Promulgan Ley que reduce el Impuesto a la Renta

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El presidente Ollanta Humala promulgó la Ley que dispone la reducción del Impuesto a la Renta (IR) que pagan los trabajadores y las empresas, y que beneficiará a 1.2 millones de personas.

La mencionada reducción regirá desde el 1 de enero del 2015, beneficiando tanto a los trabajadores dependientes como independientes a nivel nacional.

“Estas medidas que estamos tomando, reactivadoras, no le permitirán a la Sunat recaudar más de 5 mil millones de soles, es decir estamos inyectando ese monto a la economía popular”, señaló.

Asimismo, la norma que Promueve la Reactivación de la Economía, dispone la recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV) que permitirá a las pequeñas y micro empresas recuperar este tributo al momento de adquirir bienes de capital nuevos.

Añadió que esta iniciativa beneficiará a más de 800 mil microempresarios cuyas ventas anuales no superen los 570 mil soles.

La propuesta señala una nueva escala impositiva de 15 por ciento a 8 por ciento para los trabajadores pertenecientes a cuarta y quinta categoría beneficiando más a aquellos peruanos cuyos sueldos mensuales fluctúan entre S/.2 mil a S/.4 mil.

El proyecto de Ley aprobado que será implementado a partir del próximo año, disminuye el descuento obligatorio a los trabajadores independientes de 10 por ciento a ocho por ciento a través de su recibo de honorarios.

En: RPP

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Procuradores públicos a nivel nacional, regional y local

DE LA SELECCIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PROCURADORES PÚBLICOS

Artículo 10.- De la evaluación y propuesta de los Procuradores Públicos que asumen la defensa jurídica del Estado a Nivel Nacional

10.1. El Consejo de Defensa Jurídica del Estado evalúa y propone al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo, quienes son designados mediante Resolución Suprema con refrendo del Presidente del Consejo de Ministros, del Ministro de Justicia y del Ministro del sector correspondiente.

10.2. Los titulares del Poder Legislativo, Poder Judicial y de los Organismos Constitucionalmente Autónomos proponen una terna que será evaluada por el Consejo de Defensa Jurídica del Estado de acuerdo al reglamento, luego de la cual se eleva la propuesta al Presidente de la República para su designación. Son designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia.

10.3. La designación y/o nombramiento de los Procuradores Públicos Regionales y Municipales se norma por su respectiva Ley Orgánica.

Artículo 11.- De la propuesta de designación de Procurador Público Especializado Supranacional

El Procurador Público Especializado Supranacional es designado a propuesta del Consejo de Defensa Jurídica del Estado mediante Resolución Suprema, con refrendo del Ministro de Justicia.

DE LOS PROCURADORES PÚBLICOS QUE EJERCEN LA DEFENSA JURÍDICA EN SEDE NACIONAL

Sub capítulo I

De los Procuradores Públicos de los Poderes del Estado y Organismos Constitucionalmente Autónomos

Artículo 12.- De los Procuradores Públicos

12.1. Los Procuradores Públicos del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial y de los Organismos Constitucionalmente Autónomos ejercen la defensa jurídica del Estado de acuerdo a la Constitución, al presente Decreto Legislativo y sus reglamentos. Tienen sus oficinas en la Capital de la República ejerciendo sus funciones y atribuciones en el ámbito nacional.

(…)

Artículo 16.- De los Procuradores Públicos Regionales

16.1. Los Procuradores Públicos Regionales ejercen la defensa jurídica de los intereses del Estado en los asuntos relacionados al respectivo Gobierno Regional, de acuerdo a la Constitución, al presente Decreto Legislativo, a su ley orgánica y su reglamento, quienes tienen sus oficinas en las sedes oficiales de los departamentos y mantienen niveles de coordinación con el ente rector.

(…)

Artículo 18.- Los Procuradores Públicos Municipales

18.1. Los Procuradores Públicos Municipales ejercen la defensa jurídica del Estado en los asuntos relacionados al respectivo Gobierno Regional, de acuerdo a la Constitución, al presente Decreto Legislativo, a su ley orgánica y su reglamento. Tienen sus oficinas en las sedes oficiales de las Municipalidades. Se encuentran vinculados normativa y funcionalmente al Consejo de Defensa Jurídica del Estado y administrativamente a su Municipalidad.

