Negociación colectiva en el sector público se eliminó con implementación de Planilla Única de Pago

Decretos Legislativos hoy perjudicarían directamente a 1.6 millones de trabajadores estatales. Sindicatos tomarán medidas, anunciaron.

Con la promulgación de dos nuevos decretos legislativos, la N°1442 y N° 1450, publicadas hoy por el ejecutivo, se eliminó la negoción colectiva, mecanismo que permitía a los trabajadores públicos negociar sus salarios con el Estado, así lo indicó Luisa Eyzaguirre, secretaria general del Sindicato de Trabajadores de Sedapal (Sutesal).

Justamente, el DL N°1442 establece la creación de una Planilla única de pagos del sector público incluyendo las empresas del estado, financiero y no financiero, que significa restringir las posibilidades de aumentar o mejorar los sueldos de los trabajadores del sector público.

“Están estableciendo el marco regulatorio para generar una planilla única a nivel de todas las entidades con restricciones presupuestales, lo que significa que se está eliminado la negociación colectiva en todas las entidades públicas porque todo estará en función a las restricciones presupuestales que se otorgan a través de la Ley Servir”, declaró Eyzaguirre a La República.

En ese sentido, recordó que hasta el 2012 las entidades tenían la posibilidad de establecer negociaciones colectivas de un presupuesto de cada entidad, “pero con esto se eliminaría”, recalcó la secretaria sindical. Asimismo, agregó que las nuevas normas “son un desacato ante lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, y es una falta grave para la legislación laboral, es inconstitucional”, agregó.

Señaló que llama la atención que ambos decretos no estén firmados por el Ministro del trabajoChristian Sánchez, por lo que en caso no se pronuncie en las próximas horas, solicitarán formalmente su renuncia.

Ante ello, adelantó que junto con los demás sindicatos del sector público, incluyendo de las empresas del estado, solicitarán al Congreso la revisión de ambas normas a fin de que se realicen las modificaciones necesarias. Además, solicitarán una reunión con el premier Cesar Villanueva a fin de exponer la preocupación de los más de 1.6 millones de trabajadores que estarían siendo afectados directamente con las nuevas normas.

En: larepublica

 

COMUNICADO

EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1442 NO REGULA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS

16 de octubre de 2018 12:28 p.m.

El Ministerio de Economía y Finanzas, respecto al Decreto Legislativo Nº 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público, hace de conocimiento de los Pliegos y Unidades Ejecutoras de los tres niveles de gobierno lo siguiente:

1. Gobierno aprueba medidas para fortalecer y modernizar el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. El Decreto Legislativo Nº 1442, tiene por objeto establecer disposiciones sobre la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos a fin de contribuir a la asignación y utilización eficiente de los fondos públicos destinados a los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público. De esta manera, se busca garantizar la transparencia, legalidad, eficiencia, eficacia, sostenibilidad y responsabilidad fiscal, lo que permitirá contar con información confiable sobre cuánto invierte el Estado en los ingresos de personal (remuneraciones y pensiones) en el Sector Público, sin afectar en modo alguno los derechos de los trabajadores.

2. No regula la negociación colectiva. El Decreto Legislativo Nº 1442, resulta aplicable a las acciones en materia remunerativa que unilateralmente pudieran desarrollar las entidades a partir de su vigencia y en adelante; y, no afecta en modo alguno los derechos otorgados mediante normas legales con rango de ley, que vienen percibiendo los trabajadores; ni tiene relación con la negociación colectiva en el sector público, lo que será materia de una ley distinta, de acuerdo con el mandato del Tribunal Constitucional.

3. Los montos por concepto de aguinaldos o gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, y Escolaridad son fijados en las Leyes de Presupuesto del Sector Público. El número de pagos que corresponde al personal en el Sector Público, recogido en el decreto legislativo, es una regla vigente, regulada en la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28411, en cuyo marco los montos por concepto de Aguinaldos o Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, y Escolaridad son fijados en las Leyes de Presupuesto del Sector Público; y, no limita las entregas económicas adicionales que las entidades realizan en virtud a una negociación colectiva, conforme a la ley de la materia.

4. Sobre la Negociación Colectiva en los Gobierno Locales. En el caso de los Gobiernos Locales, el inciso 2 de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 28411, estableció que la aprobación y reajuste de remuneraciones, bonificaciones, aguinaldos y, refrigerio y movilidad de los trabajadores, se fija de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 070-85-PCM, que regulaba el procedimiento de la negociación bilateral para la determinación de las remuneraciones por costo de vida y por condiciones de trabajo. Sin embargo, el referido Decreto Supremo fue derogado en el año 2014 por el literal n) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM (13/06/2014). En tal sentido, cualquier regulación sobre la materia debe efectuarse en el marco de la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Público que se regule en una ley especial.

