Un tema de responsabilidad social empresarial
Las denuncias contra Gloria y Nestlé fueron presentadas por integrantes del Consejo Nacional de Asociaciones de Consumidores y Usuarios del Perú.
La Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi (SDC) confirmó la sanción impuesta contra las empresas Gloria y Nestlé tras haber cometido “actos de engaño” al publicitar diversos productos lácteos como si fueran leche de vaca.
Indecopi a través de un comunicado informó que a las empresas Leche Gloria Sociedad Anónima – Gloria S.A. y Nestlé Perú S.A. se les impuso una multa total de 1014.89 UIT (unidades impositivas tributarias) equivalente -a la fecha- a S/ 4 262,538 (cuatro millones doscientos sesenta y dos mil quinientos treinta y ocho soles).
El organismo resaltó que esta millonaria multa se le aplicó a ambas compañías luego de comprobar que a través de diversos medios (empaques, televisión y página web) tres productos lácteos, se presentaron publicitariamente como si fueran de leche de vaca, pese a que ello no era cierto.
En el caso de Leche Gloria, se evaluó la publicidad de los productos ‘Pura Vida Nutrimax’ y ‘Gloria Bonlé Leche Evaporada’, mientras que, en el caso de Nestlé Perú S.A., la sanción impuesta fue respecto a la publicidad en empaque del producto ‘Reina del Campo’.
En dichos anuncios, se constató la presencia de elementos publicitarios que transmitían el mensaje de que los productos en cuestión serían leche de vaca, tales como: la inclusión de la imagen de una vaca en el campo, la presencia de vasos o cántaros con líquidos blancos, la mención al término “leche”, entre otros.
Asimismo, para constatar la veracidad de los mensajes publicitarios antes indicados, la autoridad recurrió a un parámetro objetivo y normativamente reconocido en nuestro ordenamiento: el Codex Alimentarius. Sobre esta base, se determinó que los productos anunciados no podían ser presentados publicitariamente como si fueran leche, debido a que contenían ingredientes no lácteos que sustituían total o parcialmente algunos de sus componentes lácteos, incurriendo así en actos de engaño.
En ese sentido, la SDC confirmó los pronunciamientos de primera instancia referidos a los productos anteriormente mencionados, y se determinó que Leche Gloria y Nestlé Perú habían cometido actos de engaño, infracción establecida en el artículo 8 del Decreto Legislativo 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal.
Adicionalmente, a fin de que tal conducta no se repita a futuro, se ha ordenado a las mencionadas empresas como medida correctiva, el cese definitivo e inmediato de la difusión de publicidad que dé a entender a los consumidores que los productos antes indicados serían leche de vaca, en la medida que ello no sea cierto.
Responsabilidad social empresarial , una nueva dimensión
Cuál es la lección aprendida de esta situación en el mercado peruano, sin duda alguna, lo primero que se nos viene a la mente, es una imagen de la empresa y como se puede ver afectada por no haber tenido un adecuado manejo de su políticas de mercadeo frente a un mercado como el peruano cada vez más creciente, extendido, complejo y empoderado desde el punto de vista de los derechos de los consumidores y su rol protagonico . Quizá se haya entendido siempre que la responsabilidad social empresarial solo gira en torno al cuidado medioambiental, o si vamos más allá, a las cifras millonarias de donaciones a determinadas ONG o albergues; lo cual no está lejos de ser lo correcto, pero no lo suficiente, sin embargo desde esta tribuna académica , hemos expuesto desde hace buen tiempo y antes que sucedan estos hechos, que la verdadera responsabilidad social de una empresa es la colocación de productos y la prestación de servicios de calidad para el bienestar de los consumidores. .
Cuando nos referimos al término calidad, no solo nos referimos en última instancia al producto que llega a nuestras manos, sino también, a todos los procedimientos y gestiones que se llevan a cabo por parte de una empresa, que configuran el ciclo de producción, y los cuales también tienen que realizarse bajo estándares de calidad. Esa es la verdadera responsabilidad social empresarial, concepto que consideramos más completo.
Lo que se busca es que el producto en sí mismo sea de calidad, después de todo, está destinado al uso y consumo humano; a esto también se le deben sumar los mecanismos de producción, selección, fabricación, que también tienen que estar revestidos de calidad. En este sentido, el concepto de calidad es trasversal al sistema de mercado y a los sistemas internos de la industria privada, por eso las políticas de comunicación publicitaria tienen que cumplir con el principio de veracidad y de adecuación o responsabilidad social, debe respetar las reglas de la publicidad comercial en defensa del consumidor
Es de esta manera, como se debe entender el verdadero sentido de responsabilidad social empresarial en pleno XXI. La empresa como factor determinante del desarrollo económico juega su rol importante en la colocación de productos de calidad para un mercado cada vez mas exigente y donde los consumidores tienen un rol mucho más protagónico que ayer.
Asimismo, la responsabilidad social empresarial, también involucra el cumplimiento de normas y la generación de una cultura de consumo. Nada existe apartado del entorno que rodea a una persona natural o jurídica, al consumidor o al proveedor, todo es una simbiosis de relaciones comerciales y jurídicas que determinan una acción en el mercado multiplicada por cientos de miles de movimientos, que finalmente trasforman el mismo mercado y por supuesto, la misma sociedad.
Creemos que ahí radica la máxima amplitud de la responsabilidad social empresarial, lo que se convierte eventualmente en la potencia que tiene una empresa para crecer conjuntamente con su entorno, para trascender en su tiempo y espacio, de manera individual u organizada, de manera pragmática o articulada, de cualquier forma, siempre estará latente la posibilidad de incrementar su rentabilidad a la par que se incrementa su valor y rol como factor de cambio social. Este es el verdadero sentido de responsabilidad social empresarial.