En: Decreto Legislativo N° 1068

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¿Eres locador o consultor en el Estado?: Amplían prohibiciones para contratar familiares en el sector público

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El Congreso de la República dispuso hoy que las prohibiciones para contratar personal en el sector público en casos de parentesco familiar se extiendan a la suscripción de contratos de locación de servicios, consultoría y otros de naturaleza similar.

La citada disposición, está contemplada en la Ley 30294, que modifica el artículo uno de la Ley 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público, en casos de parentesco, según la norma publicada este domingo en el Diario Oficial El Peruano.

En el mencionado artículo se señala que los funcionarios del sector público y de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección, se encuentran prohibidos de nombrar, contratar o inducir a otro a hacerlo en su entidad respecto a sus parientes.

Se prohíbe contratar parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por razón de matrimonio, unión de hecho o convivencia.

“La prohibición se extiende a la suscripción de contratos de locación de servicios, contratos de consultoría, y otros de naturaleza similar”, agrega dicho dispositivo legal.

El Congreso nacional también dispone que El Poder Ejecutivo adecuará el Reglamento de la Ley 26771 al artículo modificatorio de la presente norma en un término no mayor de 30 días hábiles contados a partir de la vigencia de la norma.

La norma es rubricada por la presidenta del Congreso, Ana María Solórzano y el vicepresidente del Poder Legislativo, Modesto Julca.

(FIN) SMA/ ASH

En: andina

Ver: Disponen mayores prohibiciones para contratar familiares en el sector público

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La orientación al ciudadano como principio orientador de la política de modernización de la Gestión Pública peruana

La razón de ser de la gestión pública es servir a los ciudadanos. Ello significa que el Estado y sus entidades deben definir sus prioridades e intervenciones a partir de las necesidades ciudadanas y en función de ello, establecer las funciones y los procesos de gestión que permitan responder más y mejor a esas necesidades con los recursos y capacidades disponibles en cada momento presente. Ello implica invertir el orden de razonamiento habitual en la gestión pública en el Perú: de un enfoque de oferta, supeditado a la racionalidad del Estado, sus organizaciones y servidores, a un enfoque de demanda, que parte de las necesidades y preferencias ciudadanas y busca agregar valor público en todas las intervenciones estatales.

Esta apuesta requiere inevitablemente de flexibilidad por parte del Estado para adaptarse a la diversidad de las preferencias y demandas de los ciudadanos, asociadas a sus múltiples realidades sociales, económicas, culturales y territoriales. Necesita por lo tanto, un Estado dialogante, abierto a escuchar y entender las necesidades de los ciudadanos, y a consensuar con ellos las respuestas que a través de sus políticas públicas, puede ofrecer a esas necesidades en cada situación.

En: POLÍTICA NACIONAL DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA AL 2021

Al respecto revisar: MENTE, SOCIEDAD Y CONDUCTA: Informe del Banco Mundial que tiene como objetivo inspirar y guiar a los investigadores y a los profesionales que pueden promover un nuevo conjunto de enfoques sobre el desarrollo a partir de una consideración más completa de las influencias psicológicas y sociales.

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OECD: Perspectivas económicas de América Latina 2015 – PERÚ

Tendencias recientes en educación

Perú dedica un 2.8% de su PIB a la educación, situándose como uno de los países de la región con un nivel de gasto proporcionalmente más bajo en este rubro.

Perú se acerca a los niveles de cobertura de la OCDE en pre-primaria y primaria, con un avance significativo en pre-primaria pasando del 58% al 74% de la población entre 2000 y 2012. En todos los niveles de educación, la cobertura supera los promedios regionales. Sin embargo, la tasa de supervivencia en primaria se sitúa en el 74%, 11 puntos porcentuales por debajo del promedio regional, brecha que se cierra en educación secundaria inferior. La esperanza de vida escolar se acerca al promedio regional y la brecha con la OCDE es de casi cuatro años de escolaridad.

La igualdad en el acceso supera los promedios regionales en todos los niveles y para los diferentes quintiles de ingresos. Esto se observa en particular en el alto acceso a secundaria del quintil más desfavorecido, que con un 72% supera en 16 puntos la media regional. Igualmente, sE observa una destacable igualdad de acceso por género a todos los niveles educativos.