Cualquier consulta al respecto, se puede realizar a través de la Dirección General de Gestión Recursos Públicos de este Ministerio, escribiendo al correo: dggrp@mef.gob.pe

En: gob.pe/institucion/mef

Ver: Proyecto de Ley 3439/2018-CR : Ley que Deroga el Decreto Legislativo 1442, Decreto Legislativo de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos en el Sector Público (26 Septiembre 2018)

Ver ademas: Congreso aprueba ley de negociaciones colectivas en el Estado (19 Octubre 2018)

Congreso aprobó norma que excluye a sus trabajadores de la Ley Servir

Los trabajadores del BCR, SBS y el Congreso no ingresarán al nuevo régimen de servicio civil.

Imagen: internet

La Comisión Permanente del Congreso de la República aprobó el miércoles 12 de julio el proyecto de ley que exonera a los trabajadores del Banco Central de Reserva (BCR) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) de la Ley Servir. La autógrafa enviada al Ejecutivo también considera a los trabajadores del Congreso.

El 14 de junio, la Comisión de Economía del Congreso aprobó los proyectos presentados por el BCR y la SBS, analizando la naturaleza de los entidades autónomas. El 12 de julio, la Comisión de Economía presentó un texto sustitutorio, en el que incluyó a los trabajadores del Congreso, sin exponer el análisis de los motivos. Ese mismo día, la Comisión Permanente aprobó el nuevo dictamen.

Si bien los trabajadores del BCR aún no han ingresado al régimen Servir –pues las incorporaciones de las entidades estatales a este régimen forman parte de un proceso que viene tomando varios años –este es un temor latente en la entidad si es que no se aprueba el proyecto de ley.

En abril del año pasado, el Tribunal Constitucional (TC) terminó que la inclusión de los trabajadores del BCR, el Congreso, la Sunat, SBS y la Contraloría no es inconstitucional, por lo que forzó a estas entidades a adecuarse al nuevo régimen laboral del sector público.

Si bien la implementación de la Ley Servir está en curso y todavía no rige en las entidades públicas mencionadas, la SBS y el BCR recurrieron al Congreso para la exoneración de sus empleados de la norma, lo que se concretó hace unos días.

En: semanaeconomica

Ver: Servir: una reforma necesaria pero dolorosa

Promulgan ley que excluye del régimen Servir a los trabajadores del Congreso, BCR y SBS

La Ley N° 30647, publicada hoy, señala que el Congreso, BCR y SBS son “organismos autónomos y sus trabajadores se rigen por el régimen laboral de la actividad privada”.

Tal como lo adelantó Gestión, hoy se promulgó la Ley N° 30647, la cual excluye del régimen Servir a los trabajadores del Congreso, BCR y SBS.

La citada norma sostiene que estos son “organismos autónomos y sus trabajadores se rigen por el régimen laboral de la actividad privada”.

Cabe recordar que a inicios de año tanto el BCR como la SBSenviaron sendos proyectos proponiendo su exclusión al régimen de Servir, al considerarse entidades especializadas.

En julio, la Comisión Permanente del Congreso reunió ambos proyectos en un solo dictamen y también agregó la misma disposición para sus trabajadores.

Al respecto, el abogado laboralista Jorge Toyama refirió que la propuesta para excluir a los trabajadores del Congreso del régimen Servir no se justifica, pues a diferencia del BCR y la SBS, no es un organismo especializado ni constitucionalmente autónomo.

“El Congreso no tiene un estatuto particular, es como cualquier otra entidad pública. Ahora cualquier otra entidad pública podría solicitar una medida similar”, advirtió Toyama.

En: gestion

Ver: Sentencia del Tribunal Constitucional Peruano que declaro inconstitucional la exclusión de los trabajadores administrativos del Congreso, BCR, SBS. Expedientes 00025-2013-AI 00003-2014-AI 00008-2014-AI 00017-2014-AI

Hilbck anuncia que la Región se adaptará a la Ley del Servicio Civil

El gobernador regional Reynaldo Hilbck señaló ayer que Infraestructura, Administración, Presupuesto y Asesoría Legal serán las primeras áreas de la entidad regional que se fortalecerán con la Ley Servir.

Esca iniciativa busca aplicar criterios de meritocracia y evaluación constante para elevar la calidad del personal que labore en las instituciones del Estado.

Hilbck dijo que es necesario tener personas preparadas para lograr resuJtados en las instituciones. “Hay buenos dirigentes y merecen estar en este tema.

San Martín es una de las regiones que en tres años ha sacado adelante el sector Salud al adecuarse a esta iniciativa. Es una manera de comprometerse con la institucionalidad y la gobernabilidad”, refirió.

El Gobierno Regional se encuentra en el tránsito de adecuarse a la ley y por lo pronto está realizando el mapeo de procesos de cada dirección y gerencia para fortalecerlos. “Siempre se dice que hay mucha gente, pero hay que ver cuánto produzco y cuánto personal necesito.

