Ley contra la violencia familiar no sanciona penalmente a gerentes

Ciertos medios afirman que, en virtud a la Ley contra la violencia familiar, los empleadores pueden ir a la cárcel si fijan sueldos distintos sin sustento para un mismo cargo. No obstante, dicha información es inexacta, debido a que la mencionada norma señala que frente a un acto de desigualdad de salarios, la víctima puede denunciar a su empleador, pero solo por actos de “violencia contra la mujer o contra un integrante del grupo familiar”. Aquí lo explicamos.

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Algunos medios de comunicación vienen difundiendo una información errónea respecto a la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, Ley N° 30364. Los medios informativos afirman que, en virtud de esta nueva norma, los trabajadores podrán denunciar penalmente por el delito de discriminación a los gerentes de las empresas que abonen sueldos diferentes a trabajadores que realicen igual labor.

Para dichas publicaciones, la norma configuraría una suerte de “ley laboral con incidencia penal y procesal penal”; sin embargo, ello no es cierto. La Ley Nº 30364 es la “nueva ley de violencia familiar”, que tiene por objetivo erradicar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar; en especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad.

El origen del error

Veamos primero dónde empieza a distorsionarse la información. El artículo 8.d) de la citada norma señala como un tipo de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a la “violencia económica o patrimonial”, que se configura —entre otros supuestos— cuando se paga a una mujer o un familiar un salario menor que otras personas, pese a que realizan las mismas tareas dentro de un mismo centro de trabajo.

Así, por ejemplo, según la norma en cuestión, se cometería este tipo de violencia cuando un empleador paga menor sueldo a una mujer trabajadora o a un pariente suyo, aun cuando otras personas reciben un mayor salario por realizar la misma labor.

En tales casos, la nueva ley señala que las víctimas pueden denunciar a su empleador, pero no por un delito, sino por actos de “violencia contra la mujer o contra un integrante del grupo familiar” ante la Policía Nacional; y que esta comunicará lo hechos al Juzgado de Familia, el cual realizará el “procedimiento tutelar” (extrapenal) respectivo.

Entonces, ¿la Ley Nº 30364 abre la posibilidad a que los trabajadores puedan “denunciar penalmente” a los gerentes de las empresas por recibir menor sueldo que otros? La respuesta es consistentemente que no. Solo posibilita que algunos trabajadores (mujeres y familiares) puedan denunciar actos de “violencia contra la mujer o contra un integrante del grupo familiar”, lo que se verificará en un “procedimiento tutelar” ante el Juez de Familia.

¿Este hecho puede configurar el delito de discriminación?

Que el hecho antes señalado pueda constituir un delito de discriminación no tiene nada que ver con la referida norma, como señalan erróneamente las páginas antes aludidas, pues la ley solo define un tipo especial de violencia contra la mujer o contra un integrante del grupo familiar (la llamada violencia económica o patrimonial), que puede sustentar un “proceso tutelar” ante el Juez de Familia.

Asimismo, dicha norma no define un supuesto típico del delito de discriminación, ni abre la posibilidad de que los agraviados puedan accionar contra sus empleadores por este delito. Dicho de otro modo, ninguna denuncia penal por delito de discriminación depende de la Ley N° 30364.

Es pues erróneo afirmar que, a partir de la comentada norma, los trabajadores pueden denunciar penalmente a sus empleadores (y, peor aún, llevarlos a la cárcel) por pagarles menor sueldo que a otros trabajadores que realizan la misma labor.

¿Qué puede hacer el trabajador ante un acto de discriminación?

No obstante, ante un acto de discriminación el trabajador puede ampararse a otra norma penal, y no a la nueva Ley contra la violencia familiar. Si un empleado pretende denunciar a su empleador por delito de discriminación laboral deberá basarse en el artículo 323 del Código Penal, vigente desde el año 2000.

Pero, a tal efecto, deberá considerar que no basta que el empleador le pague injustificadamente un menor sueldo, pues, para configurar este delito, se exigen otros requisitos típicos:

  • Que el menor salario obedezca a un comprobado acto de discriminación.
  • Que este se sustente en un motivo racial, religioso, sexual, de factor genético, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural, indumentaria, opinión política o de cualquier índole, o condición económica.
  • Que dicho acto tenga por objeto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona.

En: laley.pe

Gerentes irían a la cárcel si fijan sueldos diferentes sin sustento para un mismo cargo

Los trabajadores podrán denunciar penalmente a los ejecutivos de empresa por discriminación en el trabajo, lo que se sancionará hasta con tres años de cárcel.

