Ley del Servicio Civil: ¿Tengo que pasar por periodo de prueba si ya pasé por un concurso público para ganar mi plaza?

Depende. Si perteneces a cualquiera de los regímenes 276, 728 y 1057, ganas el concurso y optas voluntariamente por el traslado al nuevo régimen, no estarás sujeto al periodo de prueba previsto. Si no perteneces actualmente a dichos regímenes o eres nuevo en el servicio civil, sí estarás sujeto al periodo de prueba previsto.

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Ley del Servicio Civil: ¿Tengo que pasar obligatoriamente al nuevo régimen?

No. El pase al nuevo régimen es voluntario mediante concurso público. Si perteneces a los regímenes 276 o 728 y optas por mantenerte en tu régimen actual, mantienes las reglas de juego delrespectivo régimen. Sin embargo, los servidores CAS no podrán optar por quedarse en él, en tanto es un régimen temporal, de acuerdo con su norma de creación (DLeg 1057).

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¿Dudas acerca de la Ley del Servicio Civil?

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1. ¿Quiénes están comprendidos en la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil?

2. ¿Habrá despidos masivos, me van a despedir?

3. ¿Es voluntario u obligatorio?

4. ¿Soy CAS y con el nuevo régimen del Servicio Civil voy a tener 30 días de vacaciones?

5. ¿En qué me beneficia económicamente el nuevo régimen del Servicio Civil?

6. ¿Tengo que renunciar a mi puesto para poder concursar al nuevo régimen?

7:  ¿Qué pasa conmigo si soy 276, 728 o CAS; y no la hago, es decir, si no ingreso al puesto en el nuevo régimen del Servicio Civil?

 

En definitiva……….¿Cuáles son las reglas de juego para la nueva Ley del Servicio Civil?

 

Esta y muchas dudas más serán absueltas haciendo click en: Servir: Nuevo servicio civil

o puede hacer llegar su duda al siguiente email:

nuevoserviciocivil@servir.gob.pe

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