Cuando se habla de cambios no se debe apuntar a los gerentes o directores, sino mirar a los ejes de abajo o áreas operativas, y a veces hay gente preparada pero no se le toma en cuenta”, señaló Hilbck. Por ello indicó que esta iniciativa no solo significa mejoras remunerativas al trabajador, sino que lo hace crecer profesionalmente.

SIN MIEDO
En tanto, el gerente de Desarrollo de la Autoridad Na· donal del Servicio Civil, Andrés Corrales, sostuvo que las instituciones que pasan por Servir identifican e implementan mejoras organizacionales para responder a los desafíos que tienen, como es el caso del Fenómeno El Niño. En relación a los puestos de confianza que existen de acuerdo a Ja legislación, Corrales refirió que deben cumplir con los perfiles, pues ahora no se ve la meritocracia. “La ley es una oportunidad de mejora en condiciones de trabajo, trayectoria y linea de carrera, y la evaluación es en base al mérito y no a otros criterios”.

• Hay siete gobiernos regionales que están en este tránsito. entre ellos Piura.
• Además aparecen las municipalidades de Piura, Huancabamba y Talara.
• Servir señala que siempre está en diálogo con los principales gremios sindicales.
• Hoy continúa el primer encuentro Macrorreglonal de Directivos Públicos.

En: eltiempo

Reguladores y supervisoras critican limitaciones de Ley Servir

Cuestionaron restricciones introducidas en reforma del servicio civil. Aseguran que se ha debilitado su institucionalidad

Participantes. Los presidentes de Osinergmin, Sunass, Osiptel, Indecopi, OEFA, el vicepresidente de Ositrán, y catedráticos de Centrum y la PUCP participaron en el coloquio. (Foto: Juan Ponce). ElComercio

Participantes. Los presidentes de Osinergmin, Sunass, Osiptel, Indecopi, OEFA, el vicepresidente de Ositrán, y catedráticos de Centrum y la PUCP participaron en el coloquio. (Foto: Juan Ponce). ElComercio

Centrum organizó el coloquio Institucionalidad Regulatoria, en el que se discutió la problemática que enfrentan los organismos reguladores, supervisores y fiscalizadores del país en relación con su autonomía e independencia.

Participaron en la mesa redonda altos representantes de Indecopi, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y los reguladores de infraestructura de transporte (Ositrán), de energía y minería (Osinergmin), telecomunicaciones (Osiptel) y agua y saneamiento (Sunass).

En una parte del coloquio se criticó las limitaciones impuestas a partir de la promulgación de la Ley del Servicio Civil (Servir), que, a decir de estas instituciones, les restan atractivo para atraer capital humano capacitado y, por ende, debilitan su institucionalidad.

SIN ATRACTIVO
Jorge Cárdenas, vicepresidente de Ositrán, afirmó que las limitaciones impuestas al presupuesto para la capacitación del personal de las instituciones resultan sumamente perjudiciales. “Si el profesional no es capacitado constantemente, difícilmente podrá cumplir la función válida en el proceso regulatorio”, indicó.

Cárdenas también criticó la disminución de remuneraciones que se ha dado, pues consideró que así el sector público deja de ser atractivo para los profesionales.

El presupuesto máximo para las capacitaciones ha sido fijado en 1 UIT (S/.3.850) para aquellos casos en los que la entidad pública no migre al régimen Servir, cuando antes podía financiarse hasta una maestría, y por tanto, funcionaba como un incentivo para atraer capital humano.

Sin embargo, Hebert Tassano, presidente del Indecopi, reconoció la importancia de Servir. “Es la reforma que el Estado necesita para modernizarse y avanzar al ritmo de un país desarrollado”. Pero el funcionario también identificó algunos aspectos negativos surgidos a partir de este régimen. “No podemos competir con salarios del sector privado. La gran herramienta que tenemos es capacitar y poder mandar [al personal] a actividades en el extranjero. Hoy esas dos situaciones las tenemos limitadas”, señaló Tassano, en relación con el límite de 1 UIT. El funcionario agregó que la especialización requerida en la mayoría de los casos no es brindada en la educación universitaria.

Jesús Tamayo, presidente de Osinergmin, también cuestionó el impacto de la Ley Servir en su entidad. “En lugar de igualar a las entidades hacia arriba, las ha igualado hacia abajo”, señaló.

MÁS LIMITACIONES
Gonzalo Ruiz, presidente del Osiptel, criticó que los límites máximos se han impuesto a la permanencia en el cargo de los funcionarios.

Por último, Fernando Momiy, presidente de Sunass, cuestionó que la Sunat no estuviera obligada a pasar al régimen de la Ley Servir. “No entiendo por qué la Sunat está excluida. Con ese mismo criterio, los organismos reguladores también deberíamos estarlo”, afirmó.

