El día de hoy, 19 de julio de 2018, el Congreso aprobó delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el plazo de sesenta (60) días calendario, en materia: 1) Tributaria, 2) gestión económica y competitividad, 3) Integridad y lucha contra la corrupción, 4) el servicio de defensa pública y la prevención y protección de las personas en situación de violencia y vulnerabilidad, y 5) modernización de la gestión del Estado.   

En este post, solo se indicarán las medidas dispuestas respecto de una de las 5 materias delegadas:

MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DEL ESTADO

En esta materia se busca “modernizar los Sistemas Administrativos del Estado, excepto los referidos a Defensa Judicial del Estado y Control, con el objetivo de mejorar la gestión, productividad, eficiencia y efectividad de las entidades públicas. Dichas medidas no deberán restringir las competencias y atribuciones del Sistema Nacional de Control otorgadas por la Constitución Política del Perú y su ley orgánica”.

Las medidas cuya implementación se autorizan son las siguientes:

“a. 1. Fortalecer la interoperabilidad, articulación e integración entre los sistemas conformantes de la Administración Financiera del Sector Público y sus respectivos órganos rectores, actualizar y adecuar sus conceptos y terminología, de manera que permita garantizar una gestión más integral de la Hacienda Pública.

a.2 Modernizar el Sistema Nacional de Presupuesto, adecuando la cobertura de instituciones al Marco Macroeconómico Multianual, al Tesoro Público y a la Contabilidad Pública. Conciliar la secuencia de formulación y establecer las reglas de variación de asignación de recursos; introducir la programación multianual, la programación de ingresos, la programación de gastos corrientes futuros asociados a inversiones, la regulación del Presupuesto por Resultados y la evaluación presupuestaria en el proceso presupuestario. El ejercicio de la delegación de facultades para legislar, deberá observar lo señalado en los artículos 80, 101 y 104 de la Constitución Política del Perú, respetando las disposiciones establecidas sobre modificaciones presupuestarias y reserva de contingencia, establecidas en la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

a.3 Adecuar el marco regulatorio a los cambios en materia de inversión pública, inversión público-privada, y programación multianual del gasto.

a.4 Actualizar el marco regulatorio de los Sistemas Nacionales de Tesorería y de Endeudamiento Público, a fin de consolidar el enfoque de gestión integral de activos y pasivos financieros del Estado y la modernización de la Tesorería del Estado y del Sistema de Endeudamiento Público, para promover una dinámica más eficiente en la gestión del financiamiento de las inversiones.

a.5 Fortalecer y modernizar el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, desarrollando el marco normativo para la implementación de la Planilla Única de Pago del Sector Público; y establecer disposiciones para la negociación colectiva en el Sector Público, que considere la capacidad financiera del Estado y garantice un manejo fiscal sostenible de acuerdo a los pronunciamientos del Tribunal Constitucional. Incorporar modalidades formativas de servicios en las entidades de la Administración Pública, sin que ello altere normas de contratación de personal en el Sector Público. Estas medidas no deben vulnerar los derechos laborales.

a.6 Fortalecer y extender la accesibilidad al certificado único laboral para jóvenes, a fin de incrementar las oportunidades de reinserción en el mercado laboral.

a.7 Regular el periodo vacacional, de acuerdo a las necesidades del trabajador y del empleador.

a.8 Mejorar la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a efectos de impulsar la ejecución de políticas públicas nacionales y sectoriales mediante la agilización de los procesos de contratación, entre las cuales es prioritaria adecuar la aplicación del procedimiento de adjudicación simplificada para la construcción de establecimientos penitenciarios y centros juveniles; así como fortalecer al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y a la Central de Compras Públicas (Perú Compras) para fomentar la eficiencia en las contrataciones.

a.9 Desarrollar el Sistema Nacional de Abastecimiento, de acuerdo a lo establecido en la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

a.10 Actualizar la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, respecto de las materias comprendidas en el Sistema Administrativo de Modernización de la gestión pública, y modificar, integrar, eliminar o incorporar nuevos instrumentos y mecanismos que permitan alinear el proceso de modernización de la gestión pública a los estándares de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), facilitar la coordinación y articulación entre sistemas administrativos y habilitar la adecuación de estos a la  heterogeneidad institucional del Estado” (El resaltado es agregado).

 

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