Francisco eliminó privilegios judiciales de cardenales

3:00 p.m. | 5 may 21 (LN/RR).- Sigue la ofensiva del Papa para que las cosas cambien radicalmente en la Santa Sede. Esta vez apuntó a eliminar privilegios de vieja data que disfrutaba la jerarquía vaticana. Con una nueva carta apostólica en forma de motu proprio (por decisión propia), modificó el ordenamiento jurídico para que todos pasen a ser iguales ante la ley de cometer delitos penales y, especialmente, para que cardenales y obispos sean juzgados en el Vaticano como todos los demás.

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Con un nueva carta apostólica “sobre modificaciones en tema de competencia de los órganos judiciales del Vaticano”, el Papa hizo un cambio esencial, sobre todo a la luz de la defenestración, en septiembre del año pasado, del cardenal italiano Angelo Becciu, exsustituto de la Secretaría de Estado y hasta hace poco uno de los personajes más influyentes de la Santa Sede. En medio de gran hermetismo, Becciu está siendo investigado por los fiscales del Vaticano por malversación de fondos de la Secretaría de Estado relacionados con la millonaria compra de un inmueble en Londres, entre otras irregularidades y se espera que pronto sea procesado.

Tal como explicó Vatican News, el portal de la Santa Sede, a partir de ahora los cardenales y obispos acusados de delitos penales por los magistrados del Vaticano, si son enviados a juicio, serán juzgados por el Tribunal del Estado de la Ciudad del Vaticano como todos los demás, y no por un Tribunal de Casación especial, presidido por un cardenal, como ocurría hasta ahora. Esa es, justamente, la gran novedad introducida por el motu proprio de Francisco, que cambió el ordenamiento jurídico del Estado vaticano promulgado en marzo de 2020.

El Papa, en efecto, en base a un principio de igualdad de todos los miembros de la Iglesia, decidió abolir el artículo 24 del ordenamiento, que preveía que los cardenales y obispos acusados de delitos penales en el Estado Vaticano pudieran recurrir al Tribunal de Casación, compuesto por tres cardenales y dos o más jueces aplicados.

El cambio en la legislación se produce después de la intervención que el propio papa Francisco hizo cuando se inauguró el año judicial en el Vaticano, el 27 de marzo pasado. Entonces, tal como recordó en el motu proprio, destacó “la necesidad prioritaria de que —también mediante los oportunos cambios normativos— en el actual sistema procesal aflore la igualdad de todos los miembros de la Iglesia y su igual dignidad y posición, sin privilegios que se remontan a otros tiempos que ya no están en consonancia con las responsabilidades que le corresponden a cada uno en la aedificatio Ecclesiae (edificación de la Iglesia). Esto requiere solidez en la fe y coherencia en el comportamiento y las acciones”.

“Partiendo de estas consideraciones, se advierte hoy la exigencia de proceder a algunas modificaciones del ordenamiento judicial, también al fin de asegurarle a todos un juicio articulado en más grados y en línea con las dinámicas seguidas por las más avanzadas experiencias jurídicas a nivel internacional”, explicó.

Los cardenales y obispos enviados a juicio por delitos penales comunes (no relacionados con la violación de las leyes eclesiásticas reguladas por el Derecho Canónico), por lo tanto, pasarán a ser juzgados como todos los demás por el mismo Tribunal vaticano, según los tres grados de juicio. Según el nuevo decreto, de todos modos, no cambia y sigue siendo necesaria la autorización previa del Pontífice para llevar a juicio a cardenales y obispos. Algo similar ocurre en los Estados que prevén una autorización a proceder de los Parlamentos para juzgar a jefes de Estado o ministros.

ENLACE. Carta apostólica que modifica competencias de órganos judiciales (completo)

Fuentes

La Nación / Rome Reports / Foto: AFP

 

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