PARA SERVIR
Consultado por este Diario, Juan Carlos Cortés, presidente de Servir, indicó que la limitación presupuestaria impuesta para las capacitaciones es temporal hasta que la institución pública migre al régimen Servir –lo que implica para los reguladores dejar el régimen laboral privado–.

En relación con la disminución de los montos de las remuneraciones en el sector público, señaló que esta se dio en el gobierno anterior. Agregó que el esquema remunerativo también será definido una vez que las entidades migren al régimen Servir y se abran las convocatorias para los puestos específicos.

Con respecto a la exclusión de la Sunat del régimen Servir, señaló que esta fue una decisión del Congreso.

Asimismo, explicó que el límite a la permanencia en el cargo público responde al objetivo de evitar que los directivos se queden en los puestos por comodidad. “Lo que se busca es que no exista una situación de confort”, indicó Cortés.

DIRECTORES Y MULTAS
El coloquio también trató la existencia de directorios incompletos y cuestionó si el hecho de que las multas financien a las instituciones funciona como un incentivo perverso para estas.

Cárdenas, de Ositrán, opinó que los requisitos excesivamente altos y la reducción de las dietas dificultan que se completen los directorios. Tassano consideró que era necesario mejorar los incentivos para postular a los consejos directivos, teniendo en cuenta, por ejemplo, las restricciones que se le imponen a estos funcionarios una vez que dejan el cargo.

En cuanto a las multas, Eduardo Quintana, profesor de la PUCP, opinó que en la medida que la metodología para calcularlas sea clara, objetiva y predefinida no cabría espacio para cuestionamientos sobre esa forma de financiarse.

En: elcomercio

Perú: Gobierno entrante decidirá futuro de 221 mil trabajadores CAS

Hasta el momento ningún trabajador estatal ha sido contratado vía el régimen laboral del Servicio Civil (Servir)

La Autoridad Nacional del Servicio Civil estimó que son 221,000 los trabajadores contratados a través del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) de un universo de un 1’300,000 empleados para el Estado.(Foto: Archivo El Comercio)

La Autoridad Nacional del Servicio Civil estimó que son 221,000 los trabajadores contratados a través del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) de un universo de un 1’300,000 empleados para el Estado.(Foto: Archivo El Comercio)

La Autoridad Nacional del Servicio Civil estimó que son 221,000 los trabajadores contratados a través del Contrato Administrativo de Servicios (CAS) de un universo de un 1’300,000 empleados para el Estado.

En ese sentido, de acuerdo al diario Gestión, el próximo gobierno tendrá que tomar la decisión de contratar a dichos trabajadores CAS; cambiar la legislación, o no hacer nada, con lo cual el futuro de estos es incierto.

El laboralista Jorge Toyama dijo que la ley no fijó plazos máximos para su implementación, por lo que la transición del trabajador CAS a Servir pasa por una decisión política y económica del Ejecutivo.

“Nada impide al próximo gobierno desconocer esta reforma que se inició hace casi 15 años con el gobierno de Toledo. Y existe también el candado económico de mejorar en al menos 25% del sueldo de los trabajadores CAS que pasen al Servir”, añadió.

PROCESO LENTO

Vlado Castañeda, secretario de Coordinación de la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM), dijo que solo el 10% de las entidades públicas se encuentran en proceso de transición al Servir.

Juan Carlos Cortés, presidente del Servir, señaló no se siente pesimista en los avances de la implementación de la reforma del empleo público, ya que se encuentran en tránsito diversas entidades como Reniec, ONPE, ONP, entre otros, que en esta etapa ya cuentan con un compromiso de mejora continua de atención.

Fuentes del gobierno indicaron al diario Gestión que de implementarse el Servir en este gobierno los más adelantados en el tránsito son los organismos reguladores como Ositran, Osinergmin, entre otros, pero ningún ministerio; y que casi el 100% los trabajadores CAS de estas entidades optarían por el nuevo régimen laboral del Servir.

DATO
El régimen laboral del Servicio Civil, aceptado voluntariamente por los trabajadores, mejora básicamente al régimen CAS y al del Decreto Legislativo N° 276, otorgando dos gratificaciones legales equivalentes a un sueldo; y con el pago de una Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), equivalente a una remuneración.

