Primeras contrataciones en el Estado bajo el régimen Servir podrían empezar a fin de año

Un primer grupo de 18 entidades públicas ya se encuentran casi listas para convocar a concursos de plazas bajo el régimen Servir, informó Juan Carlos Cortés, presidente de esta entidad. En primera instancia solo podrán concursar actuales empleados del Estado y solo si no se cubre la plaza podrán postular trabajadores externos.

Juan Carlos Cortes, presidente ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Imagen: diariogestion

Juan Carlos Cortes, presidente ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Imagen: diario gestion.pe

José Carlos Reyes
jose.reyes@diariogestion.com.pe

Si bien la meta oficial de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) es iniciar las contrataciones en el Estado bajo este nuevo régimen antes de que culmine el actual Gobierno (Gestión 05.08.2015), la fecha de los primeros concursos y contratos se podría adelantar hacia fines de este año.

El presidente ejecutivo de Servir, Juan Carlos Cortés, refirió que un primer grupo de 18 entidades del Estado ya se encuentran en la última fase del tránsito hacia el nuevo régimen.

“Están a punto de tener la resolución de inicio, que es un hito que se hace en el tránsito. Esto se dará en las próximas semanas. Luego tendrán su cuadro de personal de entidad, el perfil y valorización de los puestos, y en ese momento tendremos las primeras contrataciones”, señaló Cortés a Gestion.pe.

El funcionario no descartó que tras la resolución de inicio dada por Servir, algunas entidades empiecen a realizar los concursos y contrataciones a fin de año. “No quiero decir una fecha concreta, de repente damos una sorpresa antes. Estamos trabajando para lograrlo lo más pronto posible”, anotó.

Las 18 entidades más avanzadas en el tránsito hacia el régimen Servir corresponden al Gobierno Central. Figuran cinco ministerios (Economía, Defensa, Energía y Minas, Cultura y de Justicia) y varias OPDs.

Concursos cerrados
Cortés también aclaró que los primeros concursos para los contratos bajo la ley Servir serán ‘cerrados’ a nivel del Estado. Es decir, solo podrán participar funcionarios públicos de cualquier entidad. “Queremos reconocer a las personas que están en el Estado en este momento y tienen la experiencia y conocimiento suficiente”, indicó.

En caso no se cubra la plaza, recién se establecerá un segundo concurso ‘abierto’ también para las personas que no trabajen en el estado.

Por otro lado, el funcionario recordó que en el caso de los trabajadores de los regímenes 276 y 728 el pase al régimen Servir es voluntario, mientras que los trabajadores CAS sí estarán obligados a postular a una plaza bajo el régimen Servir si quieren mantenerse en la administración pública.

Finalmente, Cortés también reconoció que en algunas plazas a concursar bajo el régimen Servir la remuneración podría ser menor a la que recibe el actual funcionario que ejerce esa función.

“Podría ganar menos si es que el puesto estaba sobrevalorado. Pero no será la mayoría de casos. Al contrario, la mayoría tendrá más beneficios con una CTS mayor y una gratificación mayor”, apuntó.

Abuso de autoridad en la función pública: El caso ‘Lady Profeco’ en México

En 2013, Andrea Benítez buscaba con ansias una mesa en el restaurante de moda Máximo Bistrot, ubicado en la colonia Roma, un barrio de clase media-alta en el Distrito Federal de México. No podía esperar su turno en la lista. Se sentía privilegiada. Su padre, Humberto Benítez, era el director de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), institución encargada de defender los derechos de los clientes. Después de desahogarse en Twitter -“pésimo servicio”-, Andrea, conocida como ahora “Lady Profeco”, no tuvo más alternativa: llamó a unos funcionarios de la Profeco que clausuraron el negocio.

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El berriche de la señorita tuvo como consecuencia el cierre del establecimiento de comidas de una manera muy arbitraria. Sin embargo, el impacto de las redes sociales frente a la prepotencia y el abuso dieron a conocer esta situación que indignó a muchos ciudadanos.

Investigaciones posteriores en este caso tuvieron como consecuencia la separación definitiva de 4 y suspensión temporal de 3 funcionarios. Así, la Secretaría de la Función Pública (SFP) recomendó a la Profeco las sanciones correspondientes por lo que consideró un caso de abuso de autoridad y aprovechamiento de las instituciones por parte de la hija del hoy ex procurador y los funcionarios sancionados.

Posteriormente, el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, dio a conocer la destitución del entonces titular de la Profeco, Humberto Benítez Treviño, por orden del presidente Enrique Peña Nieto, siendo nombrado en su reemplazo Alfredo Castillo Cervantes.

