EJEMPLAR SANCIÓN PARA EMPRESAS DE TELEFONÍA, POR ACTIVAR CELULARES REPORTADOS COMO PROBADOS O PERDIDOS

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16 de abril de 2019, se informó que las empresas de telefonía móvil Entel y Bitel habían sido severamente sancionadas con multas millonarias por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL,  por haber activado líneas en equipos reportados como robados o perdidos, según informo el propio regulador.

Esta noticia es muy grave porque demuestra que las empresas no están respetando disposiciones sobre seguridad  establecidas por el ente regulador, sino que con su actitud están marchando a contrapelo de todos los esfuerzos del estado por la lucha contra la corrupción, la inseguridad y la delincuencia y eso no puede ser aceptado.

Una empresa moderna que se supone debe proceder de acuerdo a estándares de calidad internacional da un pésimo mensaje al mercado y a los consumidor, por su irrespeto a las normas y su poca valoración a los consumidores y a su derecho a la seguridad, toda vez que al permitir el uso de equipos robados, dichas empresas posibilitan que sean utilizados en actividades delictivas. Este es un hecho grave que lamentablemente no ha tenido el impacto noticioso que debería tener y la ciudadanía debería estar informada al respecto, sin embargo no se ampliado información al respecto. , por ello desde esta tribuna académica ponemos dicho tema en la palestra para su conocimiento y debate.

Las empresas aludidas no  cumplieron con las normas que disponen  la implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESENG), cuya norma señala que el concesionario móvil que  preste servicios mediante equipos terminales  cuyas series se encuentran registradas  como sustraídas o perdidas, incurre en infracción muy grave.

Entel entre el mes de noviembre de 2017 y febrero de 2018 prestó servicios a través de 112,836 teléfonos que habían sido registrados como robados o perdidos, por ello la multa impuesta fue de S/ 1,176,000 equivalente a 280 unidades impositivas tributarias – UIT.

En el caso de Bitel , se encontró que existían líneas operando en 7,787 equipos que debían estar bloqueados, por ello la multa fue de S/ 1,079,232  equivalente a 256 unidades impositivas tributarias – UIT

Dichas sanciones fueron apeladas, pero fueron declaradas infundadas y por lo tanto la sanción es firme a nivel administrativo, y lo importante no es la multa solamente, sino el claro mensaje que el regulador está dando a través de estas sanciones,  es decir cero tolerancia al incumplimiento de normas regulatorias que buscan proteger  los derechos de los consumidores y sobre todo una férrea lucha con todo tipo de conductas que no van en la línea de coadyuvar a la lucha contar la inseguridad y la delincuencia.

Una vez más reiteramos en esta tribuna académica, el compromiso ético y la responsabilidad social que un operador de mercado debe tener frente al mercado. Es necesario un pacto de integridad de los operadores de mercado frente a sus consumidores y este caso probablemente haya existido alguna razón técnica para no cumplir, porque es inaceptable que una empresa ponga en riesgo la seguridad de los consumidores por prácticas de esta naturaleza. La búsqueda de la rentabilidad no deba atentar contra la seguridad.

 

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