Rectificación partida de nacimiento – Comparte tus Derechos (Defensoría del Pueblo – Perú)

https://youtu.be/Hd7QOedmnWo

Es frecuente escuchar casos donde los nombres y apellidos en una partida o acta de nacimiento están mal escritos o no coinciden con los datos exactos, lo que impide, por ejemplo, recibir una herencia, matricularse en un colegio o universidad, contraer matrimonio, recibir una pensión, acceder a programas sociales, entre otros.

Por ello, es importarte detectar los errores u omisiones y conocer la forma de rectificar este documento. Pueden presentarse errores por:

1. Omisión: cuando hay ausencia de algunos de los datos exigidos en el formato del acta de nacimiento.

2. Enmendadura: cuando se advierte la alteración o modificación ─legible o ilegible─ de los datos consignados por el registrador civil. Incluye los sobrescritos, borrados, raspados, tachados, interlineados, uso de corrector, entre otros.

3. Datos mal consignados: cuando existe discrepancia entre los datos que exigen los campos del acta de nacimiento y aquellos que se consignan al momento del registro. Por ejemplo, la consignación de datos en campos diferentes, apellidos invertidos, lugares de oficina de registro civil o de nacimiento diferentes, fechas inexistentes, datos mal escritos con errores ortográficos.

Para corregir o subsanar estos errores, actualmente existen tres tipos de rectificación de acta de nacimiento:

a) Rectificación administrativa

Procedimiento Administrativo ante el RENIEC. Imagen: http://www.defensoria.gob.pe/blog/lo-que-debes-saber-para-rectificar-una-partida-de-nacimiento/

Esta rectificación podrá ser solicitada en los siguientes casos:

– Cuando el error u omisión es comprobable revisando la propia acta o confrontando esta con los documentos de sustento archivados en el registro civil ─como el certificado de nacido vivo, escrito manualmente, que sirve en los casos de rectificación de prenombres─.

– Cuando el error y omisión pueda determinarse revisando la inscripción del acta de nacimiento y confrontándola con otra inscripción distinta, registrada con anterioridad a la inscripción del acta de nacimiento que se pretende rectificar, por ejemplo, la partida de nacimiento de la madre.

El trámite se realiza en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) u Oficinas de los Registros del Estado Civil (OREC) que funcionan en las municipalidades provinciales y distritales, municipios de centros poblados y comunidades nativas. Es recomendable tratar de rectificar el acta o partida de nacimiento primero acudiendo a uno de estos lugares.

b) Rectificación judicial

Juzgados de Paz a nivel nacional. Imagen: http://cde.elcomercio.pe/66/ima/0/0/5/1/9/519448.jpg

Estos procesos se realizan ante los juzgados de paz. Se solicita cuando no existe algún documento para verificar los datos correctos.

Es importante tomar en cuenta que algunos casos se tramitan exclusivamente en los juzgados civiles, entre ellos, el cambio total del nombre ─prenombres y apellidos─, cuando existe doble partida con diferente fecha, cuando no se registró a la verdadera madre o padre biológico.

c) Rectificación notarial

Procedimiento ante Notario Público. Imagen: http://educacionenred.pe.rsz.io/noticia-img/2013/01/032082-foto-nuevas-reglas-concurso-pubico-notarios-peru-2013.jpg?mode=crop&width=860&height=450

Cuando la rectificación tenga por objeto corregir los errores y omisiones de acta de nacimiento que resulten evidente de acuerdo a la información de la propia partida o de otros documentos probatorios.

Si requiere mayor información envíe su comentario y si no le atendieron en la entidad correspondiente envié la información al correo consulta@defensoria.gob.pe, a la línea gratuita 0800-15-170 o al inbox de nuestra cuenta en Facebook.

Adjuntía para la Administración Estatal

En: defensoriadelpueblo

¿Qué normas regulan la devolución de dinero a los trabajadores que contribuyeron al FONAVI?

Muchos Fonavistas se quejan porque pese a haber presentado toda la documentación necesaria (formularios llenos, historiales, documentos que avalan los pagos, etc) les sigue saliendo este aviso. De toda la normativa revisada, no hay un órgano ante el cual quejarse por este proceder de la Comisión Ad Hoc.

Muchos Fonavistas se quejan porque pese a haber presentado toda la documentación necesaria (formularios llenos, historiales, documentos que avalan los pagos, etc) les sigue saliendo este aviso. De toda la normativa revisada, no hay un órgano ante el cual quejarse por este proceder de la Comisión Ad Hoc.

Descarga de Formularios de Inscripción y registro de Información de Periodos aportados al FONAVI: Aquí

1. LEY Nº 29625 – Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo (Ley aprobada por Referendum)

2. Decreto Supremo Nº 006-2012-EF – Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo

3. Sentencia del Tribunal Constitucional N° 0012-2014-PI/TC : Caso FONAVI 2014  – Demanda de inconstitucionalidad contra la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 30114, de Presupuesto del Sector Público

4. AUTO 3 ACLARACIÓN STC N° 0012-2014-PI/TC

5. AUTO 4 ACLARACIÓN STC N° 0012-2014-PI/TC

6. Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2014

7. D.S. N° 016-2014-EF Aprueban normas reglamentarias para la implementación de lo dispuesto en la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014

8. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 001-2015/CAH-Ley Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Primer Grupo de Pago (Emitida por la COMISIÓN AD HOC CREADA POR LA LEY Nº 29625) – Publicada 11 Enero 2015

9. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 01293-2015/CAH-LEY Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Segundo Grupo de Pago (Emitida por la COMISIÓN AD HOC CREADA POR LA LEY Nº 29625) – Publicada 3 Mayo 2015

10. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 02059-2015/CAH-LEY Nº 29625 – Aprueban el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Tercer Grupo de Pago (Emitida por la COMISIÓN AD HOC CREADA POR LA LEY Nº 29625) – Publicada 19 Junio 2015

11. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 02508-2015/CAH-Ley Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Cuarto Grupo de Pago (Emitida por la COMISIÓN AD HOC CREADA POR LA LEY Nº 29625) – Publicada 25 Octubre 2015

12. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 001-2016/CAH-Ley Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Quinto Grupo de Pago (Emitida por la COMISIÓN AD HOC CREADA POR LA LEY Nº 29625) – Publicado 14 Enero 2016

13. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0313-2016/CAH-Ley Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Sexto Grupo de Pago – Publicado 24 Abril 2016

14. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1110-2016/CAH-Ley Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Séptimo grupo de Pago – Publicado 17 Julio 2016

15. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1111-2016/CAH-LEY Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Octavo Grupo de Pago – Publicado 23 Octubre 2016

16. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0001-2017/CAH-LEY Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Noveno Grupo de Pago – Publicado 22 Enero 2017

17. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0207-2017/CAH-LEY Nº 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Décimo Grupo de Pago – Publicado 30 Abril 2017

18. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 02235-2017/CAH-LEY N° 29625 – Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Undécimo Grupo de Pago – Publicado 16 Julio 2013