MEF sobre aumento de pensiones de FF.AA. y PNP: Congreso no puede emitir leyes con iniciativa de gasto

Imagen: http://e.rpp-noticias.io/normal/2017/05/09/414741_402903.jpg

El ministerio afirma que emitió opinión desfavorable al proyecto de ley en cuestión, pues el Legislativo no puede emitir leyes con iniciativa de gasto.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aseguró que los proyectos de ley aprobados por el Congreso para homologar las pensiones de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, no contaban con la opinión favorable por tener iniciativa de gasto.

Opinión en contra. “El ministerio informa que el 22 de marzo del año en curso emitió opinión desfavorable a los citados proyectos de Ley, toda vez que vulneran los artículos 78 y 79, y la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú”, señala el sector en un comunicado.

La semana pasada el pleno del Parlamento aprobó el proyecto de ley de la Comisión de Defensa que reordena las pensiones del personal militar y policial. El incremento presupuestal que el gobierno deberá destinar al Ministerio de Defensa para tal la homologación asciende a 1.250 millones de soles.

Desde el próximo año: La implementación de la presente ley se financiará a partir de 2018 con cargo a los presupuestos del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior.

No es constitucional. El MEF añadió que la iniciativa es inconstitucional y que al no tomar en cuenta la posición del sector, generaría un desequilibrio fiscal.

“Dichas disposiciones constitucionales resguardan el principio de equilibrio presupuestal, la sostenibilidad financiera, la no iniciativa de gasto de los Congresistas y la prohibición expresa para que las nuevas reglas pensionarias que se establezcan por Ley prevean la nivelación de las pensiones con las remuneraciones, respectivamente”, sostuvo.

Cabe indicar que estos proyectos de Ley aprobados por el Congreso contravienen los principios reconocidos por el Tribunal Constitucional en las sentencias emitidas en los Expedientes 01360-2014-PA/TC y 07357-2013-PA/TC.

Finalmente, el MEF está analizando los costos de esta ley y evaluando alternativas en el ámbito constitucional y fiscal.

En: elcomercio

Voto de no confianza al gabinete Jara..los congresistas no se disparan a los pies

La presidenta del Congreso solo ha suspendido la sesión para la cuestión de confianza al gabinete de la premier Ana Jara. Con las bajas votaciones y las abstenciones del día de hoy a las 3 de la madrugada pareciera que el Congreso busca reafirmarse como poder del Estado frente al Poder Ejecutivo.

Sin embargo, dicha reafirmación no hará que los congresistas se hagan el harakiri al no otorgar el voto de confianza a este gabinete o al siguiente que venga en caso de que las cosas no sean favorables para el Ejecutivo hoy.

Constitución Política del Perú de 1993
Artículo 134°.- El Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros.

Leer más