En cuanto a calidad y desempeño, de las 65 economías participantes en PISA 2012, Perú obtuvo el más bajo resultado en el examen de matemáticas. Esto encierra además importantes desigualdades: el diferencial de resultados entre los estudiantes de más bajos recursos y los más favorecidos equivale a 2.5 años de educación (103 puntos). Al diferenciar por el idioma usado en el hogar, el desempeño de los estudiantes quechua es inferior al de los hispanohablantes (con una brecha equivalente a más de dos años de escolaridad; ver gráfico en el link de abajo) y no se explica por el estatus socioeconómico de estos estudiantes.

Políticas recientes en educación

Para mejorar la calidad del sistema educativo, en 2012 el gobierno promulgó la Ley de Reforma Magisterial que revaloriza la carrera docente estableciendo un único marco normativo con un sistema meritocrático para regir la carrera de los docentes a través de procesos evaluativos públicos y transparentes.

Los logros reportados en la educación pre-primaria, principalmente en zonas rurales, están vinculados a la implementación de programas integrales de primera infancia. Estos programas buscan alcanzar en 2016 la cobertura total en los distritos beneficiarios del programa de transferencias condicionadas Juntos y el 86% para el ámbito nacional. Este esfuerzo no solo ha implicado elevar el financiamiento público para dotar de infraestructura y equipamiento a las escuelas atendidas, sino también implementar criterios de educación intercultural bilingüe y mecanismos de acompañamiento pedagógico.

El gobierno está contemplando planes de infraestructura para extender la jornada horaria completa en secundaria hacia el 2021. Asimismo, se trabaja en una política nacional para la enseñanza del inglés y la reintroducción de la educación física en el sistema educativo público.

Para reducir la brecha de infraestructura, el gobierno lanzó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) para mejorar la planificación y ejecución de las obras públicas de manera concertada entre los diversos niveles de gobierno y fomentar la participación privada.

Finalmente, la reciente Ley Universitaria establece la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria que supervisará la calidad de la educación, fiscalizará el uso de sus recursos y se encargará de autorizar o denegar la creación de nuevas universidades. Asimismo, se reformará el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, para ajustar los procesos de acreditación.

Para apoyar estas iniciativas, el gobierno se comprometió a incrementar el presupuesto del sector en un 0.5% del PIB por año para alcanzar una cifra del 6% en 2021.

En: keepek

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Acuerdo Perú-OCDE mejorará políticas inclusivas, ambientales e institucionales

11:38. Lima, dic. 08. El canciller peruano Gonzalo Gutiérrez destacó que el país y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) vayan a suscribir un acuerdo que propiciará el inicio del Programa País, un conjunto de acciones sobre crecimiento económico con inclusión, institucionalidad pública y materia ambiental.

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El documento será refrendado por el presidente Ollanta Humala y los representantes de la OCDE durante la vigesimocuarta Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno que se realiza en Veracruz, México.

Dichos planteamientos fueron presentados al citado organismo por el Estado peruano en Noviembre de 2012, recordó Gutiérrez.

“Esta iniciativa permitirá la mejora sustantiva de los servicios que brinda el Estado a sus ciudadanos”, recalcó.

En cuanto a la expectativa peruana frente a esta cumbre presidencial, Gutiérrez señaló que esta va por el fortalecimiento y profundización de la cooperación en educación, innovación y cultura.

“Perú confía en que durante la Cumbre de Veracruz se concluya con el proceso de renovación de la Comunidad Iberoamericana”, indicó.

Esto permitirá “consolidar los espacios iberoamericanos de cultura, conocimiento y cohesión social”, lo cual supone trascender los espacios de diálogo político, para convertirse “en un instrumento de desarrollo”.

Detalló, asimismo que Perú buscará “alcanzar un acuerdo sobre la reestructuración de las oficinas subregionales, en particular el proyecto de la sede subregional para las naciones andinas en nuestro país”, añadió.

(FIN) FGM/CCR

Publicado: 08/12/2014 En: andina

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Arequipa: Piden declarar inconstitucional la Ley Servir al Tribunal Constitucional

Los trabajadores del Poder Judicial, Fentase, Unsa, Educación y otros realizan un plantón en el frontis del Tribunal Constitucional solicitando que declare la inconstitucionalidad de la Ley Servir.

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Los trabajadores del Poder Judicial, Fentase, Unsa, Educación y otros realizan un plantón en el frontis del Tribunal Constitucional, solicitando que se declare la inconstitucionalidad de la Ley Servir.

