Contracorriente – El Hampon (videoclip)

Pasaba yo por ahí
Viendo a la gente comer basura
Yo no sabía que hacer solo pasaba por ahí
La crisis me llevó a pecar
Todo lo hacía para comer
Tuve que asaltar y casi matar!

Yo soy el hampón Weedogrio! Vivo en Marbella
Entre llantas y botellas
Catres viejos, olor a desagüe,
Troncos quemados varados por el mar
No tengo casa, como vivir! Plata no tengo
Voy a recursearme!
No tengo casa, como vivir!
Plata no tengo, voy a recursearme!

Me dicen indio de pelo amarillo
Esa es mi gente vengan conmigo
Yo les voy a enseñar la clase de esporas que
Van a aspirar

Yo soy el hampón Weedogrio! Vivo en Marbella
Entre llantas y botellas
Catres viejos, olor a desagüe,
Troncos quemados varados por el mar

Pasaba yo por ahí!

Leer más

Contracorriente – ‘Todos atrapados’

Recordando viejos tiempos en los que me iba a los desgraciadazos en Barranco con mi yunta Papá pitufo tetón. Rock nacional del bueno!

Todos atrapados en esta sociedad
donde la misión es la ascendencia
estamos pasando por una evolución
se acerca muy pronto la cuarta dimensión….

Ustedes que creen, que lo van a lograr?
Ustedes que creen, que nos van a aplastar?
No saben el pare que les vamos a hacer!
Un puntazo en el culo que los va hacer caer!

Todos atrapados en la moda de mierda
Siempre estrechados al conformismo
Ritual de vanidad escaso de placeres
Siempre acostumbrados a seguir al rebaño

No los quiero ver! los desprecio tanto!
Lárguense de aquí ya no los aguanto!
Ya los quiero ver yéndose al rebaño!
No los quiero ver! no más de sus engaños!

Me tienen tan podrido
Aquí no me adapto
Por qué se han cerrado tanto?
Debe haber un cambio de actitud
Busca tu identidad
No te vayas a reventar!

Leer más

Luego de 90 años: Olmos deja de ser un proyecto para convertirse en una realidad

Por: Julio Panduro jpanduro@editoraperu.com.pe

Informe. La costa norte ya cuenta con una megaobra que demandó más de US$ 580 millones. Ahora será posible convertir en tierra fértil unas 38,000 hectáreas de arena en Lambayeque y ampliar la frontera agrícola del Perú para exportar más productos.

20141119-olmos1.jpg

Tuvieron que pasar 90 años para que el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético de Olmos se convierta en una realidad. “No es poca cosa”, expresó el presidente de la República, Ollanta Humala, en la ceremonia de inauguración, al considerar que esta obra no es solo para la agricultura y la agroexportación, sino también un polo de desarrollo y una oportunidad para salir de la pobreza y reducir la desi-gualdad.

Desde el distrito de Olmos, en la región Lambayeque, confió en que la obra permitirá cubrir la demanda de productos agrícolas para el mercado interno y reforzar la agroexportación, además de involucrar carreteras, energía, tecnología, conectividad y hasta un parque industrial.

“Lambayeque y el Perú necesitaban Olmos […]. Es una tarea cumplida, un sueño de décadas que hoy se cumple. Esto viene desde la época del gobierno de [Augusto B.] Leguía y han pasado por aquí generaciones que han soñado con Olmos. Hoy el sueño se hace realidad”, declaró.

El proyecto Olmos consiste en el transvase de las aguas del río Huancabamba de la vertiente del Atlántico a la vertiente del Pacífico, a través de un túnel transandino para su aprovechamiento en la irrigación de tierras sin labrar y la generación de hidroenergía.

Tecnología

El Mandatario destacó que este plan de irrigación se ejecutó con tecnología de punta, mediante una labor de ingeniería moderna y de alta precisión para perforar varios kilómetros de cerros de la Cordillera peruana y hacer fluir el agua hasta la costa norte del país.

