Tribunal Constitucional: Órdenes por e-mail y entrega de celulares a tercerizados son prueba de una relación laboral

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Mediante sentencia N° 01671-2013-PA/TC, el Tribunal Constitucional analizó por primera vez el contenido de los correos electrónicos y la entrega de herramientas de trabajo para ordenar una relación laboral directa.

Se trata del Recurso de Agravio Constitucional interpuesto por Juan Alberto Velásquez Serquén contra la sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque que declaró improcedente su demanda. El caso se originó en el contrato celebrado entre la empresa Electronorte (empresa principal) y otra que le brindaba servicios por tercerización.

Debemos de partir del hecho que una empresa no puede tratar a los trabajadores que no pertenecen a su planilla como si fueran propios. La naturaleza de ambos regímenes es distinta a partir del carácter de la relación que se desarrolle: una de carácter civil (autonomía del prestador del servicio) y otra de carácter laboral (determinada por la subordinación).

El TC consideró que los e-mails enviados por funcionarios de la empresa principal a los trabajadores de la empresa de servicios, que evidencian órdenes de trabajo, desnaturalizan el contrato civil entre ellas (empresa principal y la empresa de servicios); y en consecuencia, fijó una relación laboral directa entre los trabajadores de la empresa de servicios y la empresa principal como trabajadores a plazo indeterminado o como estables.

Asimismo, la entrega de una cuenta de correo electrónico y de un teléfono celular por parte de la empresa principal puede ser tomada en cuenta como una condición de trabajo, lo cual también desnaturaliza los contratos de tercerización.

Ver: STC N° 01671-2013-PA/TC

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Cuidado!: Te ha llegado un e-mail de Vera Damah? xD

Estimados lectores, les paso un mail que mas que emocionarlos les puede traer un gran disgusto ya que pueden pescar (phishing) los datos personales de ustedes y cualquier incauto sin compañía en este año nuevo. Ahí les va:

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En estas épocas hay que tener cuidado porque no sabemos quién podría estar detrás del otro monitor. Cuidado!

Hola mi querido amigo,

¿Cómo estás hoy? Espero que bien acabo de leer a través de tu perfil hoy y me gusta y me encantaría conocerte mejor ya que estoy buscando una relación duradera.
Mi nombre es Vera Damah y quiero que usted sepa y entienda que el color y la distancia no importa, y lo que cuenta y la materia más que es bueno comprensión y sentimientos de simpatía y amor que importan mucho en el futuro, así que le encantaría tener una buena relación con usted. y También por favor dígame más sobre ti mismo, y te diré más sobre mí mismo demasiado cuando llegue su respuesta y No tener un buen día. y aquí está mi dirección de correo electrónico para escribir
y me envía un e-mail Espero tu respuesta.
veradamah120@mail.com
Voy a enviar mi foto si lo que escucho de ti.
Vera ..

Bueno, están avisados. eh.

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¿Dudas acerca de la Ley del Servicio Civil?

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1. ¿Quiénes están comprendidos en la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil?

2. ¿Habrá despidos masivos, me van a despedir?

3. ¿Es voluntario u obligatorio?

4. ¿Soy CAS y con el nuevo régimen del Servicio Civil voy a tener 30 días de vacaciones?

5. ¿En qué me beneficia económicamente el nuevo régimen del Servicio Civil?

6. ¿Tengo que renunciar a mi puesto para poder concursar al nuevo régimen?

7:  ¿Qué pasa conmigo si soy 276, 728 o CAS; y no la hago, es decir, si no ingreso al puesto en el nuevo régimen del Servicio Civil?

 

En definitiva……….¿Cuáles son las reglas de juego para la nueva Ley del Servicio Civil?

 

Esta y muchas dudas más serán absueltas haciendo click en: Servir: Nuevo servicio civil

o puede hacer llegar su duda al siguiente email:

nuevoserviciocivil@servir.gob.pe

Además, puede comentar sus dudas en este blog.

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