Los gerentes de las empresas que determinen sueldos diferentes a trabajadores que realizan igual labor, sin una razón que los justifique, como antigüedad en el cargo, estudios, experiencia y otros, podrán ser denunciados penalmente.

Así lo establece la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Ley N° 30364, publicada a finales del año pasado, que reguló la violencia económica o patrimonial sancionable penalmente: “Cuando se perciba un salario menor por igual tarea, dentro de un mismo lugar de trabajo”.

En ese sentido, el laboralista Ricardo Herrera, socio del estudio Muñiz, recomendó a las empresas establecer políticas salariales objetivas sobre la base de la antigüedad en el cargo, experiencia profesional, estudios o criterios similares.

En caso contrario, si se determina un mayor sueldo para trabajadores que realizan igual labor, por simpatías o similares decididas por los gerentes, estos podrán ser denunciados penalmente, advirtió. Al respecto, el penalista Carlos Caro precisó que el delito aplicable al gerente de la empresa en estos casos es de discriminación, que tiene una pena máxima de tres años de cárcel.

Sin embargo, indicó que este delito no ha sido muy usado por las cortes del Poder Judicial, aunque existe un precedente judicial.

Pruebas

Para demostrar que existe un salario menor por igual tarea, Herrera aseguró que el trabajador puede acudir al Ministerio de Trabajo o a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

De esta manera, explicó, el trabajador logrará que un inspector constate si existe o no discriminación en su re muneración comparada con otro trabajador.

Así, no solo puede demandar judicialmente la homologación en el cargo, el cese de la hostilidad, el pago de una indemnización, sino que puede lograr una sanción penal contra el gerente, remarcó.

Caro refirió que las pruebas emitidas por autoridades serán más contundentes que las que usan en los casos de discriminación por insultos raciales o de género (testigos y otros).

En.- http://gestion.pe/

Polémica en Argentina por “despido” de cientos empleados de centro kirchnerista

La no renovación por parte del gobierno de Mauricio Macri de los contratos de 600 de las 710 personas que trabajan en el Centro Cultural Kirchner está causando revuelo político en Argentina.

Este jueves, un grupo de exempleados del Centro Cultural Kichner (CCK) llevará a cabo una manifestación en Buenos Aires para exigir “la continuidad del 100% de los trabajadores”, después de que los contratos de centenares no fueran renovados.

La medida fue anunciada el lunes y tomó por sorpresa a los empleados que acudieron a sus puestos de trabajo, pero no pudieron entrar al edificio.

El CCK, considerada la obra arquitectónica más ambiciosa de la expresidenta Cristina Kichner, abrió sus puertas en mayo de 2015.

El centro, que fue una iniciativa del fallecido expresidente Néstor Kichner, se ideó como “un espacio cultural capaz de albergar todas las expresiones del arte y la cultura”, en el que “todos los argentinos puedan acceder a la cultura, a través de una programación amplia, diversa y de calidad”, indica esa organización en su página web.

En declaraciones a la radio argentina Continental el martes, el director del Sistema Federal de Medios y Contenidos Públicos de Argentina (al que pertenece el centro), Hernán Lombardi, dijo que además de no renovarse el 85% de los contratos de los empleados de esa organización, las funciones del 15% restante se evaluarán cada tres meses.

31 de diciembre

De acuerdo con Lombardi, lo que se hizo fue no extender los contratos que se habían suscrito con las universidades que se vencían el 31 de diciembre.

“Los contratos dados de baja son contratos de asistencia técnica con las Universidades de San Martín, 3 de febrero y La Matanza. Involucraban al 85% de los designados que tenían su relación laboral triangulada con las universidades”, indicó.

Los demás contratos “serán renovados por entre uno y tres meses, de acuerdo a la normativa emanada del ministerio de Modernización. Cada caso será revisado por los nuevos responsables de la transición de cada área, evaluándose la pertinencia de su designación”, explicó Lombardi a la emisora.

“No quiere decir que no haya gente valiosa, pero será evaluada para ver su continuidad”, indicó.

Sin embargo, la explicación de Lombardi no satisfizo a todos.

“Es un artilugio técnico para despedir a los trabajadores”, dijo el delegado gremial del centro cultural, Nicolás Esperante, a la radio argentina Del Plata.

“Nuestros sueldos venían del Ministerio de Planificación, que los derivaba a las universidades para pagar nuestros sueldos y la operatividad del CCK”, indicó Esperante.

