Sacando tu IR de quinta

Para el caso de un trabajador dependiente que percibe S/. 4,000.00 nuevos soles mensuales:

1. REMUNERACIÓN BRUTA:

a. Para comenzar, el trabajador está obligado a pagar IR de quinta categoría si percibe ingresos anuales mayores a 7 UIT. La Unidad Impositiva Tributaria para el año 2013 asciende a S/. 3,700.00 nuevos soles (Decreto Supremo Nº 264-2012-EF)

Por lo tanto: S/. 3,700.00 nuevos soles x 7 = S/. 25,900.00 nuevos soles } monto referencial

b. Esos S/. 25,900.00 nuevos soles se dividen entre 14 sueldos que percibe el trabajador al año (remuneraciones y gratificaciones).

S/. 25,900.00 /14 = S/. 1,850.00 nuevos soles } quienes ganan hasta esta cantidad no están obligados a pagar IR de quinta categoría.

2. REMUNERACIÓN NETA:

Remuneración bruta anual – 7 UIT
S/. 4,000.00 nuevos soles x 14 sueldos 7 x S/. 3,700.00 nuevos soles
S/. 56,000.00 nuevos soles S/. 25,900.00 nuevos soles = S/. 30,100.00 nuevos soles } remuneración neta.

3. CÁLCULO DEL IMPUESTO:

a. Aplicación progresiva de tasas sobre la remuneración neta anual = S/. 30,100.00 nuevos soles.

Suma de la Renta Neta del Trabajo                         Tasa
y renta de fuente extranjera

1er tramo : Hasta 27 UIT                                                             15%
2do tramo: Por el exceso de 27 UIT y hasta 54 UIT                21%
3er tramo: Por el exceso de 54 UIT                                           30%

27 UIT = S/. 99,900.00 nuevos soles.
54 UIT = S/. 199,800.00 nuevos soles.

b. Los S/. 30,100.00 nuevos soles se encuentran dentro del primer tramo, entonces se le aplica la tasa del 15%.

S/. 30,100.00 nuevos soles x 15% = S/. 4,515.00 nuevos soles } impuesto a la renta de quinta categoría a pagar en el año.

Actualización: Procedimiento IR con nuevos tramos