Los funcionarios despedidos de la Profeco e inhabilitados para ejercer cargos públicos por un año fueron el subprocurador de Verificación, el director general de Verificación y Vigilancia y el jefe de departamento de Verificación de Normas Oficiales Mexicanas de la Profeco.

Enseñanza: Todos los funcionarios públicos que tienen una responsabilidad en el gobierno, además de cumplir sus funciones dentro del marco de la Ley, están obligados a desempeñarlas con absoluto profesionalismo y ética.

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Reforma del Servicio Civil en USA

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“Another major issue of the post Civil War era was reforming the Civil Service system. The term “Civil Service” was coined in 1872. It refers to any government position (in all three branches of government) that is an appointed position rather than an elected one. The system was often referred to as the “spoils system” because the winning candidate would use these positions as rewards for those who were loyal to him and helped him win the election. These people were rarely the most qualified, which resulted in massive incompetence.

Civil Service reformers wanted a merit system, whereby test scores determine a person’s qualifications for government positions. This would ensure that many of the employees working for the government would be good at their jobs. Grant applied his hands-off approach to this issue as well, allowing each cabinet member to set his own rules. Some experimented with examinations, while others kept traditional spoils system. The lack of a single policy set by the party leader (the president) strained the Republican party and caused a split between more traditional Republican regulars and more liberal reform-minded Republicans.”

“Otro tema importante en la post-guerra civil norteamericana fue la reforma del sistema de Servicio Civil. El término ‘Servicio Civil’ fue acuñado en 1872. Este se refiere a que cualquier cargo en el gobierno (en los tres poderes del Estado) ostenta una posición nombrada en vez de una elegida o designada. El sistema antes se entendía con frecuencia como el “sistema de botín” (spoils systems) porque el candidato ganador utilizaba estas posiciones como recompensas para aquellos que fueron leales a él y le ayudaron a ganar las elecciones. Estas personas rara vez eran los más calificados, lo que resultó en incompetencia masiva.

Los reformadores del Servicio Civil querían un sistema de méritos por el que los puntajes de las pruebas o evaluaciones determinen las calificaciones de una persona para ocupar puestos gubernamentales. Esto garantizaría que muchos de los empleados que trabajan para el gobierno serían buenos en su trabajo. Grant aplicó su enfoque de no intervención a este tema, así, permitió que cada miembro del gabinete estableciera sus propias reglas. Algunos de ellos experimentaron con las evaluaciones, mientras que otros mantuvieron el tradicional “spoil system” (tráfico de influencias). La falta de una política única establecida por el líder del partido (el presidente) tensó al Partido Republicano y causó una división entre los habituales republicanos más tradicionales y los republicanos reformistas más liberales”.

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En: The Ulysses S. Grant Administration: 1869-1877

Al respecto también puede revisar: La administración en los EE.UUU.: un breve recorrido entre sus reformas hasta la crisis actual

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Ley del Servicio Civil: Manual de Perfiles de Puestos (MPP) y otras definiciones

a) Manual de Perfiles de Puestos (MPP): Es un documento normativo que describe de manera estructurada todos los perfiles de puestos de la Entidad, desarrollados a partir de la estructura orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) o el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), a que se refiere la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en caso de contar con este instrumento.

b) Puesto: Es el conjunto de funciones y responsabilidades que corresponden a una posición dentro de una entidad, así como los requisitos para su adecuado ejercicio. Se encuentra descrito en los instrumentos de gestión de la entidad. Para efectos de la presente Directiva, toda referencia a cargo debe entenderse a puesto.

c) Perfil del Puesto: Es la información estructurada respecto a la ubicación de un puesto dentro de la estructura orgánica, misión, funciones, así como también los requisitos y exigencias que demanda para que una persona pueda conducirse y desempeñarse adecuadamente en un puesto.

d) Misión del puesto: Describe la razón de ser del puesto o su finalidad, indicando qué hace, a qué o a quiénes afecta su labor (procesos, recursos) marco general de actuación del puesto y, finalmente, para qué se realiza (cumplir fiscalizaciones, estándares de calidad, presupuestos, entre otros).

e) Función del puesto: Conjunto de actividades diferentes entre sí, pero similares por el objetivo común que persiguen. Describen lo que se realiza para cumplir la misión del puesto.

f) Habilidades: Cualidades de las personas que son inherentes a sus características personales y/o son adquiridas por la práctica constante.

g) Competencias: Características personales que se traducen en comportamientos visibles para el desempeño laboral exitoso, involucra de forma integrada el conocimiento, habilidades y actitudes, las cuales son el factor diferenciador dentro de una organización y contexto determinado.