De hecho, el ex ministro de Planificación, Julio De Vido, se hizo eco de la polémica:

“Quiero pedirle a las nuevas autoridades del CCK que no usen esto como excusa para dejar en la calle a 800 trabajadores”, dijo, según informó el diario argentino La Nación.

Y añadió: “me solidarizo (con las personas afectadas) y me pongo a disposición”.

“Cada caso será revisado”

El 5 de enero, Lombardi había dicho en un mensaje en Twitter que “funcionarios salientes firmaron irresponsablemente falsas renovaciones de contratos para 2016 que carecen de legalidad y legitimidad”.

Sin embargo, los exempleados aseguran que la medida es injusta.

“No somos culpables del tipo de contratación que tuvimos. Podemos dar cuenta del trabajo que hicimos y que queremos seguir haciendo”, señaló uno de los delegados del centro en declaraciones de recogió el periódico argentino Clarín.

Mientras que otro le dijo al periódico La Nación: “Esperamos desde el primer día a Lombardi para entregarle informes de gestión, pero sólo recibimos el destrato”.

En su cuenta de Twitter, Lombardi indicó que “cada caso será revisado por los nuevos responsables de la transición de cada área, evaluándose la pertinencia de su designación”.

Luego de un accidentado período de transición con su antcesora y rival política, Cristina Fernández, el presidente Mauricio Macri ha empezado a dar marcha atrás a varias medidas de la exmandataria.

En.- bbc

Maduro elimina facultades del Parlamento para despedir directivos del Banco Central

Nicolás Madurol, presidente de Venezuela

Nicolás Madurol, presidente de Venezuela

El presidente venezolano, Nicolás Maduro, ha eliminado por decreto la facultad de la Asamblea Nacional de cambiar la junta directiva del Banco Central, complicando uno de los planes de la oposición que controlará el Parlamento a partir del martes.

Hasta ahora, los diputados tenían que ratificar los nombres enviados por el presidente y podían despedir a los funcionarios, pero una Gaceta Oficial extraordinaria difundida este lunes incluye una reforma que permite al mandatario nombrar a los directivos del Banco Central de forma directa y elimina toda facultad de los diputados sobre la entidad monetaria.

La publicación está fechada el 30 de diciembre del 2015, un día antes de que terminen los poderes especiales otorgados a Maduro por la Asamblea previa, controlada por el oficialismo. Y se conoce un día antes de que asuman los nuevos diputados.

Tras romper con la hegemonía que tuvo el ‘chavismo’ durante 16 años en la Asamblea en los comicios legislativos de diciembre, la oposición dijo que buscaría reformar la ley del Banco Central en medio de una crisis de inflación, recesión y escasez, y que exigiría cifras económicas no publicadas desde el año pasado.

Con la reforma difundida este lunes, la autoridad monetaria podrá clasificar información como secreta cuando considere que existen “situaciones internas o externas que representen amenaza a la seguridad nacional y a la estabilidad económica”.

Además, bajo el mismo escenario de amenaza a la seguridad nacional, el Banco podría financiar al Estado o sus instituciones. Esa medida permitiría llevar dinero de las arcas públicas a los entes estatales aún si la Asamblea rechaza autorizar fondos adicionales.

A pesar de todo, la ley podría ser nuevamente reformada por la mayoría opositora del parlamento.

En: economiahoy.mx

Macri modifica por decreto la Ley de Medios

El Gobierno argentino modificó hoy a través de un decreto la Ley de Medios aprobada durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner y creó el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

Mauricio Macri, presidente de Argentina. Imagen: DW

Mauricio Macri, presidente de Argentina. Imagen: DW

El Gobierno argentino modificó el lunes (4.1.2016) a través de un decreto la Ley de Medios aprobada durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner (2007-2015), disolvió organismos regulatorios y creó el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), pese a que un juez había dictado una medida para frenar cambios.

El decreto firmado por el presidente Mauricio Macri fue publicado ayer en el Boletín Oficial, pero con fecha 29 de diciembre, antes del fallo judicial en su contra. El juez de La Plata Luis Arias dictó el 30 de diciembre una medida precautelar que frena el decreto que modifica la ley de servicios de comunicación audiovisual y la fusión de entes regulatorios que había sido anunciado horas antes por el jefe de Gabinete, Marcos Peña, antes de su publicación, pero su resolución debe ser ratificada por la Justicia Federal.

La norma difundida el lunes dispuso la creación de una comisión para elaborar el proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de la ley de servicios de comunicación audiovisual y la ley Argentina Digital.