20141119-tunel_trasandino_olmos.jpg

“Vamos a cubrir con un manto verde toda esta zona que era un desierto […]. No es cualquier cosa este proyecto. Son más de 600 millones de dólares. Así como el Gobierno se esfuerza, queremos pedirle a la región que esta iniciativa llegue a todos”, recalcó.

Para Humala Tasso, la labor de las autoridades regionales y municipales de Lambayeque, con el apoyo de los congresistas que representan a esta zona, será fundamental para que el proyecto –que comprende 43,500 hectáreas de tierra– tenga sostenibilidad y pueda ser defendido por todos.

“Este proyecto no pertenece a ningún partido político, pertenece a Lambayeque y al Perú […]. Esta obra, hoy día, es el plan de irrigación más moderno del país. El Gobierno va a continuar haciendo obras de esta naturaleza”, manifestó.

Shock de confianza

Con la puesta en ejecución de Olmos, el ministro de Agricultura y Riego, Juan Manuel Benites, consideró que este proyecto de irrigación representa un shock de confianza del empresariado en la agricultura nacional.

“Sin duda, el proyecto que se pone en marcha en Olmos es un shock de confianza, pues los empresarios del Perú han colocado sus recursos en el desierto para los próximos 25 años”, subrayó.

Por esa inyección de capitales, sostuvo que Lambayeque se convertirá, a partir de la fecha, en un polo de desarrollo agroindustrial.

Benites destacó, por ejemplo, que el Perú se convertirá en una potencia en la producción de azúcar, pues no solo se podrá abastecer plenamente al mercado interno, sino que también nuestro país volverá a convertirse en exportador de azúcar en los mercados mundiales.

“En Olmos ya tenemos 1,000 hectáreas de quinua y otros cultivos que están bajo riego tecnificado para el mejor uso del recurso hídrico en la costa”, aseveró.

Frontera agrícola

Además, mencionó que con el proyecto Olmos se ampliará la frontera agrícola en el país porque el Gobierno impulsa la tercera etapa del Proyecto Especial Chavimochic, que comprende 63,000 hectáreas de irrigación en La Libertad; así como el Proyecto Especial Majes-Siguas II, en Arequipa, que abarca 38,000 hectáreas de riego; y la potenciación del acuífero de Ica, que ya es una realidad.

El titular de Agricultura resaltó que se sumarán más de 140,000 hectáreas solo en la costa peruana, y que junto al programa Mi Riego, ejecutado en la Sierra, esa cantidad aumentará significativamente.

Añadió que también se ha destrabado el proyecto de irrigación Puyango-Tumbes.

“El Gobierno dejará una gran propuesta de agricultura de exportación con tecnología en la costa; mientras en la sierra seguiremos trabajando con el programa Mi Riego. Este es el gobierno de la agricultura y le hemos dado mucha importancia a ese sector en el plan de diversificación productiva”, señaló tras participar también en la inauguración del proyecto Olmos.

Aeropuerto

Como parte de las obras complementarias para convertir a la región en un polo de desarrollo, el ministro de Transportes y Comunicaciones, José Gallardo, adelantó que las acciones de mejoramiento en el aeropuerto internacional Capitán FAP José Abelardo Quiñones de Chiclayo se iniciarán en el segundo semestre de 2015.

“Vamos a ejecutar el plan maestro en el aeropuerto de Chiclayo y las obras se iniciarán en la segunda parte del 2015. Con eso vamos a tener un superaeropuerto que no solo trasladará personas, sino también carga exportable”, indicó.

Además, agregó que su cartera viene modernizando el puerto de Paita en Piura, así como los puertos de Lambayeque y La Libertad, “con lo cual se espera conectar la macro región norte a los mercados mundiales”.

Gallardo dijo que también que se construirá la carretera Chiclayo-Olmos para sacar los productos de los valles.

