La agencia de competencia, es decir el Indecopi ha escrito en su web institucional lo siguiente: recuerda que en nuestro país la ley no permite la regulación de los precios de productos o servicios. Nuestra institución vigilará que se respeten los precios informados por los proveedores. En principio esto es verdad. Pero es verdad también que el Decreto Legislativo 1034, señala expresamente en su artículo 3 que : (..) El Estado podrá asumir las acciones que considere necesarias para contribuir a mejorar las condiciones de oferta de los productos en beneficio de los consumidores. No obstante ello, discrecionalmente, la autoridad de competencia podrá emitir informes con relación a las conductas referidas en el párrafo anterior con el fin de evaluar sus efectos sobre la libre competencia y el bienestar del consumidor.
Cómo debe interpretarse entonces este artículo, puede el Estado determinar algunas consideraciones especiales para mejorar las condiciones de la oferta de productos necesarios para la vida en una situación de crisis como la actual, para evitar la especulación, el acaparamiento y el alza de precios indiscriminada de algunos proveedores que se aprovechan de esta situación. Cuál es el rol del Indecopi, solo emitir un comunicado y decir no puedo hacer nada, o asumir con aplomo el mandato que le impone la ley y promover ante las autoridades pertinentes esta inquietud y preocupación para los ciudadanos más vulnerables, que se verán afectados, emitir un informe al respecto y promover imágenes, medidas y motivaciones nuevas, relevantes e inteligentes que ayuden a superar la crisis de confiabilidad ciudadana en un Estado, que lo siente esquivo y distante.
El pais necesita un rol proactivo de sus instituciones tutelares, necesita de una actuacion relevante con una cosmovision mas integral de lo que es en esencia el mercado, con una vision mas innovadora para repensar la actuacion del Estado en esta materia en ultumos años y estudiar, analizar y aplicar la norma en el contexto actual de un mercado cada vez mas lleno de presiones crecientes y extendidas; es en estos momentos donde se evidencia un liderazgo innovador de la institucion tutelar de los derechos de los consumidores. No olvidemos que ya el Tribunal Constitucional en su Resolucion AAI 008-2003 y AAI 858-2003 , estableció que la Constitucion impone al Estado un deber especial de proteccion de los consumidores , es decir una actuacion importante de sus entidades admistrativas que velan por el mercado.
El Perú tuvo ya su oportunidad de poner en práctica este artículo de la Ley y no lo hizo, con ocasión del terremoto de Pisco en el año 2007, cuando se pedía al presidente de ese entonces que hiciera algo para parar la especulación y alza de precios de los productos en las localidades del sur, donde aumentaron los precios de los productos básicos, las esteras , las maderas, el triplay, los clavos, alambres y hasta los servicios fúnebres entre 4 y 8 veces su valor , quizá por ello la reconstrucción de muchas casas de ciudadanos de Pisco aun a la fecha está inconclusa. Cabe preguntarse, si se pudo hacer algo en ese entonces ? Se repetira la historia ?
En USA después de un tsunami o un huracán o tornado, en varios Estados se establecen algunas condiciones para la venta de materiales de construcción y de ferretería para evitar que se especule con los precios aprovechándose de la situación y la ciudad pueda recuperase, se reconstruya y vuelva a su ritmo normal.
Dejo esta inquietud, porque es falso que el mercado se cuida a sí mismo como expresan algunos autores. O el Estado se ocupa del mercado, cuidando que exista y de que se perpetúe o las propias fuerzas del mercado acabarán pronto con él. [1] Por consiguiente el mundo de hoy y en especial el mercado actual lleno de presiones crecientes y extendidas reclama la inclusión de valores sociales y políticos en el Derecho de la Competencia, aceptando que la eficiencia es uno de los objetivos de este Derecho , pero no el único, y en este contexto el asunto no es mantener un enfrentamiento entre la eficiencia económica y otros valores sociales , sino que por el contrario, la cuestión es establecer un adecuado equilibrio para establecer una política de competencia coherente, eficiente y eficaz, que promueva el desarrollo, la competitividad, respetando los derechos de los ciudadanos consumidores.
El tema es por demás polémico y entiendo que requerirá necesariamente de voluntad política para hacerlo, pero vale la pena intentarlo, por un Perú con un mercado libre, transparente, competitivo, sin obstáculos, distorsiones, especulaciones, dirigismos u limitaciones, y sobre todo, por el bienestar de los ciudadanos en tanto consumidores.
[1] Soriano García, J.E . La Defensa de la Competencia en España: Una exposición de sus fundamentos políticos, La Ley, numero 249, Buenos Aires, 1992