En: elcomercio

Disponen la publicación en el Portal Institucional de SERVIR el proyecto de la directiva “Reglas y estructura del Servicio Civil de carrera de la Ley N° 30057, Ley del servicio civil; y, su exposición de motivos

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 297-2015-SERVIR-PE

Lima, 30 de octubre de 2015

Visto, el Informe Técnico Nº 1052-2015-SERVIR/GPGSC, de la Gerencia de Políticas de Gestión de Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR;

CONSIDERANDO:

Que, con Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se aprobó un nuevo régimen del Servicio Civil, con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía, así como para promover el desarrollo de las personas que lo integran;

Que, el literal b) del artículo 2 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil establece que, entre las atribuciones de SERVIR, se encuentra la de dictar normas, directivas, opiniones y reglas en materia del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos con carácter vinculante;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil señala que, SERVIR podrá aprobar normas aclaratorias o de desarrollo del mencionado Reglamento, dentro del marco legal vigente;

Que, el artículo 246 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil establece que el servicio civil de carrera es un sistema único e integrado, constituido por un conjunto de normas, principios, reglas, procesos y procedimientos que tienen por objeto la incorporación, la profesionalización y la retención de personal competente al servicio del Estado. Así también señala que el servicio civil de carrera promueve, a través de sus servidores civiles, la cultura de servicio público, orientada a mejorar la calidad de los servicios al ciudadano;

Que, el artículo 257 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil establece, como parte de la estructura de carrera, que las familias de puestos en el servicio civil de carrera se dividen en niveles que permiten la progresión del servidor civil de carrera. Los niveles están definidos en relación con la complejidad de funciones y responsabilidades, los que serán definidos por SERVIR mediante Directiva;

Que, de otro lado, el artículo 26 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil establece que, el servidor de confianza ingresa al servicio civil sin concurso público de méritos, y que debe cumplir con el perfil del puesto en función de conocimientos y experiencia y no están sujetos a período de prueba;

Que, es necesario desarrollar las reglas sobre el ingreso, contratación, designación y causales de término de los servidores de confianza del régimen del servicio civil, previsto en la Ley N° 30057;

Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS señala que: “Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas”;

Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil propone el proyecto de directiva “Reglas y estructura del Servicio civil de carrera de la Ley N° 30057, Ley del servicio civil”; así como la propuesta de “Reglas aplicables a los servidores civiles de confianza de la Ley N° 30057, Ley del servicio civil”, por lo que resulta necesario disponer su publicación, así como el plazo para la recepción de comentarios que las personas interesadas formulen sobre el particular;

Con el visto de Gerencia General, Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con el literal o) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer, a partir de la fecha, la publicación en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR (www.servir.gob.pe) del proyecto de directiva “Reglas y estructura del Servicio civil de carrera de la Ley N° 30057, Ley del servicio civil”; y, su exposición de motivos, a fin que las personas interesadas formulen comentarios sobre dicha propuesta.

Artículo 2°.- Disponer, a partir de la fecha, la publicación en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR (www.servir.gob.pe) de la propuesta de “Reglas aplicables a los servidores civiles de confianza de la Ley N° 30057, Ley del servicio civil”, su anexo; y, su exposición de motivos, a fin que las personas interesadas formulen comentarios sobre dicha propuesta.

Artículo 3°.- Los comentarios que cualquier persona natural o jurídica considere pertinente alcanzar, deberán remitirse a la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, al siguiente correo electrónico: comentariosdirectivas@servir.gob.pe y serán recibidos durante los veinte (20) días calendarios siguientes a la fecha de publicación a que aluden los artículos 1° y 2° de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN

Presidente Ejecutivo

Ver: Texto del Proyecto de Directiva aquí

Estatales bajo régimen privado también dispondrán libremente de su CTS al igual que los del sector privado

Imagen en: http://aulacontable-paccelly.blogspot.com/2011/11/compensacion-por-tiempo-de-servicios.html

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Con el voto unánime de 73 parlamentarios el Pleno del Congreso de la República aprobó este jueves 15 un dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social a fin de regular la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores de la administración pública sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y el régimen del Servicio Civil.

Con el voto unánime de 73 parlamentarios el Pleno del Congreso de la República aprobó este jueves 15 un dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social a fin de regular la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los trabajadores de la administración pública sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 y el régimen del Servicio Civil.

Ante una nueva consulta, la Representación Nacional acordó exonerar el dictamen de una segunda votación. Fue por 74 votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención.

El dictamen correspondiente estuvo basado en proyectos de ley presentados por varios legisladores y fue emitido por unanimidad en la respectiva Comisión. Se busca que los servidores estatales puedan disponer libremente de su dinero generado a lo largo de años de servicio y que, por ejemplo, puedan destinarlos a cuentas de ahorro en entidades financieras de su preferencia.

Conforme a un texto sustitutorio presentado poco después de las 11:00 horas por el presidente de la Comisión, se modifica el artículo 2º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, respecto de la CTS. Se dice, entre otras cosas, que la CTS se brinda desde el primer mes de iniciado el vínculo laboral. Asimismo, el dinero será depositado en la entidad financiera que sea elegida por el trabajador. Esta medida tendrá carácter obligatorio, según la propuesta de ley.