Del mismo modo, distinguió las obras que se vienen ejecutando para hacer de doble calzada la Panamericana Norte (autopista).

Polo atractivo

El presidente regional de Lambayeque, Humberto Acuña, puso de relieve todas las obras dispuestas por el Poder Ejecutivo, y estimó que dentro de poco su región se convertirá en un polo de atracción de las inversiones en agricultura y será uno de los motores de desarrollo más fuertes que tendrá el Perú.

“Estamos llamados a ser uno de los motores que impulsará el desarrollo del Perú, para eso estamos promocionando las inversiones y, sobre todo, respetamos la estabilidad jurídica. Como región, tenemos grandes proyectos y por eso impulsamos la inversión privada”, anotó.

Acuña argumentó que el departamento lambayecano necesita también de un terminal marítimo adecuado para que la producción de uvas, paltas, cítricos, caña de azúcar, entre otros, pueda salir hacia otros mercados y ser apreciados en países donde demandan estos productos de gran calidad.

Recursos garantizados

El ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura, aseveró que está garantizada la disponibilidad de recursos para generar un polo de desarrollo en Lambayeque a partir del proyecto de irrigación Olmos, que fue inaugurado por el Gobierno.

“Queremos dar una señal y compartir con Lambayeque, pues se trata de un proyecto emblemático para la región, y si bien el MEF tiene un rol tras bambalinas, queremos asegurarnos de que estén todos los recursos disponibles para los proyectos del gobierno regional y los gobiernos locales, así como los que impulsa el Gobierno nacional”, dijo.

Agregó que la idea no es solo que Olmos sea un proyecto agrícola, sino que se genere un polo de desarrollo con facilidades educativas, de salud y desarrollo urbano, importante para hacer realidad los sueños de sus habitantes.

Datos

El proyecto consta de un túnel transandino de 19.3 kilómetros para la irrigación de tierras e hidroenergía.

Se complementa con 14 kilómetros de canales, un túnel de 2 kilómetros de longitud, el embalse Palo Verde y la instalación de 60 kilómetros de tuberías.

Además, la puesta en marcha del proyecto Olmos generará aproximadamente 40,000 puestos directos de trabajo y 200,000 indirectos.

La frontera agrícola se ampliará en 43,500 hectáreas de cultivos: 38,000 a ser subastadas y 5,500 de los agricultores del denominado Valle Viejo.

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) se fortaleció para cumplir los protocolos necesarios para que los productos agrícolas accedan a más mercados.

Cifras

300 MILLONES DE DÓLARES ES LA INVERSIÓN DE LA OBRA DE TRANSVASE.

280 MILLONES DE DÓLARES ES EL CAPITAL PREVISTO PARA EL PROYECTO AGRÍCOLA.

En: elperuano

Leer más

Ley N° 29767: Ley que declara la intangibilidad de la Bahía de Ancón

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ley que declara la intangibilidad de la Bahía de Ancón

LEY Nº 29767

(*) De conformidad con la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, publicada el 09 diciembre 2011, se autoriza al Pliego 005: Ministerio del Ambiente la transferencia del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional Antonio Raimondi” reconocida como área natural protegida mediante la presente Ley 29767, así como los recursos que lo financien, a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para cuyo efecto se debe realizar la transferencia de partidas mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, y el Ministro del Ambiente.

(*) De conformidad con la Septuagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, publicada el 04 diciembre 2012, déjese sin efecto cualquier transferencia del Proyecto Especial “Parque Ecológico Nacional Antonio Raimondi” y dispóngase que el Ministerio del Ambiente cumpla, en el plazo de 60 días calendario, con la delimitación del área natural protegida creada por la presente Ley de acuerdo a lo dispuesto en su artículo 3, sin perjuicio de los estudios complementarios y técnicos mayores, y de los procesos de consulta que se requieran para su categorización. La citada norma entró en vigencia a partir del 1 de enero de 2013.

