para salvaguardar los derechos de los consumidores que se ven expuestos a la impericia, imprudencia y negligencia de los conductores, a lo que deben responder las empresas de transporte. Sigue leyendo

ALERTA CON LOS NUEVOS TERMINOS EN LA NEGOCIACION CON TELEFONICA MOVILES

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El Ministro de Transportes y Comunicaciones, Carlos Paredes Rodriguez, anunció que tras haber evaluado el informe de OSIPTEL, se ha tomado la decisión de iniciar la negociación de los nuevos términos y condiciones sobre los tres contratos vencidos con la empresa Telefónica Móviles.

“Iniciaremos la negociación de los nuevos términos y condiciones con la empresa Telefónica Móviles. Si al término de la negociación estos no son aceptados, el Gobierno convocará a una licitación internacional”, precisó el titular del sector.

Dentro de los términos y condiciones a considerar en este nuevo proceso de negociación, están contemplados los siguientes aspectos:

1. Un plan tarifario social que beneficie a una mayor cantidad de zonas rurales del país.
2. Potenciar la cobertura de telefonía móvil y/o internet en las zonas de menores recursos.

También se tomará en cuenta la calidad de los servicios que se brinda a los usuarios, para lo cual se modificará el Marco Regulatorio que permitirá establecer indicadores de calidad, que puedan ser verificables y en caso de incumplimiento por parte de la Empresa sean penalizados. Lo importante es que las autoridades tengan en cuenta durante todo el proceso de negociacion, que estan en juego no solamante situaciones de caracter regulatorio en materia de telecomunicaciones, sino que en esencia lo que subyace es un respeto a la condicion de consumidores de todos los peruanos y como tal tenemos derecho a la informacion adecuada y aun servicio eficiente, solo asi podremops decir que hay idoneidad en el servicio telefonico . Sigue leyendo

ALERTA CON LOS NUEVOS TERMINOS EN LA NEGOCIACION CON TELEFONICA MOVILES

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El Ministro de Transportes y Comunicaciones, Carlos Paredes Rodriguez, anunció que tras haber evaluado el informe de OSIPTEL, se ha tomado la decisión de iniciar la negociación de los nuevos términos y condiciones sobre los tres contratos vencidos con la empresa Telefónica Móviles.

“Iniciaremos la negociación de los nuevos términos y condiciones con la empresa Telefónica Móviles. Si al término de la negociación estos no son aceptados, el Gobierno convocará a una licitación internacional”, precisó el titular del sector.

Dentro de los términos y condiciones a considerar en este nuevo proceso de negociación, están contemplados los siguientes aspectos:

1. Un plan tarifario social que beneficie a una mayor cantidad de zonas rurales del país.
2. Potenciar la cobertura de telefonía móvil y/o internet en las zonas de menores recursos.

También se tomará en cuenta la calidad de los servicios que se brinda a los usuarios, para lo cual se modificará el Marco Regulatorio que permitirá establecer indicadores de calidad, que puedan ser verificables y en caso de incumplimiento por parte de la Empresa sean penalizados. Lo importante es que las autoridades tengan en cuenta durante todo el proceso de negociacion, que estan en juego no solamante situaciones de caracter regulatorio en materia de telecomunicaciones, sino que en esencia lo que subyace es un respeto a la condicion de consumidores de todos los peruanos y como tal tenemos derecho a la informacion adecuada y aun servicio eficiente, solo asi podremops decir que hay idoneidad en el servicio telefonico . Sigue leyendo

SBS DEJARÁ SIN EFECTO EL COBRO POR MANTENIMIENTO DE TARJETAS DE CRÉDITO.

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La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) anunció que los bancos ya no cobrarán por mantenimiento de tarjeta de crédito a partir de octubre de 2012, fecha en la que se tiene previsto aprobar la nueva versión del Reglamento de Transparencia del Sistema Financiero, documento que dejará sin efecto los cobros prohibidos y cláusulas abusivas en la contratación bancaria.

El mantenimiento de tarjetas de crédito por parte de los bancos, es una operación inherente a su administración, por lo que no puede dicho concepto. Asimismo existen otros cargos o cobros que la SBS ha identificado como indebidos, por ejemplo: cobro por disposición de efectivo de las tarjetas de crédito, por el uso de una cuenta de ahorros abierta para fines de un crédito hipotecario, por el exceso del uso de la línea de crédito de una tarjeta .

Estas modificaciones están prepublicadas y los bancos tienen hasta el 26 de agosto de 2012 para hacer llegar sus comentarios y expresar sus puntos de vista respecto a este tema. La SBS busca mayor transparencia en el mercado bancario y financiero para beneficio de los consumidores, fortaleciendo de esta manera el sistema jurídico de protección.

Lo importante de esta disposición es que pone al Perú como un abanderado en la defensa de los consumidores, dado que su normatividad está de acuerdo con las tendencias actuales de las legislaciones de avanzada que otorgan una protección eficiente y adecuada para el principal protagonista del mercado, el consumidor. En efecto, creemos que las últimas disposiciones de la SBS en esta materia, responde a las recomendaciones que incluso desde el año 2002 hiciera la Comunidad Andina sobre la armonización de las normas básicas que regulan a los prestadores de servicios financieros y de los esquemas comunitarios de protección al consumidor de este tipo de servicios, conforme los estándares internacionales y la realidad social , económica, política y jurídica de cada país de la región.

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LA CONTRATACION DE CONSUMO EN LOS SERVICIOS PUBLICOS, UNA RELACION ESPECIAL

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La formación de los contratos estandarizados exige el amplio conocimiento de las condiciones económicas, técnicas y jurídicas, para que se pueda afirmar que existe una auténtica manifestación de voluntad. Este tema es muy importante en la prestación de los servicios públicos donde la contratación es fundamentalmente estandarizada, y lo que se pretende no es que los prestadores de servicios públicos sea el Estado o los particulares negocien con cada persona los contratos de suministro de servicios, porque eso sería ilógico; sin embargo lo que se busca es un adecuado sistema de protección del consumidor por el que se establezcan cláusulas que promuevan condiciones mínimas de calidad y eficiencia en el servicio, así como un adecuado sistema de atención de consultas y reclamos por facturación, corte de servicio y demás situaciones que se presenten en el servicio.

En efecto, no olvidemos que estos son contratos de suministro y que constituyen en esencia contratos de ejecución continuada y como tal tienen permanencia en el tiempo, y como no se agotan en un solo momento, es viable un sistema que recoja poco lo que sucede en la relación de consumo para ir adecuándola a los requerimientos del usuario y a las exigencias del mercado, sin que ello signifique un abuso del consumidor ni tampoco un freno a las iniciativas empresariales de quienes prestan servicios públicos en el mercado, sino que por el contrario impliquen el desarrollo del mercado en condiciones de equidad.

Cuando se aborda el tema de la contratación de consumo lo primero que se nos revela es el hecho que la doctrina contractual clásica, recogida en la mayoría de códigos occidentales, resulta hoy insuficiente para atender los problemas que se presentan en las relaciones contractuales de consumo. En efecto, como veremos, la teoría general de las obligaciones fue diseñada sobre la base de un esquema económico que hoy ha cambiado radicalmente. Además, ideológicamente hablando nuestros códigos civiles se inspiran en principios liberales como igualdad y libertad, que no han perdido importancia, pero cuya verificación en el mercado es difícil sobre todo cuando se trata de contratación de

consumo. Sigue leyendo