“Circunstancia excepcional”

Según el decreto firmado por el presidente Mauricio Macri, “la crítica situación del sector de las telecomunicaciones y los medios” determina, entre otras cosas, “la imperiosa necesidad de efectuar la reorganización y modificación normativa proyectada, configurando una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes”.

En respuesta a las críticas por apelar a un decreto, el Gobierno sostuvo que “esperar la cadencia habitual del trámite legislativo irrogaría un importante retraso que dificultaría actuar en tiempo oportuno y obstaría al cumplimiento efectivo de los objetivos de la presente medida”.

El objetivo del Gobierno que aún no lleva un mes en funciones es impulsar la convergencia tecnológica entre medios y telecomunicaciones, caracterizada por la competencia entre diversas tecnologías en los servicios de video, telefonía -voz- y banda ancha -internet-.

En este contexto, consideró que “entra en crisis el régimen de regulación económica sectorial preexistente, con regulaciones y reguladores separados para las empresas de medios, por un lado, y para las telecomunicaciones, por el otro” ya que “puede generar una dispersión de criterios en su aplicación, produciendo así no sólo ineficiencias y distorsiones sino también inseguridad jurídica”.

Planes de Macri “buscarían beneficiar al grupo Clarín”

Los críticos del plan de Macri sostienen que el cambio en las regulaciones buscaría beneficiar a los grupos de medios obligados a desprenderse de numerosas licencias por la ley de medios aprobada por el Congreso durante el kirchnerismo, entre ellos el Grupo Clarín.

El decreto cambia el artículo 41 de la ley de medios que restringía la venta de medios audiovisuales, algo que ahora se permite, y facilita la integración de cadenas privadas de radio y televisión, lo que hasta ahora estaba muy restringido, precisó el diario “La Nación”. Tampoco habrá topes a la cantidad de ciudades en las que pueden operar las empresas de cable, que hasta ahora era de 24, que además pasarán a regirse por la ley de telecomunicaciones.

Además, se eliminan las restricciones a la propiedad cruzada de televisión por cable y radio y TV abierta; y los actuales licenciatarios de TV y radio podrán pedir la extensión del plazo de licencia por 10 años, sin importar cuándo sea su fecha de vencimiento actual.

Según la abogada Graciana Peñafort, una de las autoras de la ley de medios, el decreto de Macri viola la ley por varias razones, entre ellas por crear un organismo descentralizado, cuando para ello es necesario que se aprobado por el Congreso. “El esquema no cumple los estándares internacionales en libertad de expresión”, sostuvo Peñafort en su cuenta de Twitter.

“Más concentración, más oligopolios, menos controles estatales, menos federalismo, menos participación ciudadana, incumplimiento de leyes. Incumplimiento de orden judicial, adulteración de fecha en documento publico, delitos varios”, aseveró la experta.

En: DW

México.- Muere Joaquín Gamboa Pascoe, uno de los principales líderes del movimiento obrero en México

Imagen en: http://www.elfinanciero.com.mx/files/article_main//files/crop/uploads/2015/02/24/54ecccd68116e.r_1424805093637.0-161-1494-1149.jpg

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Joaquín Gamboa Pascoe, secretario general de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), ha fallecido este jueves a los 93 años, según ha confirmado el secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete, a través de su cuenta oficial de Twitter.

MÉXICO DF, 8 (EUROPA PRESS)

Joaquín Gamboa Pascoe, secretario general de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), ha fallecido este jueves a los 93 años, según ha confirmado el secretario del Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete, a través de su cuenta oficial de Twitter.

“Lamento profundamente el sensible fallecimiento de Don Joaquín Gamboa Pascoe, uno de los líderes referentes del movimiento obrero nacional”, ha dicho el funcionario mexicano, que ha enviado sus “condolencias” y “solidaridad” a la familia y amigos del fallecido.

Gamboa Pascoe ha sido un reconocido abogado, líder sindical y político mexicano, militante del Partido Revolucionario Institucional (PRI). Asimismo, había sido reelegido al frente de la CTM para el periodo que comprendía de 2016-2022.

El presidente de México, Enrique Peña Nieto, también ha expresado sus condolencias por el fallecimiento del líder sindical. “Reconozco su acreditado liderazgo, institucionalidad y trabajo al frente de la CTM, donde procuró el bienestar de sus agremiados”, ha señalado.

En: economiahoy.mx

Vea además: Líderes sindicales en México: entre la corrupción y los excesos

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