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA LA INTANGIBILIDAD DE LA BAHÍA DE ANCÓN

Artículo 1. Declaración de intangibilidad
Declárase intangible la Bahía de Ancón, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, así como su zona de influencia aledaña, y todo lo que forma parte integrante del área natural protegida a que se hace referencia en el artículo 2.

Artículo 2. Creación de área natural protegida
Reconócese como área natural protegida conforme a la Ley 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas; el Decreto Legislativo 1079, Decreto Legislativo que establece medidas que garanticen el patrimonio de las áreas naturales protegidas, y demás normas legales y administrativas complementarias al Parque Ecológico Nacional creado por Decreto Supremo 013-2010-MINAM, Declara de interés nacional la creación y desarrollo del Parque Ecológico Nacional, modificado por los Decretos Supremos 016-2010-MINAM y 018-2010-MINAM, y denominado Parque Ecológico Nacional Antonio Raimondi por el Decreto Supremo 001-2011-MINAM, al que se integra el espacio continental y marino constituido por la Bahía de Ancón, ubicada en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima.

Artículo 3. Delimitación del área natural protegida
Corresponde al Ministerio del Ambiente, de acuerdo con sus competencias de ente rector sectorial en materia del ambiente -conforme al Decreto Legislativo 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y demás normas pertinentes, y en coordinación con la Municipalidad Distrital de Ancón-, delimitar y precisar, para el cumplimiento del artículo 2, los espacios terrestres y marinos que integran el área natural protegida.

Artículo 4. Restricciones al ejercicio de actividades
De acuerdo con las restricciones que imponen los principios y criterios de la gestión de las áreas naturales protegidas, -conforme a la Ley 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, el Decreto Legislativo 1079, Decreto Legislativo que establece medidas que garanticen el patrimonio de las áreas naturales protegidas, y demás normas legales y administrativas pertinentes-, prohíbese la instalación, construcción y explotación de infraestructura portuaria, comercial, depósitos, transporte, trasbordo y demás actividades relacionadas que afecten las condiciones naturales y el patrimonio del área natural protegida creada por la presente Ley que incluye la Bahía de Ancón.

Quedan sin efecto las autorizaciones otorgadas para el uso temporal de área acuática y franja ribereña con el objeto de determinar la posibilidad de construir cualquier infraestructura portuaria en dicha bahía, no permitiéndose la renovación de las autorizaciones vencidas o por vencerse.

Quedan exceptuadas de tal prohibición las infraestructuras pesqueras artesanales actualmente existentes en la Bahía de Ancón, su modernización y reparación, siempre que no signifique modificar su característica artesanal.

Artículo 5. Promoción del área natural protegida
La Municipalidad Metropolitana de Lima -en coordinación con la Municipalidad Distrital de Ancón; el Ministerio del Ambiente; el Ministerio de Defensa, a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Perú, y demás entidades públicas; con la colaboración del sector privado y la participación de la representación ciudadana del distrito- promueve y ejecuta un programa de desarrollo turístico y protección de la Bahía de Ancón que contribuya con los fines de desarrollo integral, social, cultural y de recreación de la persona; comprometiéndose con la conservación de un ambiente adecuado y equilibrado para la protección contra la contaminación sobre la base de la preservación de las áreas naturales protegidas y la diversidad biológica de la riqueza marítima que particularmente representa la Bahía de Ancón.

Artículo 6. Reglamentación
El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones reglamentarias y complementarias necesarias para el debido cumplimiento de la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dos días del mes de julio de dos mil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORES
Presidente del Congreso de la República

ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los veintitrés días del mes de julio de dos mil once.