En: RPE Nº 161-2013-SERVIR/PE

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Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del servicio civil – Etapa 2: Análisis Situacional de la entidad

Etapa 2: Análisis Situacional de la entidad

Durante esta etapa:

a. La entidad o quien esta delegue recogerá información de la situación de la entidad en dos ejes:

• Procesos que ejecuta la entidad.
• Puestos de la entidad.

b. Todos los órganos y unidades orgánicas de la entidad deberán colaborar brindando la información requerida.

c. La información de los puestos se recogerá a través de la herramienta de Mapeo de Puestos que registrará todos los puestos con los que cuenta la entidad en todos los regímenes y bajo todas las modalidades de contratación, de conformidad con la metodología aprobada por SERVIR.

d. La información de los procesos se recogerá a través de la herramienta de Mapeo de los procesos, de conformidad con la metodología aprobada por la Secretaría de Gestión Pública.

e. La Comisión de Tránsito analizará la información recolectada y la situación de la entidad, de acuerdo a la metodología provista para tal fin, e identificará las oportunidades de mejora interna en un informe.

f. Mediante resolución del titular de la entidad se aprueba el informe de la Comisión de Tránsito, disponiéndose las mejoras internas.

Fuente: RPE N° 160-2013-SERVIR/PE

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Tres principios básicos en los cuales esta fundamentado el servicio civil norteamericano

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En ciencia política, la expresión inglesa spoil system describe una práctica por la cual los partidos políticos del gobierno distribuyen a sus propios miembros y simpatizantes cargos institucionales y posiciones de poder. En Estados Unidos el spoil system, deja de existir con la Acta Pendleton de 1883(en honor a su principal promotor el senador George Pendleton), lo que supone desde esa fecha, la utilización de un sistema neutral basado en criterios de igualdad y de mérito para acceder a un cargo público.

Los tres principios y la ley pertinente en orden de su importancia son:

1. Selección y ascenso por mérito –encapsulada en el Acta Pendelton de 1883.

El Acta Pendelton estableció el proceso de tener exámenes, prueba de experiencia, y credenciales, todos relacionados a los requisitos de desempeño del puesto. Casi todos los puestos del servicio civil fueron sometidos a este régimen. Este nuevo sistema fue denominado el sistema de méritos, y la ley también estableció la Comisión de Servicio Civil, que tuvo para su función principal la vigilancia de este sistema. Así quedo hasta 1976, cuando el acta de la Reforma del Servicio Civil estableció la Oficina de Gestión de Personal bajo del Presidente de la Republica, y pasó la administración del sistema de méritos a su Oficina de Protección del Sistema de Méritos.

2. Retención de los empleados a través de una permanencia –hecho por el Acta Lloyd/La Follete de 1913.

La ley Lloyd/La Follete dio permanencia a los empleados públicos después que pasaran su periodo de inducción, normalmente entre 3 o 6 meses dependiendo del tipo de puesto. El fuerzo de esta acta fue proteger a los empleados de carrera de acciones tomadas por actores políticos. La ley dio una protección contra intervención política contra de alguien por usar su juicio técnico y fortaleció el sistema de méritos.

3. Ascenso por clasificación de puestos – establecido por El Acta de Clasificación de Puestos de 1923.

La clasificación de puestos es importante porque viene a ser la base de una carrera. Así se establecen cuáles puestos tienen más valor en términos de requisitos, y después pago, por el sistema de méritos, y todos los puestos están valorados lógicamente. Esta ley ha estado sobre la base de las grandes innovaciones técnicas hechas en el EEUU.

Este esquema tiene tres elementos claves para cualquier sistema de personal público:

1) La protección de empleados de influencia política;
2) Pago con base en el rendimiento y capacidad;
3) Profesionalización del Servicio Civil de Carrera.

Siguiendo los tres principios y con base en estos tres elementos, fue posible llegar a un servicio civil de carrera eficiente, eficaz, y instrumental. Pero estos cambios no garantizan la calidad y funcionalidad del servicio público; más bien den una base para construirlo. En otras palabras, las leyes quedaron por reglamentarse. Quedaron dos problemas para resolver. El primero fue la manera de organizar el servicio civil para la profesionalización. El segundo fue el problema del tamaño del servicio civil.

En: Una revisión inicial a la nueva ley del servicio profesional de carrera en la administración pública federal de México : oportunidades y desafíos en la medición de resultados

Ver: The Spoils System versus the Merit System

Civil Service USA