El pleno del Tribunal Constitucional hoy desde las 9:00 horas empezó a sesionar en audiencia pública en su local ubicado en la calle Misti N° 102 (Yanahuara), para abordar cuatro demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra la Ley del Servicio Civil (Ley Nº 30057).

También analizará la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio Médico del Perú contra el Decreto Legislativo No. 1153, que regula la política integral de compensaciones económicas del personal de la salud al servicio del Estado; y la demanda presentada por el Colegio de Notarios de Lima que solicita la inconstitucionalidad de diversas disposiciones del Decreto Legislativo No. 1106, referido a la lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado.

El pleno lo conforman los magistrados Oscar Urviola Hani (Presidente), Manuel Miranda Canales (Vicepresidente), Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, Jose Luis Sardón de Taboada, Marianella Ledesma Narváez y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera.

En: correo

Sacando tu Impuesto a la Renta II (Con los nuevos tramos)

A propósito de los nuevos tramos para la rebaja del impuesto a la renta de quinta categoría aprobados ayer en primera votación por el Congreso de la República, pongamos como ejemplo el caso de un trabajador dependiente que percibe S/. 4,000.00 nuevos soles mensuales y cuyo impuesto a la renta a pagar sería:

1. REMUNERACIÓN BRUTA:

a. Para comenzar, el trabajador está obligado a pagar IR de quinta categoría si percibe ingresos anuales mayores a 7 UIT. La Unidad Impositiva Tributaria para el año 2014 asciende a S/. 3 800,00 nuevos soles (Ver: Decreto Supremo Nº 304-2013-EF)

Por lo tanto: S/. 3,800.00 nuevos soles x 7 = S/. 26,600.00 nuevos soles } Monto referencial

b. Esos S/. 26,600.00 nuevos soles se dividen entre 14 sueldos que percibe el trabajador al año (remuneraciones y gratificaciones).

S/. 26,600.00 /14 = S/. 1,900.00 nuevos soles } Quienes ganan hasta esta cantidad no están obligados a pagar IR de quinta categoría.

2. REMUNERACIÓN NETA:

Remuneración bruta anual – 7 UIT
S/. 4,000.00 nuevos soles x 14 sueldos – 7 x S/. 3,800.00 nuevos soles
S/. 56,000.00 nuevos soles – S/. 26,600.00 nuevos soles = S/. 29,400.00 nuevos soles } Remuneración neta.

3. CÁLCULO DEL IMPUESTO:

a. Aplicación progresiva de tasas sobre la remuneración neta anual = S/. 29,400.00 nuevos soles.

Suma de la Renta Neta del Trabajo Tasa
y renta de fuente extranjera
1er tramo : Hasta 12 UIT………………………………………………………..8%
2do tramo: Por el exceso de 12 UIT y hasta 27 UIT………………..14%
3er tramo: Por el exceso de 27 UIT y hasta 42 UIT…………………17%
4to tramo: Por el exceso de 42 UIT y hasta 52 UIT…………………20%
5to tramo: Por el exceso de 52 UIT……………………………………….30%

12 UIT = S/. 45,600.00 nuevos soles.
27 UIT = S/. 99,900.00 nuevos soles.
42 UIT = S/. 159,600.00 nuevos soles.
54 UIT = S/. 199,800.00 nuevos soles.

b. Los S/. 29,400.00 nuevos soles se encuentran dentro del primer tramo, entonces se le aplica la tasa del 8%.

S/. 29,400.00 nuevos soles x 8% = S/. 2,352.00 nuevos soles } Impuesto a la renta de quinta categoría a pagar en el año.

Contracorriente – El Hampon (videoclip)

Pasaba yo por ahí
Viendo a la gente comer basura
Yo no sabía que hacer solo pasaba por ahí
La crisis me llevó a pecar
Todo lo hacía para comer
Tuve que asaltar y casi matar!

Yo soy el hampón Weedogrio! Vivo en Marbella
Entre llantas y botellas
Catres viejos, olor a desagüe,
Troncos quemados varados por el mar
No tengo casa, como vivir! Plata no tengo
Voy a recursearme!
No tengo casa, como vivir!
Plata no tengo, voy a recursearme!

Me dicen indio de pelo amarillo
Esa es mi gente vengan conmigo
Yo les voy a enseñar la clase de esporas que
Van a aspirar

Yo soy el hampón Weedogrio! Vivo en Marbella
Entre llantas y botellas
Catres viejos, olor a desagüe,
Troncos quemados varados por el mar

Pasaba yo por ahí!

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