CÉSAR ZUMAETA FLORES
Presidente del Congreso de la República

ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO
Primer Vicepresidente del Congreso de la República

Leer más

Breve historia del Instituto Tecnológico Pesquero – ITP: De Instituto Tecnológico de la Producción a SANIPES

El Decreto Legislativo N° 92, publicado en 27 de mayo de 1981, estableció que el Instituto Tecnológico Pesquero – ITP sería el Organismo Público Descentralizado del, en ese entonces, Sector Pesquería, que tendría por finalidad realizar permanentemente investigaciones científicas y de desarrollo tecnológico aplicables, a los recursos hidrobiológicos del mar y de las aguas continentales, en los procesos de manipuleo, preservación, transformación, y conservación tendentes a lograr su mejor aprovechamiento mediante el desarrollo de productos de alto valor nutritivo y bajo costo destinados esencialmente al consumo de la población nacional con el propósito de:

a) Contribuir a elevar el nivel nutricional de la población.
b) Contribuir a elevar el consumo per-cápita de productos pesqueros;
c) Desarrollar y aplicar tecnologías de transformación adecuadas a nuestra realidad, mejorando las tecnologías tradicionales existentes;
d) Contribuir al desarrollo de la industria pesquera nacional, difundiendo el uso y aplicación de las nuevas tecnologías desarrolladas en los procesos de manipuleo, preservación, transformación, control de calidad, empaques, uso de maquinarias, diseños industriales y otros aspectos de su competencia.

Posteriomente (unos 32 años después), la vigésima quinta Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto de 2013 (Ley N° 29951) cambió la denominación del “Instituto Tecnológico Pesquero” a “Instituto Tecnológico de la Producción”.

El 10 de julio de 2013 se publica la Ley N° 30063 que crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; y cuyo objeto es lograr una eficaz administración que establezca aspectos técnicos, normativos y de vigilancia en materia de inocuidad y de sanidad de los alimentos y de piensos de origen pesquero y acuícola, con la finalidad de proteger la salud pública. Esta norma derogó los artículos de la Ley 28559, Ley del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera-SANIPES; del Decreto Legislativo 1062, que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos; y del Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca, en lo que resultara aplicable; y de las normas que se opusieran a la nueva Ley.

En diciembre de ese mismo año se publica su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2013-PRODUCE, derogándose el Decreto Supremo Nº 025-2005-PRODUCE, Reglamento de la Ley del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES.

El 16 de agosto de 2014 se publica el Decreto Supremo Nº 007-2014-PRODUCE que aprueba el inicio del proceso de transferencia de funciones de la Dirección General del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES.

El 6 de noviembre de 2014 se publica el Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES) estableciendo para el desarrollo de sus funciones a los siguientes órganos de línea:

1. Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola
1.1 Subdirección de Inocuidad Pesquera
1.2 Subdirección de Sanidad Acuícola
1.3 Subdirección de normatividad Sanitaria Pesquera y Acuícola

2. Dirección de Supervisión y Fiscalización Pesquera y Acuícola
2.1 Subdirección de Supervisión Acuícola
2.2 Subdirección de Supervisión Pesquera
2.3 Subdirección de Fiscalización Pesquera y Acuícola

3. Dirección de Habilitaciones y Certificaciones Pesqueras y Acuícolas
3.1 Subdirección de Habilitaciones Pesqueras y Acuícolas
3.2 Subdirección de Certificaciones Pesqueras y Acuícolas

Por último, de acuerdo a las funciones establecidas para el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES en la Ley Nº 30063 y en su Reglamento, se establece que, en aquellas disposiciones legales vigentes que hacen referencia al Instituto Tecnológico Pesquero del Perú / Instituto Tecnológico de la Producción – Dirección General del Servicio Nacional de Sanidad Pesquera, Servicio Nacional de Sanidad Pesquera (ITP-SANIPES, ITP o DG SANIPES), deberá entenderse, a partir de la publicación del presente Reglamento, como referidas al Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES.

Noticias relacionadas: SUNASA cambió de denominación y ahora será SUSALUD

 

1 2 3 4 5 9