El congresista Rolando Reátegui Flores (FP) sustentó el dictamen en su calidad de presidente de la Comisión dictaminadora. Dijo que se busca que los trabajadores públicos (84 mil a nivel nacional) puedan disponer de su dinero y depositarlo en la entidad financiera de su preferencia. Añadió que se trata de reconocerles derechos similares a aquellos de los que gozan los trabajadores del sector privado.

“De ese modo no habrá discriminación alguna y los trabajadores públicos también gozarán de respeto en cuanto a sus derechos a la propiedad, entre otras”, expresó el legislador. Destacó que la propuesta, aprobada por unanimidad en la Comisión, cuenta con opiniones favorables de organismos vinculados al tema, a excepción del Ministerio de Economía y Finanzas y Servir. Subrayó que esa actitud es injusta porque se trata del propio dinero de los trabajadores.

Luis Galarreta Velarde (PPC-APP) saludó la propuesta, e hizo notar que fue aprobado hace ya mucho tiempo y era necesario debatirlo. Alertó sobre lo que llamó ‘robo’ del Estado al trabajador público al hacer caja con el dinero del propio servidor y negarle derechos consagrados por ley.

El legislador Martín Belaunde Moreyra (SN) formuló apreciaciones y solicitó que se hiciera mayores precisiones en cuanto al texto de la iniciativa. Javier Velásquez Quesquén (CP) expresó su apoyo al dictamen y luego analizó y criticó las objeciones y opiniones desfavorables del MEF y Servir respecto de los derechos de los trabajadores. Calificó esas posiciones de “inconsistentes”. Precisó que no era verdad que el Estado pierde con ese reconocimiento a los derechos de los estatales.

El congresista Justiniano Apaza Ordóñez (DD) respaldó la propuesta y rechazó la discriminación de que eran objeto los servidores estatales, pues no gozan de medidas como el depósito semestral de su CTS, al igual que se hace con los trabajadores del sector privado.

De “oportuno” calificó el proyecto la congresista Natalie Condori Jahuira (DD). Cifró esperanzas en que fuese aprobado por unanimidad toda vez que era una medida aguardada hace tiempo por las centrales laborales del país. Dijo que se debe aprobar una medida a favor de los trabajadores estatales, pues así también se contribuirá a que sean más eficaces en sus labores de servicio al público. Saludó que el tema fuera colocado como primer punto de la agenda para el Pleno de la fecha.

También intervinieron en favor de la propuesta Jaime Delgado Zegarra (DD), Carlos Tubino Arias Schreiber (FP), Johnny Cárdenas Cerrón, Rubén Condori Cusi (NGP), toda vez que la proyectada norma entrañaba una medida de seguridad ante el desempleo y eliminaba un trato desigual a los servidores del Estado, respecto de los del sector privado.

La sesión matutina comenzó a las 10:57 horas, con la presencia de 63 legisladores en el hemiciclo. El quórum para efectuarla es de 58 parlamentarios.

Al inicio de la asamblea, a solicitud expresa del legislador Elías Rodríguez Zavaleta (CP), se guardó un minuto de silencio en memoria del recientemente fallecido exparlamentario Víctor Raúl Lozano Ibáñez, del departamento de La Libertad.

Igualmente, a pedido del presidente Luis Iberico Núñez, se guardó un minuto de silencio en memoria de Jorge Otárola Peñaranda, hermano del congresista y extitular del Poder Legislativo, Fredy Otárola Peñaranda (NGP).

NUEVO DISTRITO

De otro lado, fue aprobado un proyecto de ley cuyo dictamen fue emitido por la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, por el cual se propone crear el distrito de La Morada, en la provincia de Marañón, departamento de Huánuco.

El dictamen, cuyo proyecto fue presentado por el Poder Ejecutivo, contó con el inmediato apoyo de las legisladoras Carmen Omonte Durand (PP) y Luisa Cuculiza Torre (FP), ambas del departamento de Huánuco. También se sumó en apoyo Rosa Mavila León (AP-FA), después de que fuera sustentado por la legisladora Verónika Mendoza Frisch (AP-FA), titular de la Comisión dictaminadora.

La parlamentaria dijo que se aspira, entre otras cosas, a que haya una mayor presencia del Estado en esa jurisdicción. Igualmente, se señaló que era necesario proteger a la población frente a las nefastas actividades del narcotráfico.

La propuesta de ley fue aprobada por unanimidad (73 votos a favor). Se la exoneró de segunda votación por unanimidad (77 votos).

En: prensa congreso de la republica del peru

Luis Miguel Castilla: Se debe continuar con la reforma del Servicio Civil

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Imagen en: http://www.americatv.com.pe/

El embajador del Perú en Washington, EE.UU., Luis Miguel Castilla, consideró necesario continuar con la reforma del Servicio Civil en el Perú de la mano con poner en la agenda la carrera de méritos de los servidores públicos con el objetivo de darles más responsabilidades.

