Ley antitransfuguismo: TC falla a favor de conformar nuevas bancadas

Demanda de un grupo de congresistas contra norma fue declarada fundada en parte con cinco votos a favor. Fallo beneficia a congresistas no agrupados.

El Tribunal Constitucional resolvió declarar fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad que interpusieron 41 congresistas contra la “Ley antitransfuguismo”. Así aparece en la resolución que publicó el legislador Gilbert Violeta.

Según menciona, el fallo se tomó con cinco votos a favor y se declaró inconstitucional las disposiciones medulares de la norma que fue aprobada en octubre del 2016 con respaldo del fujimorismo.

El pleno del TC resolvió que el inciso 5 del artículo 37 del Reglamento del Parlamento “vulnera los derechos de libertad de conciencia, a la participación política y al principio de interdicción de mandato imperativo”.

También se puntualiza que se vulnera el derecho a la asociación “únicamente respecto de las expresiones ‘partidos políticos’ y ‘alianza electorales’”. Así, los artículos declarados inconstitucionales son el 37, inciso 5 y 2; y artículo 76, inciso 2.3.

Expresamente lo resuelto por mayoría hace cuestión de la imposibilidad que tienen los parlamentarios no agrupados de conformar nuevas bancadas después de renunciar o ser separados de las agrupaciones donde resultaron elegidos.

“No pueden constituir nuevo Grupo Parlamentario ni adherirse a otro los Congresistas que se retiren, renuncien, sean separados o hayan sido expulsados del Grupo Parlamentario, partido político o alianza electoral por el que fueron elegidos, salvo el caso de alianzas electorales conforme a ley (…)”, señala el inciso 5 del artículo 31 del reglamento.

El pasado 11 de agosto el Tribunal Constitucional realizó una audiencia en Arequipa donde se escuchó los argumentos de las partes involucradas. Los que abogan por la demanda son parlamentarios de cuatro bancadas.

Cuatro miembros son de Acción Popular, diez integrantes de Peruanos por el Kambio, siete legisladores de Alianza para el Progreso, ocho del Frente Amplio y diez miembros del bloque Nuevo Perú.

En: larepublica

Para no creerlo: Declaran inconstitucional parte de Ley Universitaria y ordenan reponer a la ANR

Demanda fue presentada el año pasado por el rector de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga.

20150119-sunedu_o_anr_accion_de_amparo_ica.png

Juzgado de Ica declaró inconstitucional la norma y, por ende, a la Superintendencia Nacional de Educación Superior (Sunedu), ordenando que todo regrese al estado anterior de los hechos.

El juez Freddy Bernaola Trillo, titular del Segundo Juzgado Civil de Ica, emitió su sentencia en la que declara fundada la demanda constitucional interpuesta por el rector de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, Alejandro Gabriel Encinas Fernández.

La autoridad universitaria presentó el 14 de agosto del 2014 una demanda constitucional, en contra del Congreso de la República por la aprobación de la Ley Universitaria que, entre otros asuntos, desactivó la ANR para la implementación de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Sunedu).

El magistrado, en su sentencia, de fecha 12 de enero del 2015, resuelve declarar fundada la demanda de Encinas Fernández, ordenando el restablecimiento de la vigencia de la ANR y del Conafu.

Asimismo, declara inaplicable el “1er párrafo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº: 30220; así como la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de la nueva Ley Universitaria que ordena la extinción de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y su Consejo Nacional de Funcionamiento de Universidades (CONAFU)”.

En: senalalternativa.com

Ver: Declaran inconstitucional parte de Ley Universitaria

Ver además: Este juez de Ica le hizo un favorcito a su familia (Y DE PASO SE BAJÓ TODA LA LEY UNIVERSITARIA)