“Hay que tener el marco institucional, las leyes, las normas de calidad, pero si no tenemos servidores públicos que permanezcan en sus cargos durante muchos años debe haber un equilibrio entre velocidad de entregar servicios de forma eficiente y efectiva y mayor transparencia”, mencionó.

Asimismo, dijo que para impulsar el crecimiento un desafío es la ejecución de la política contracíclica, así como la diversificación de la economía y apostar por la reforma laboral.

En: larepublica

Perú y España mejorarán formación de directivos del Estado

Con firma de convenio de cooperación interinstitucional.

Imagen: INAP España

Imagen: INAP España

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) y su similar de España, el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), suscribirán la próxima semana un convenio de cooperación interinstitucional, para mejorar la formación de directivos del Estado.

La firma estará a cargo de Manuel Arenilla Sáez, director del INAP de España; y Juan Carlos Cortés, presidente ejecutivo de Servir. El acuerdo busca crear oportunidades para intercambiar conocimientos, experiencias, promover sinergias y proyectos conjuntos en gestión pública.

El representante del INAP visitará Lima del 12 al 15 de octubre, en una agenda que incluye el dictado de conferencias magistrales a directivos y servidores civiles peruanos; así como reuniones con los equipos a cargo de los diversos aspectos de la reforma del servicio civil en el Perú.

Arenilla Sáez es doctor en Ciencias Políticas y de la Administración por la Universidad Complutense de Madrid, catedrático de Ciencias Políticas y de la Administración de la Universidad Rey Juan Carlos, y administrador civil del Estado, en excedencia, desde 1985.

También ha sido director del departamento de Derecho Público I y Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos, consejero del Gobierno de La Rioja, y vicedecano de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la Universidad de Granada.

En su historial académico, Arenilla Sáez ha realizado publicaciones e investigaciones en modernización administrativa, reforma del Estado, gestión del riesgo, participación ciudadana, reforma universitaria, función pública y gobernanza.

Las conferencias magistrales del representante del INAP se efectuarán en el auditorio de la Escuela Nacional de Administración Pública, a las cuales los directivos y servidores civiles interesados podrán asistir previo registro virtual.

El lunes 12 de octubre se abordará “El riesgo en la administración y la participación ciudadana”; el martes 13, “La experiencia en la formación de servidores desde la mirada del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado de España”.

El miércoles 14 de octubre, el tema será “Entre la gobernanza y el rol técnico del directivo público”.

Para mayores detalles e información, los interesados pueden comunicarse al correo electrónico eventos@servir.gob.pe o llamando al teléfono 206-3370, anexo 5541.

El cierre de inscripciones para cada una de las conferencias es el mismo día del evento, a las 12:00 horas.

(FIN) NDP / MDV/RES
GRM

En: andina

Servir: una reforma necesaria pero dolorosa

La reforma al servicio civil, cuya tarea es poner orden a la caótica burocracia peruana, se ve obstaculizada por el gran costo que implicaría. Existe además una falta de incentivos entre algunas entidades y los mismos trabajadores, quienes temen por su estabilidad laboral.

Foto: Andina. En: http://semanaeconomica.com/article/politica/sector-publico/170996-servir-una-reforma-necesaria-pero-dolorosa/

Foto: Andina. En: http://semanaeconomica.com/article/politica/sector-publico/170996-servir-una-reforma-necesaria-pero-dolorosa/

Dos años después de que que se promulgara la Ley de Servicio Civil, diseñada para modernizar el Estado mediante la implementación de un régimen laboral único basado en la meritocracia, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) asegura que antes del fin del gobierno habrá concursos públicos para puestos bajo el nuevo régimen.

Un servicio civil profesionalizado vuelve a la economía más atractiva para las inversiones y sienta las bases para un mayor desarrollo. En el Perú, la burocracia estatal ineficiente es el principal factor que impide hacer negocios, según el Global Competitiveness Report 2014-2015, . El beneficio económico de la reforma fue señalado también por la calificadora de riesgo Moody’s en el 2013, que la evaluó como positiva para la calificación crediticia del Perú, de la cual también dependen las inversiones.

La necesidad de la reforma y sus beneficios deberían colocarla como la principal prioridad de todos los sectores del gobierno. Sin embargo, la fase final y más importante —la valorización de los puestos de trabajo para ponerlos en concurso público— se ve obstaculizada por dos grandes problemas. El primero es la presión fiscal que generará el incremento salarial por el otorgamiento de las gratificaciones y la CTS a los trabajadores de los regímenes laborales que no tienen estos beneficios, sobre todo en un contexto de desaceleración económica. El segundo es la falta de incentivos en las entidades estatales para emprender la reforma, algunas de las cuales fueron exoneradas de la reforma, y otras acostumbradas a contratar a personal temporal para agilizar sus procesos. A esto se suma que una gran parte de los trabajadores prefiere sus regímenes antiguos, pues teme que ingresar a la nueva modalidad propuesta abra la posibilidad de despidos de la mano de las evaluaciones de desempeño.

VA A COSTAR

En un contexto de la desaceleración económica, la reforma se complica porque la valorización de los puestos de cada entidad significa costo muy fuerte para el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

La reforma, además de ofrecer una carrera real para los trabajadores de los tres regímenes laborales actuales del servicio público —los decretos legislativos (DL) 728 y 276, y el contrato administrativo de servicios (CAS)—, “incrementará los ingresos, vía gratificaciones y CTS, de los servidores públicos del DL 276 y del CAS”, según Servir.

El escenario es complejo: los trabajadores del CAS y del DL 276 representan cada uno el 42% de la planilla pública, mientras que los del 16% restante son del DL 728. Hoy los trabajadores del CAS sólo reciben dos bonificaciones al año de S/.300 cada una —en julio y en diciembre, sin importar el tamaño de su salario—, y no reciben CTS. Los trabajadores del DL 276 tienen un salario real bajísimo (un viceministro percibe menos de un sol, por ejemplo), que es complementado por el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores (Cafae), y reciben su CTS y gratificación sobre el salario real, y no sobre el total. Los trabajadores del DL 728 sí reciben gratificaciones y CTS, por lo que el beneficio de la reforma para ellos sería las posibilidades de ascenso y movilidad entre entidades, y las capacitaciones.

Ya en el 2007, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) había estimado que una reforma de este tipo costaría S/.5,000 millones al año. Juan Carlos Cortés, presidente de Servir, sostiene que si bien su entidad calcula sobre el costo actual, “no se conoce con certeza la cantidad de trabajadores municipales, lo que hace muy complicado el cálculo”. Sin embargo se sabe en qué porcentaje aumentarían en promedio los salarios: “con los tres sueldos adicionales que recibirían los trabajadores del DL 276 y los del CAS, se daría un incremento de 18% a 20%”, indica.

MINISTERIOS DESMOTIVADOS

Si bien la idea es que haya un único régimen que ordene a la burocracia, éste no será aplicado a todas las entidades. Los excluidos de la ley son el BCR, la Contraloría, la Sunat, la SBS y el Congreso, que fueron exonerados ‘a último minuto’ por el Congreso en el 2013. Para éstos, la flexibilidad que han tenido para aumentar salarios a discreción y traer a los profesionales más capacitados los desmotivó de unirse al nuevo régimen.

En el 2010, la Contraloría argumentó que, dada su autonomía constitucional, no está bajo el mandato de Servir. En respuesta, Servir le envió dos oficios en los que indicóq ue aun así no podía aumentar los salarios de sus funcionarios por encima de los S/.15,600, luego de que el contralor Fuad Khoury aumentara su sueldo a S/.33,000.

La diferencia entre los salarios ofrecidos por las distintas entidades ha generado una ‘descapitalización’ —la pérdida de los mejores funcionarios— en ciertas áreas del sector público.

Añadido a esto, algunos ministerios que sí están bajo el alcance de la reforma aprovechan la falta de un régimen laboral único y ordenado para tener flexibilidad en contratar a personal, como solución a las ineficiencias dentro de sus entidades. Una fuente del Ministerio de Educación que prefirió no revelar su identidad para evitar represalias cuenta que, frente a presiones por falta de tiempo en tareas que la gestión considera prioritarias, el ministerio recurre a contratar a trabajadores CAS. “Si existe alguna urgencia por un tema importante, lo más probable es que se contrate personal para resolverlo”, sostiene.

TRABAJADORES RECELOSOS

La reforma también se ve dificultada porque los incentivos para pasar al nuevo régimen son distintos de acuerdo a cada viejo régimen. Los trabajadores CAS serían los más beneficiados, pero los de los DL 216 y 728 tienen temor de perder su estabilidad laboral. Las evaluaciones que vendrían con la reforma hacen eco a la experiencia negativa de las reformas del gobierno de Alberto Fujimori, como consecuencia de las cuales se despidieron a unos 450,000 trabajadores públicos. “Hubo un cese colectivo masivo sin justificación mediante evaluaciones muy mal hechas en ese período”, explica Jorge Toyama, socio de Miranda & Amado Abogados.

Los incentivos son aun menores para los trabajadores del DL 728, destaca la ex presidenta de Servir, Nuria Esparch, ya que en el 2013 Servir decretó que éstos ya no reciban sus CTS en cuotas semestrales, sino que se les pague una vez cesados, como ya ocurre en el resto de regímenes.

Lea el análisis completo de la reforma del servicio civil en la última edición impresa de SEMANAeconómica.

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